Nueva Ley Migratoria promueve una migración desordenada, insegura e irregular

Con gran cobertura mediática y apelando a “ordenar la casa”, el pasado domingo en la ciudad de Iquique el Presidente Sebastián Piñera promulgó la nueva ley de migraciones, luego de ocho años de discusión y tramitación legislativa.

Pese a las críticas a su contenido y a las reiteradas recomendaciones de organizaciones migrantes y de la sociedad civil, así como también de instituciones académicas e internacionales, se dicta una ley migratoria carente de un enfoque efectivo de derechos humanos, la que además no cumple con los estándares internacionales en materia de movilidad humana, particularmente en lo referido al acceso a derechos, regularización y  garantías de debido proceso en las expulsiones del territorio nacional.

Ciertamente una nueva ley era necesaria, pues la legislación vigente data de hace más de cuarenta años y es anacrónica en dar respuesta a los flujos migratorios de hoy.  Además, es la ley más antigua de la región y está marcada por un enfoque de seguridad nacional. En este contexto, esta era la oportunidad ideal para promulgar una regulación moderna que se ajustara a los instrumentos internacionales y recomendaciones de los órganos de tratado de Naciones Unidas, así como del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Esto con el fin de velar y promover los derechos de las personas en movilidad humana, no sólo de quienes inmigran, sino también de los chilenos y chilenas en el exterior, de los migrantes internos, desplazados ambientales, refugiados y solicitantes de asilo. Sin embargo, actualmente, transitamos de una ley migratoria aprobada en dictadura, a una que continúa su legado, y que en ciertos aspectos es aún más restrictiva y extemporánea.

En primer lugar, preocupa respecto a los derechos sociales, que la nueva normativa no garantice el acceso inmediato a prestaciones y beneficios de seguridad social no contributivos, ya que las personas migrantes seguirán requiriendo la residencia en el país por un mínimo de 24 meses.

Asimismo, es muy preocupante que esta ley no contemple un mecanismo de regularización ordinaria que responda a la situación de irregularidad migratoria de personas que ya tienen un arraigo social y laboral en el país, encontrándose muchas de ellas en dicha situación porque el actual sistema de otorgamiento de visas es extremadamente lento, ineficaz y engorroso.

Además, la nueva normativa restringe la posibilidad de cambios de categoría migratoria al interior del país, lo que constituye un claro retroceso respecto a la ley actual y, por lo mismo, traerá consigo consecuencias nefastas en la vida de las personas migrantes. De hecho, el cambio de estatus dentro del territorio nacional es la medida más solicitada en la actualidad, y la experiencia comparada indica que las y los migrantes cuyo permiso transitorio vence, permanecen en el país. Por lo tanto, una omisión en esta materia no será capaz de contener o evitar la migración, tampoco los ingresos clandestinos, por el contrario, promoverá la irregularidad y, con ello, la informalidad laboral, la precarización y la exclusión de las personas migrantes, afectando sus derechos fundamentales. Así, la casa de todos a la que se refiere el Presidente, estará aún más desordenada.

Por otra parte, si bien son rescatables las disposiciones transitorias de la nueva normativa, como aquella que contempla un mecanismo extraordinario de regularización migratoria, es lamentable su alcance restringido en términos temporales, por cuanto no beneficia a las personas migrantes que ingresaron de manera posterior al 18 de marzo de 2020. Además, excluye a aquellas personas que ingresaron por pasos no habilitados o que cuenten con antecedentes penales, lo que cobra mayor relevancia dado el cierre de las fronteras terrestres por casi un año producto de la pandemia, pero sin que los flujos migratorios hacia Chile hayan cesado. Al contrario, siguen llegando personas, familias, niños, niñas y adolescentes que arriesgan sus vidas en busca de mejores condiciones.

Es absurdo pensar que la militarización de las fronteras y una legislación que penaliza la migración irregular, que apuesta a las visas consulares o que facilita las expulsiones administrativas, tal como lo señala el Subsecretario del Interior con la nueva ley y el Plan Colchane, vayan a frenar los movimientos migratorios. Por el contrario, lo único que se logra es que las personas migren en peores condiciones, es decir, de forma insegura, a merced de “coyotes” y de redes de tráfico y trata de personas, al ingresar por pasos no habilitados de alto riesgo. Lamentablemente, este será el escenario al que nos enfrentaremos con este nuevo marco normativo.

