La discusión olvidada del litio: informe describe los problemas que SQM ha causado al pueblo lickanantay

INTERFERENCIA conversó con Marcel Didier, abogado del Observatorio Ciudadano, quienes evacuaron un estudio que da cuenta de cómo la explotación del litio -en este caso de una empresa que no ganó la reciente licitación- afecta los derechos de los pueblos indígenas aledaños a los salares.

Tras la resolución de la Corte de Apelaciones de Copiapó de suspender el proceso de licitación del litio tras dos recursos presentados, tanto por el gobernador regional de Atacama, Miguel Vargas, como por integrantes de diversos pueblos originarios, la discusión pública sobre el proceso que llevó a cabo el gobierno también está considerando otros elementos que no fueron tenidos en cuenta en un primer término por los distintos actores que se enfrentaron en ella.

En particular se trata de los efectos que esta industria sobre pueblos indígenas. En cuanto al segundo recurso presentado, este fue presentado el 12 de enero “en favor de la comunidad Colla Pai Ote y en favor de todas aquellas personas y comunidades indígenas que habitan los territorios en cuestión” y plantea que “esta licitación, tal como está diseñada, afectará a las personas en cuyo favor se recurre, pues la licitación no tiene límite geográfico dentro del territorio de Chile, y por ende, puede ser invocada en cualquier territorio donde exista litio, sean los salares de Atacama (Atacama), Maricunga (Copiapó), Coipasa, Salar del Huasco (Tarapacá), u otros”, donde se hace alusión a que en el proceso se vulneró el artículo 7 del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas, “por no haberse completado la consulta indígena a que obliga el derecho nacional e internacional, de acuerdo al petitorio”. De tal modo, los argumentos van más allá sobre la mera temporalidad del concurso o quiénes pudiesen resultar ganadores.

En efecto, la acción legal presentada por Ariel León Bacián, de los pueblos aymará-quechua; Nancy Piñones, del pueblo aymará; Verónica Henríquez, del pueblo mapuche; Esteban Araya, del pueblo lickanantay o atacameño; Rafael Tuki, del pueblo rapa nui; y Ercilla Araya, presidenta de la comunidad indígena colla Pai Ote, encuentra un correlato cercano en la “Evaluación de Impactos en Derechos Humanos de SQM en los Derechos del Pueblo Indígena Lickanantay” (ver la publicación completa aquí), un estudio de febrero de 2021 y presentado en agosto de ese año en donde se evidencia cómo la compañía chilena ha afectado los derechos del pueblo atacameño en su ejercicio de explotación del litio. 

INTERFERENCIA se comunicó con uno de los autores, el abogado Marcel Diedier del Observatorio Ciudadano para conocer más detalles de cómo se ve en perspectiva la publicación a la luz del concurso público que se ha tomado la agenda durante las últimas semanas. Esto, pese a que SQM no ganó este concurso, pero cuyo actuar sirve de proxy de la industria. 

La publicación fue financiada por la Fundación Heinrich Böll Cono Sur y contó con el apoyo del Consejo de Pueblos Atacameños, organización que agrupa a las comunidades lickanantay o atacameñas de Atacama la Alta, donde se encuentra el Salar de Atacama donde SQM desarrolla sus operaciones, así como con el involucramiento de las comunidades del Salar que integran este pueblo. 

Sin consulta indígena y en plena escasez hídrica

Según su propia definición, el trabajo tuvo por objeto realizar una identificación y evaluación de los impactos que la empresa SQM ha generado en los derechos humanos del pueblo lickanantay o atacameño que habita en la Provincia del Loa, en la Región de Antofagasta.

Para su realización se utilizó como referencia la guía metodológica Todo Derecho para evaluaciones de impacto en los derechos humanos basadas en la comunidad, que ha sido elaborada por OXFAM y la Federación Internacional de Derechos Humanos-FIDH en 2011 y utilizada desde entonces por muchas comunidades afectadas en sus derechos por empresas en todo el mundo.

Se trata de una metodología que busca proveer de herramientas a las comunidades y a las organizaciones de la sociedad civil para medir el impacto real o potencial de un proyecto de inversión sobre los derechos humanos.

