- Aun cuando se encuentra vigente la Ley N° 20.718 del 2014, que habilita a estas organizaciones a otorgar certificados de residencia sin hacer distinción alguna entre los requirentes nacionales y foráneos, diversas organizaciones denuncian que en una reunión sostenida con funcionarios de la PDI se infirmó el impedimento de realizar dicho trámite a estas entidades en el caso de personas migrantes.
- “Al establecer diferencias en la entrega de este documento entre nacionales y extranjeros, se vulnera el derecho a la igualdad (de trato) consagrado en la Constitución Política y en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en Chile, y que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico”, manifestaron.
Todo comenzó el 18 de julio de este año, cuando en la Primera Compañía Cuerpos de Bomberos de Santiago se realizó una reunión informativa respecto a la emisión y entrega de certificados de residencia para extranjeros por parte de las Juntas de Vecinos de la comuna de Santiago, convocada por la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional de la PDI.
En dicha instancia, según informaron los asistentes a la cita, el funcionario de la PDI, Juan Toledo, señaló que las Juntas Vecinales ya no están autorizadas ni facultadas para otorgar certificados de residencia a los extranjeros.
Esto, a pesar de que hoy se encuentra vigente la Ley N° 20.718 (2014), la que modificó la Ley N° 19.418 (1997), habilitando a las juntas de vecinos a otorgar certificados de residencia sin hacer distinción alguna entre los requirentes nacionales y foráneos.
Como manifestaron los firmantes, “si bien las Policías de Investigaciones de Chile y Carabineros deben controlar el ingreso y egreso de los extranjeros e impedir que entren o salgan del territorio nacional personas que no cumplan los requisitos de la Ley de Extranjería (D.L. 1.094/75), con esta última información, se están atribuyendo ilegalmente facultades que escapan de su mandato legal y competencias, buscando privar a las Juntas de Vecinos de atribuciones legales, con la sola finalidad de potenciar y fortalecer su rol persecutor y de control respecto a extranjeros en Chile, desviando su misión que es la investigación de delitos, y no prevención que es otorgada a Carabineros.
A continuación, la carta completa y sus adhesiones:
ACERCA DE LA ENTREGA DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS
El día martes 18 de julio de 2018 en dependencias de la Primera Compañía Cuerpos de Bomberos de Santiago, se llevó a cabo una reunión formal de entrega de información respecto a la emisión y entrega de certificados de residencia para extranjeros.
Estuvieron presentes los representantes de las Juntas de Vecinos de las Agrupaciones Vecinales N° 1 y 7, de la comuna de Santiago), el Coordinador Territorial de Seguridad, de la Dirección de Seguridad Vecinal, de la Ilte. Municipalidad de Santiago, y la institución convocante, Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional, representado por el funcionario de la PDI, Sr. Juan Toledo.
Al efecto, el funcionario de la PDI señaló que desde esta entrega de información, las Juntas Vecinales ya no están autorizadas ni facultadas para otorgar certificados de residencia a los extranjeros, a pesar de que hoy se encuentra vigente la Ley N° 20.718 (2014), la que modificó la Ley N° 19.418 (1997), habilitando a las juntas de vecinos a otorgar certificados de residencia sin hacer distinción alguna entre los requirentes nacionales y foráneos.
Por otro lado, indicó que esta facultad recae en la Policía de Investigaciones, invocando como sustento legal el Decreto Ley N° 2.460 de 1979 (Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones), en específico el artículo 5°, el cual no prescribe de forma expresa el mandato de otorgar este tipo de certificados, haciendo sólo alusión a preceptos de carácter general como “contribuir al mantenimiento de la tranquilidad pública; prevenir la perpetración de hechos delictuosos y de actos atentatorios contra la estabilidad de los organismos fundamentales del Estado; dar cumplimiento a las órdenes emanadas del Ministerio Público para los efectos de investigación, así como a las órdenes emanadas de las autoridades judiciales, y de las autoridades administrativas en los actos en que intervengan como tribunales especiales”, entre otras disposiciones.