Respecto a las expulsiones del territorio nacional -tema que en el último tiempo ha sido muy mediatizado por la autoridad en un intento por subir su baja popularidad-, preocupa que no se cumpla con las garantías de un debido proceso, entre ellas, el análisis pormenorizado de cada caso y la ponderación de las circunstancias particulares de aquellas personas que pretenden ingresar al país, lo que además no asegura un derecho a defensa efectivo. De ello da cuenta por ejemplo el bullado Plan Colchane, el cual contraviene las responsabilidades internacionales de Chile en materia de deportaciones colectivas, las cuales se encuentran prohibidas en el derecho internacional.

De hecho, el propio Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que actualmente se encuentra en su 32º periodo de sesiones, en el marco de un diálogo constructivo con el Estado de Chile, está evaluando el cumplimiento o incumplimiento del país respecto a la Convención sobre la protección de todos los trabajadores migratorios y sus familiares, ratificada por Chile en 2005. En dicha instancia, los comisionados preguntaron sobre el Plan Colchane y las dos expulsiones masivas que se llevaron a cabo en la ciudad de Iquique en febrero pasado, destacando que la Convención prohíbe las expulsiones colectivas y que las acciones judiciales presentadas debieran suspender los procedimientos de expulsión, cosa que no sucedió en estos casos. Más aún, en sus comentarios finales el comisionado Álvaro Botero Navarro, Co-Relator para Chile, enfatizó que las expulsiones colectivas son punitivas por naturaleza y señaló que no era del todo claro de qué manera se protegieron los derechos de las personas que fueron expulsadas en Colchane[1].

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a principios del mes de abril, en el contexto de una Audiencia Temática especial regional en materia de movilidad humana, expresó su preocupación por la creciente militarización de las fronteras y las restricciones de acceso a los territorios, llamando a los Estados a que adopten políticas migratorias y medidas de gestión y de restricción de la movilidad humana transfronteriza que respeten y garanticen los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y con necesidades de protección[2].

Llama la atención, por tanto, que el gobierno chileno continuamente afirme que esta nueva ley y su política migratoria apunta a la migración ordenada, segura y regular -eslogan del Pacto Mundial de Migración de la ONU que Piñera no quiso firmar-, pues tal como se ha señalado, fomenta todo lo contrario. De hecho, si el nuevo Servicio Nacional de Migraciones funciona con la ineficacia, demora y negligencia del actual Departamento de Extranjería y Migración (DEM), o si no se puede cambiar de categoría migratoria y únicamente se puede optar a visas consulares, con consulados cerrados y sin atención por la pandemia, las personas optarán por ingresar por pasos clandestinos, lo que promoverá la inseguridad, el desorden y la irregularidad.

En definitiva, la nueva normativa sólo fomenta una migración desordenada, insegura e irregular, desperdiciando así la oportunidad de lograr una legislación sobre movilidad humana con enfoque de derechos humanos y acorde a los desplazamientos y necesidades actuales.

 

 

Paulina Acevedo Menanteau

Mabel Cobos Fontana

Marcel Didier Von Der Hundt

Carmen Luz Morales Danton

Equipo Migraciones Observatorio Ciudadano

 

 

16 de abril de 2021

 

 

 

[1] Extracto traducido al castellano de la noticia en inglés del portal del Alto Comisionado de Derechos Humanos titulada: “In dialogue with Chile, Committee on Migrant Workers welcomes positive developments but flags issues related to expulsions” (En diálogo con Chile, el Comité de Trabajadores Migratorios ve con buenos ojos los avances, pero destaca problemas relativos a expulsiones). 9 de abril de 2021. Extraído de: https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26980&LangID=E

[2] CIDH. “La CIDH llama a los Estados de la región a adoptar políticas migratorias y de gestión de fronteras que incorporen un enfoque de derechos humanos”. 1 de abril de 2021. Extraído de: http://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2021/082.asp

FIDH: Ante la desigualdad en el acceso a las vacunas del covid-19, las reglas de propiedad intelectual deben ser suspendidas

Las vacunas deben ser un bien común al servicio de la humanidad. ¡Vacunas para todas y todos, ya!

