Por Paula Huenchumil para INTERFERENCIA
El 6 de marzo la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de protección en contra de la Comisión Evaluadora de la Región de la Araucanía (Coeva), presentada por el lonko de la comunidad indígena Carimán Sánchez. La comunidad mapuche acusa que hubo vicios en la legalidad de la calificación ambiental del proyecto y que no existió consulta.
El jueves 11 de julio de 2019 fue aprobada la Pequeña Central Hidroeléctrica Llancalil por la Comisión de Secretarios Ministeriales Regionales (Seremis) de la región de la Araucanía, con la autorización del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). De tal modo se dio luz verde a la construcción de una central hidroeléctrica en la zona de Huife Alto, cercana a Pucón, el epicentro del turismo nacional e internacional en el sur de Chile.
La central hidroeléctrica Llancalil pertenece a la empresa Inversiones Huife Limitida, representada por el ingeniero alemán Michael Heinrich Wagner. El proyecto contempla una inversión de 23 millones de dólares y se localizará a unos 35 km al este de Pucón, aguas arriba de la confluencia de los ríos Llancalil y Liucura. Esta central aportaría unos 6,9 megawatts de energía, la que principalmente estaría destinada a la misma región.
Esta aprobación fue un duro revés para los movimientos ambientalistas, para el municipio de Pucón y comunidades locales. Por ello es que el 19 de septiembre el lonko de la comunidad indígena Carimán Sánchez, Juan Sánchez Licanqueo, junto a Gonzalo Marín y Rubén Sánchez Curihuentro, presentaron un recurso de protección en contra de la Comisión Evaluadora de la Región de la Araucanía (Coeva), acusando vicios de legalidad en la calificación ambiental del proyecto.
«¿Puede ser pequeña una central cuando interviene dos ríos para su funcionamiento, el Llancalil y Liucura? Esta central interviene un territorio de vida. El proyecto es malo en su diseño y elaboración, porque no cumple con estándar mínimo ambiental. Además, no se consultó a las comunidades y también tiene el rechazo de los vecinos allí residentes debido a que no es compatible con las definiciones y prioridades de desarrollo establecidos en la comuna de Pucón vulnerando derechos a las comunidades y residentes del sector», dice a INTERFERENCIA Rubén Sánchez Curihuentro, hijo del lonko de la comunidad.
El recurso que interpusieron es en contra de Coeva, representada por el presidente de la sesión, el intendente regional, Jorge Atton, por calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental de Pequeña Central Hidroeléctrica Llancalil, resolución que -según el recurso- ha “vulnerado de forma grave nuestras garantías”.
“La resolución no se hace cargo del impacto directo y significativo que se causa a nuestra Comunidad que se encuentra a 500 metros del proyecto, fundándose en que esta no se encontraría dentro del área de influencia del proyecto, en circunstancias que el propio titular nos considera dentro de dicha área”, dice el texto.
La comunidad acusa que en el procedimiento de evaluación se constataron una serie de “irregularidades, artificios y engaños por parte del titular para excluir a las Comunidades Indígenas de su derecho a consulta y que han sido validados por la autoridad ambiental al dictar el acto administrativo recurrido”.
El martes 03 de marzo la comunidad presentó los alegatos en la Corte de Apelaciones, tres días después fue rechazado.
“Las controversias relativas a la evaluación, aprobación, procedimiento al cual debe someterse, impugnación y demás cuestiones técnicas relativas a éstos, no deben ser conocidas y resueltas por esta vía de tutela de emergencia, máxime si no se cuenta con todos los antecedentes para valorar la existencia y eventual vulneración de un derecho pleno e indubitado, cuestión que se echa de menos en este proceso y que, por tanto, lleva a desestimar el arbitrio deducido”, dice el texto de rechazo del recurso de protección.
Ante la negativa del recurso, Rubén Sánchez Curihuentro señala que «después de escuchar alegatos de la corte de apelaciones en Temuco, da la impresión que es más efectivo un discurso de un juez que los argumentos jurídicos. Parece ser que la vulneración de derechos de una comunidad no tiene importancia. Cuando se rechaza un recurso de protección argumentando que no es la vía idónea, se cierran las puertas a una autoridad de un territorio, como es el caso del lonko de la comunidad. Entonces, ¿qué le queda a la comunidad?»
Sánchez Curihuentro, indicó a INTERFERENCIA que apelarán este jueves 12 de marzo a la Corte Suprema.