La Evaluación fue desarrollada por una consultora independiente y contó con la participación activa de la comunidad afectada y el apoyo del Observatorio Ciudadano.
En el marco del seminario sobre consulta, consentimiento y gobernanza indígena de recursos naturales que se realiza en Thunder Bay, Canadá, con la asistencia de representantes de pueblos indígenas y académicos del norte y sur de América, y al que asiste la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, Sergio Campusano, Presidente de la Comunidad Agrícola de los Diaguitas Huascoaltinos, y José Aylwin, co director del Observatorio Ciudadano, hicieron entrega a la Relatora de un informe preliminar de Evaluación de Impacto en Derechos Humanos (EIDH) de los proyectos mineros canadienses existentes en territorio huascoaltino.
A partir de una metodología elaborada por Derechos y Democracia de Canadá, que hoy utilizada por diversas organizaciones de derechos humanos, entidades multilaterales de financiamiento y por las propias empresas, en ella se da cuenta de las serias vulneraciones a los derechos humanos de los diaguitas huascoaltinos generadas por el proyecto Pascua Lama de Barrick Gold, así como por el proyecto El Morro-Corredor (hoy Nueva Unión) de Gold Corp y de Teck Resources Limited, todas empresas canadienses.
En el caso del Estado de Canadá, se establece que éste contribuyó a la afectación de los derechos humanos de los diaguitas huascoaltinos al promover estas inversiones de industria extractiva domiciliada en su territorio fuera de sus fronteras. Ello a partir de la suscripción de acuerdos comerciales con el Estado chileno, para facilitar dichas inversiones, y del apoyo otorgado a estos proyectos mineros a través de su Embajada en Chile, sin escuchar las reclamaciones de las comunidades afectadas. El informe constata además que el Estado canadiense no ha dado cumplimiento a sus obligaciones extraterritoriales en materia de derechos humanos a raíz de las afectaciones a los derechos de pueblos indígenas generados por empresas domiciliadas en su territorio, situación que le ha sido representada reiteradamente por diversas instancias del sistema de Naciones Unidas.
Finalmente, se observa que las empresas involucradas en estos proyectos, Barrick Gold y su filial en Chile, la Compañía Minera Nevada SpA en el caso del proyecto Pascua Lama, y Goldcorp en el caso del proyecto El Morro, no cumplieron con su obligación de respetar los derechos humanos de los diaguitas huascoaltinos, ni de prevenir y mitigar los impactos de sus actividades en derechos humanos de este pueblo. Tampoco evitaron la vulneración de los derechos individuales de sus integrantes y colectivos de la comunidad, ni repararon las consecuencias negativas de sus actividades, como lo establecen los Principios Rectores de Naciones Unidas. En la EIDH se observa a su vez que los proyectos analizados se emplazan en un área que se sobrepone al territorio de la Comunidad Agrícola de los Diaguitas Huascoaltinos, legalmente inscrito a su nombre. Además, se constata que las prácticas corporativas han desestabilizado a las organizaciones del pueblo diaguita y contribuido a desintegrar su cohesión social.
En el caso del proyecto El Morro se constata la falta de debida diligencia de la empresa, la que se evidenció en el estudio de impacto ambiental del proyecto, el que no consideró adecuadamente los impactos que éste tendría en la comunidad. Tal situación llevó el 2012 a la justicia a dejar sin efecto la resolución de calificación ambiental de este proyecto por vulnerar las garantías constitucionales del derecho de igualdad ante la ley y de propiedad de la Comunidad Agrícola de los Diaguitas Huascoaltinos. Ello hasta que no se incluyese en dicho estudio una línea de base que considerara a esta Comunidad y sus afectaciones al derecho de propiedad comunal y a su sistema de vida o costumbres. Se constata además que ambas empresas no establecieron mecanismos efectivos de reclamación y reparación de los impactos adversos de sus inversiones, como lo mandatan los Principios Rectores de Naciones Unidas antes referidos.
La versión preliminar de la EIDH entregada a la Relatora Especial Tauli-Corpuz, contiene a su vez una serie de recomendaciones al Estado de Chile, al Estado de Canadá y a las empresas responsables de dichos proyectos, así como a los órganos de tratados internacionales de derechos humanos con competencia en las materias aquí abordadas.
La Relatora manifestó su agradecimiento por la elaboración de este informe preliminar, solicitando el envío del informe final en cuanto sea publicado. También manifestó su interés en visitar el territorio diaguita huascoaltino en Chile para conocer la realidad de la comunidad y de sus derechos en forma directa.
El informe, que será próximamente difundido en Chile y Canadá, fue elaborado con el apoyo de Oxfam America. También contribuyó a su desarrollo el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA). Y su realización no habría sido posible sin la colaboración e involucramiento activo de la Comunidad Agrícola de los Diaguitas Huascoaltinos.