París-Las Américas. 7 de abril de 2021 — La FIDH y sus organizaciones miembros abajo firmantes instan a los Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y a otras organizaciones internacionales a garantizar el acceso equitativo y universal a la vacuna del covid-19 [1]  — un avance médico sin precedentes que tiene el potencial de ser literalmente un salvavidas. Pero esta innovación humana no beneficiará a la humanidad si la avaricia de algunas de las grandes farmacéuticas prevalece. Por esta razón, es imprescindible suspender las reglas de propiedad intelectual relacionadas con los productos farmacéuticos que puedan disminuir los síntomas o la contaminación por covid-19.

Poco más de un año de los primeros casos de covid-19, las cifras no son alentadoras. Las Américas sigue siendo la región con mayor número de muertes y más casos de contagios (llegando casi a 1,4 millones de muertos al 7 de abril), para lo cual América Latina cuenta con más de 800 000 personas fallecidas, lo que representa más del 25% de los fallecimientos a nivel mundial. Brasil, rebasa los 13 millones de diagnosticados alcanzando los 336 947 decesos; México le sigue con 204 985 personas fallecidas, Colombia con 64 524, Argentina con 56 634 y Perú con 53 411.[2] Además, algunas de las nuevas variantes presentan una mayor transmisibilidad y síntomas más graves.

Las vacunas contra el covid 19 deben ser un bien común al servicio de la humanidad. No obstante, hoy por hoy existen profundas inequidades entre el Norte y el Sur Global sobre el acceso a las vacunas. Países como Gran Bretaña y Canadá han adquirido suficientes suministros para dar a cada persona cuatro dosis de la vacuna de covid-19. A mediados de febrero, sólo 10 países habían administrado el 75% de las vacunas disponibles [3] mientras que en América Latina, Chile es el país con mayor vacunación en la región con 21,58% de vacunados. [4] El resto de países de la región no alcanzan ni el 2,5% [5] e incluso Colombia con 0,79% a pesar de ser uno de los países con un mayor número de casos de contagios de la región. [6]

Pese a la existencia de iniciativas como la del COVAX, los esfuerzos para tener una distribución de las vacunas más equitativa no son suficientes ya que son pocos los países latinoamericanos que hasta ahora han recibido algunas dosis de este mecanismo. [7]

Frente a la necesidad de lograr que al menos 70% de la población mundial esté inmunizada para superar la pandemia, más de 90 países, con el liderazgo de India y África del Sur, se han unido para proponer a la Organización Mundial del Comercio (OMC) la suspensión temporal de la propiedad intelectual sobre las tecnologías, medicamentos y vacunas contra el covid-19 [8], favoreciendo el intercambio de conocimientos y de experiencias, así como la autorización para producir medicamentos e insumos genéricos. Esta suspensión de los patentes sobre algunos productos permitiría aumentar la producción en volumen y una mayor repartición a nivel mundial.

En la reunión que se llevó a cabo hace unos días en la OMC sobre este punto, Estados Unidos junto con la Unión Europea, Reino Unido, Japón y Australia bloquearon la iniciativa. El punto será discutido nuevamente en abril. Se necesita la unanimidad para que el punto sea aceptado.

La FIDH y sus organizaciones miembros llaman a los Estados miembros de la OMC a votar a favor de la suspensión temporal de las patentes de las vacunas del covid-19 para garantizar la inmunidad rápida frente a esta pandemia, flagelo que afecta gravemente el goce y ejercicio de los derechos humanos de las personas en la región.

Este llamamiento a la exención de la aplicación de los derechos de propiedad intelectual como medio de asegurar las obligaciones de los Estados de tomar todas las medidas necesarias para garantizar el derecho a la salud en el contexto de Covid-19 ha sido apoyado por numerosos mecanismos de derechos humanos de la ONU, incluidos el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Procedimientos Especiales de la ONU. Es lamentable que la última resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre «garantizar el acceso equitativo, asequible, oportuno y universal de todos los países a las vacunas en respuesta a la pandemia de la enfermedad por coronavirus» no haya pedido esta exención debido a la presión política de los mismos Estados que están bloqueando su adopción en la OMC.