Advirtió que este certificado no será entregado a aquellos migrantes que se encuentren de forma irregular, es decir, sin posesión de un visado, o la certificación de visa en trámite. Es más, señaló que en estos casos, además de no otorgarles el documento en cuestión, serán denunciados de forma inmediata a la autoridad administrativa, al igual que a los extranjeros que otorguen una dirección, y que la PDI en “controles aleatorios”, se percaten de que efectivamente ya no residen en la dirección indicada.
Cabe destacar además que en el momento de solicitud del certificado de residencia, se debe indicar el motivo o fines de la petición y/o señalar a la institución u organismo en el que será presentado.
Como Juntas de Vecinos, Organizaciones Migrantes y Pro Migrantes, Organizaciones de la Sociedad Civil y de Derechos Humanos, debemos señalar que si bien las Policías de Investigaciones de Chile y Carabineros deben controlar el ingreso y egreso de los extranjeros e impedir que entren o salgan del territorio nacional personas que no cumplan los requisitos de la Ley de Extranjería (D.L. 1.094/75), con esta última información, se están atribuyendo ilegalmente facultades que escapan de su mandato legal y competencias, buscando privar a las Juntas de Vecinos de atribuciones legales, con la sola finalidad de potenciar y fortalecer su rol persecutor y de control respecto a extranjeros en Chile, desviando su misión que es la investigación de delitos, y no prevención que es otorgada a Carabineros.
Al establecer diferencias en la entrega de este documento entre nacionales y extranjeros, se vulnera el derecho a la igualdad (de trato) consagrado en la Constitución Política y en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en Chile, y que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. También se vulnera el artículo 7º de la Constitución Política, toda vez que la PDI se está atribuyendo autoridad o derechos distintos de aquellos que expresamente se les han conferido en virtud de la Constitución y las leyes.
Hasta hace unos días (6 de junio de 2018), los requisitos para acceder a este certificado eran documento que acredite identidad -cédula de identidad, cédula de conducir o pasaporte-, dos testigos mayores de 18 años y/o algún documento que certifique domicilio, que podían ser requeridos en su conjunto o bastar sólo uno. Por tanto, no cabe argumento alguno para hacer distinción si todos habitan el mismo territorio nacional.
Establecer esta diferenciación, sólo acarreará problemas; como una sobre carga a la entidad policial que en estos días se encuentra colapsada, exponiendo en riesgo a la población de los delitos de crimen organizado y narcotráfico, cibercrimen, delitos ambientales, económicos y funcionarios, para los cuales está destinada esta entidad especial. Cabe recordar que antiguamente los certificados de residencia los emitían Carabineros, lo cual constituía una recarga de trabajo, que los distraía de funciones relevantes como la prevención de delitos, razón por la cual se otorgó este cometido a las Juntas de Vecinos, por lo que la medida significa un retroceso.
Además, creará un ambiente hostil entre las juntas vecinales -compuestas principalmente de nacionales-, y migrantes que concurran a solicitar el documento, toda vez que esta información no se ha divulgado oportunamente, y no existe precepto legal que lo avale.
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*El trámite en Santiago, debe ser solicitado en dependencias de la PDI, en calle Eleuterio Ramírez 852, Santiago (de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hrs. con un costo de $800). El documento será entregado de forma inmediata, a excepción de aquellos que deban ser validados por la División de Investigaciones para ser presentados ante representaciones consulares, que demorará 15 días hábiles. En Regiones, debe ser solicitado en el Departamento o Sección de Extranjería de la PDI más cercana al domicilio del solicitante.
*El certificado de residencia se puede solicitar con la cédula de identidad para extranjeros; Pasaporte; Título de residencia; o con certificado de Permanencia definitiva.
Adhieren:
- Movimiento Acción Migrante
- Observatorio Ciudadano
- La Cátedra Racismos y Migraciones Contemporáneas de la Universidad de Chile
- Francisca Vargas Rivas, Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados UDP.
- Sindicato de trabajadoras de casa particular SINDUCAP
- Warmipura, Mujeres Migrantes
- Comisión Etica Contra la Tortura
- Ciudadano Inteligente
- Clínica de Atención a Migrantes de Universidad Alberto Hurtado
- Denisse Araya Castelli Directora Ejecutiva Corporación ONG Raíces
- Pablo Rojas Varas ONG de Desarrollo ATTAS-FRACTAL Antofagasta
- AMPRO TARAPACA
- Anmistía internacional
- Fundación Helmut Frenz
- Núcleo de Investigación Sociología del Cuerpo y Emociones de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile
- Comisión de migración de Revolución Democrática
- Frente de Migrantes del Movimiento Autonomista
- Juventud Radical Metropolitana.
- Fundación 1367. Casa de Memoria José Domingo Cañas
- PRIEM
- Junta de Vecinos El Progreso
- Junta de Vecinos Blas Cañas
- Junta de Vecinos de Barrio República
- Junta de Vecinos Barrio Yungay
- Junta de Vecinos Adelanto y Progreso
- Junta de Vecinos Plaza Bogotá
- Fundación Juan Bosch en Chile
- Fundación Promigrar
- Taller de Español Pataje.
- Migramigos
- Comité Habitat y Vivienda del Colegio de Arquitectos de Chile.
- Comité de Vivienda Por un Santiago Multicolor
- Movimiento de Pobladoras- es Vivienda Digna
- Departamento de la Mujer de Quilicura
- Comité de Defensa Barrio Matta Sur
- Diputado Giorgio Jackson, Diputado de la República, Frente Amplio
- Catalina Pérez, Diputada de la República, Frente Amplio.
- Gonzalo Winter, Diputado de la Republica, Frente Amplio
- Carolina Araya, Presidenta Comunal Santiago Partido Socialista
- Fundación Avina
- FASIC Antofagasta
- Unidad Atención a Migrantes UCN
- Observatorio de Derechos Humanos y Legislación
- Corporación de Inmigrantes Unidos de Los Lagos
- Revista Marx Intervenciones
- Fundación Down21
- Centro de Estudios de la Mujer
- Observatorio de Violencia Institucional en Chile, OVIC
- Colectivo haitiano: “LAKAY SE LAKAY”
- Corporación Cimunidis
- ONG Migrantes en Los Ríos
- Fundación DIVERSIFICA
- Agrupación Social y Cultural Colombianos por Siempre (Temuco)
- Colectivo Sin Fronteras
- Coordinadora Nacional de Inmigrantes
- Instituto de la Mujer
- Urracas Emaús Chile
- ONG Tierra Unida. Por la interculturalidad e inclusión social
- Liliana Galdámez, Investigadora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile
- Daniel Quinteros, Núcleos de Estudios Criminológicos de la Frontera.
- Romina Ramos, Núcleos de Estudios Criminológicos de la Frontera.
- Andrés Ignacio Rivera Duarte, Investigador y Académico
- Rosario Carvajal, Concejala
- Iraci Hassler, Concejala
- Patricia Pino, consejera del COSOC de la Municipalidad de Santiago
- Leonardo Poloni Agar, sociólogo especialista en migración.
- Lucía Toscano Viteri, Psicóloga infanto juvenil
- Leonora Beniscelli, estudiante Doctorado en Sociología UAH, docente electivo de interculturalidad, migraciones y antirracismo, activista por los derechos migratorios
- Fernanda Stang investigadora en migraciones internacionales
- Ana Sugranyes Arquitecta , defensora del derecho a la vivienda
- Elisa Beniscelli fotográfa y gestora cultural.
- William Pierre, vocero haitiano de la IV Región
- Gisela Valenzuela, Magister en Sociología, Universidad Alberto Hurtado
- Carla Gatica Garay Psicóloga magister en intervención psicosocial
- Helena Carvacho Becerra Diplomada en Migración