Consideramos que los argumentos de los Estados que bloquean ese acuerdo no tienen fundamento

Primero argumentan que esta suspensión arruinaría el incentivo que constituye la propiedad intelectual para la investigación acerca de vacunas. En realidad, la suspensión que se solicita está limitada en tiempo y ámbito pues su objetivo es facilitar el acceso global a los productos relacionados con covid-19. Además la mayoría de las empresas desarrolladoras de vacunas ya han recibido un amplio apoyo de los gobiernos para la etapa de investigación y desarrollo, lo que reduce la necesidad de monopolios de patentes (que se supone que compensan los grandes gastos de capital iniciales). Paradójicamente, más de 7 mil millones de euros de fondos públicos [9] se han utilizado para apoyar la investigación de las grandes farmaceúticas sobre las vacunas del covid-19.

Segundo, insinúan que de todas formas no existe capacidad suficiente en el Sur para producir las vacunas. Esto debe ser comprobado, ya que hay numerosas empresas especializadas en remedios genéricos en el mundo entero que podrían producir las vacunas.

Por todas estas razones, llamamos a todos los Estados a aceptar la suspensión temporal de las reglas de la OMC de propiedad intelectual relacionadas con los productos farmacéuticos que puedan disminuir los síntomas o la contaminación por covid-19.

La vacuna del covid-19 debe ser un bien común. El saber científico que ha dado lugar a notables innovaciones debe seguir estando al servicio del desarrollo, la humanidad y de la paz. [10]

    1. Justiça Global (Brasil)
2. Movimento Nacional de Direitos Humanos- (MNDH Brasil)
3. Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH (Perú)
4. CEDAL – Centro de Derechos y Desarrollo (Perú)
5. Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo-CAJAR (Colombia)
6. Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos ILSA (Colombia)
7. Acción Ecológica (Ecuador)
8. Fundación regional de Asesoria en Derechos Humanos – INREDH (Ecuador)
9. Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) (Nicaragua)
10. Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH) (Honduras)
11. CNDH Comisión Nacional de los Derechos Humanos (República Dominicana)
12. Comisión de Derechos Humanos de El Salvador (CDHES) (El Salvador)
13. Centro de Acción legal en Derechos Humanos (CALDH) (Guatemala)
14. Comision Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos – CMDPDH (México)
15. Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (LIMEDDH) (México)
16. Comité de Acción Jurídica (CAJ) (Argentina)
17. Center for Constitutional Rights – CCR (Estados Unidos)
18. Programa Venezolano de Educación – Acción en Derechos Humanos – PROVEA (Venezuela)
19. Observatorio Ciudadano (Chile)

[1]  Nota de la FIDH y sus organizaciones miembros (23 de junio de 2020) “Priorizar la vida sobre la deuda: ante covid-19 urge nuevo pacto social en América Latina.” Disponible en https://www.fidh.org/es/region/americas/priorizar-la-vida-sobre-la-deuda-frente-al-covid-19-se-necesita-un

[2] Cifras obtenidas el día 7 de abril 2021 a traves de la pagina : https://coronavirus.jhu.edu/map.html.

[3] https://news.un.org/es/story/2021/02/1488202

[4] https://coronavirus.jhu.edu/vaccines/international

[5] Exceptuando Estados Unidos con 17,79% , Uruguay con 2,78% y Costa Rica con 3,21% de su población completamente vacunada. https://coronavirus.jhu.edu/region/uruguay ; https://coronavirus.jhu.edu/region/costa-rica

[6] https://coronavirus.jhu.edu/region/colombia https://coronavirus.jhu.edu/region/united-states

[7] COVAX es uno de los tres pilares del Acelerador ACT lanzado por la Organización Mundial de la Salud, la Comisión Europea y Francia en respuesta a la pandemia. El objetivo principal es garantizar un acceso justo y equitativo a los diagnósticos, tratamientos y vacunas para el covid-19 de manera global.

[8] Artículo de El País sobre el tema https://elpais.com/planeta-futuro/2020-12-10/choque-entre-el-norte-y-el-sur-por-las-patentes-covid-19.html

[9] BBC. https://www.bbc.com/news/business-55170756

[10] Unesco, Julio 1999, Declaración sobre la Ciencia y el Saber científico : http://www.unesco.org/science/wcs/esp/declaracion_s.htm