En conversación con este medio, Dieder explicó que “hemos hecho dos publicaciones en territorio lickanantay, que son las evaluaciones de impacto en derechos humanos. Nosotros hicimos una en lo que se denomina el “triángulo del litio” entonces indagamos qué empresas trabajan en Argentina, Bolivia y Chile, y cuáles han sido las comunidades que han sido impactadas. En el caso de suelo chileno, en particular el trabajo se hizo en base a las dos principales empresas que explotan el mineral en suelo chileno que son Albemarle y SQM. Pero además, el documento desarrolla las responsabilidades en primer parte del Estado de Chile pero también otros países involucrados que tienen inversiones en empresas de litio como China y Canadá”. 

Según el estudio, la realización de este trabajo estuvo motivada por las múltiples denuncias que durante los últimos años han venido formulando tanto el Consejo de Pueblos Atacameños como las comunidades de la cuenca del Salar de Atacama por las que consideran como graves afectaciones por parte de esta empresa a los derechos que les han sido reconocidos a los pueblos indígenas tanto en el derecho nacional como internacional.

Tales denuncias adquieren mayor gravedad teniendo presente que el 2018 Corfo celebró con SQM nuevos contratos que le permitirán seguir desarrollando sus operaciones en el Salar de Atacama hasta el año 2030, aumentando significativamente el volumen de extracciones de litio y, por lo mismo, sus impactos en las comunidades atacameñas aledañas y en el ecosistema de dicho Salar.

A ello se suma el hecho de que SQM proyecta para los próximos años la ampliación de su planta de carbonato en el Salar de Atacama para producir 180.000 toneladas por año por USD $450 millones. Lo anterior, además de ampliar sus operaciones en el Salar del Carmen con una inversión de USD $180 millones, según informó Cochilco.

Consultado sobre si en su percepción ha quedado fuera de la discusión pública sobre la licitación el impacto que tiene la industria del litio en las comunidades, en el entendido de que la conversación se ha centrado más sobre el recurso y su adjudicación, Dieder opina que “lo que ha faltado en el discurso es mencionar a los afectados. He escuchado hablar de comunidades, pero ni siquiera al pueblo lickanantay, entonces eso es bastante grave. Uno está escuchando sobre si lo explota una empresa pública o una privada, si hay una Empresa Nacional del Litio o no, pero en ningún momento se hace mención a la participación de las comunidades que dentro de sus territorios se están viendo afectados”. 

En esa línea, el abogado describió que “entre las cosas que me ha llamado la atención en el discurso de las distintas fuerzas políticas es cómo la oposición le impugna al actual gobierno de que esto se hizo rápidamente e incluso han presentado recursos de protección que han resultado inadmisibles. Y en ese sentido, para mí es inadmisible que la oposición no considere que esto viene desde marzo de 2021, con un hito en junio del año pasado y la licitación la conocemos como tal en octubre. El Consejo de Pueblos Atacameños también interpuso un recurso de protección pero dentro del plazo porque estaban pendientes de lo que ocurre en su territorio, entonces llama la atención que los bloques del Congreso realicen estas acciones a último momento cuando esto se pudo haber frenado con mucha anterioridad y no la última semana”. 

En cuanto a la afectación del territorio por las empresas SQM y Albemarle, que fueron consideradas en el estudio, y el hecho de que ambas hayan quedado fuera de los beneficiados que anunció el gobierno en su momento, Dieder explicó que “hay una falta de consulta de todas las empresas que están trabajando hoy en el Salar de Atacama. No hay ningún proyecto que haya sido sometido a la consulta indígena. Eso es un asunto también bastante grave por el impacto que se genera porque tanto Albemarle como SQM se encuentran dentro de las empresas que producen más litio a nivel mundial, entonces es increíble que compañías de esa envergadura, que obviamente tienen que cumplir con determinados estándares a nivel internacional para poder operar, no cumplan ni siquiera con la consulta indígena”. 

Así, según el jurista, “desde las empresas, uno podría escuchar que esto entró en vigencia de forma posterior, en relación a la vigencia del Convenio 169, pero bien sabemos que los últimos convenios han sido cuando el 169 ya estaba en vigencia, lo que da cuenta de los derechos que están siendo afectados”. 

A juicio de uno de los autores del informe “acá uno de los temas más importantes es el agua. En la ley indígena también hay una regulación particular al respecto en los artículos 63 y 64 que establece una especial protección de las aguas que les pertenecen a los pueblos del norte de Chile. En un contexto de escasez, esta explotación que han tenido SQM y Albemarle que durante décadas extrajeron litio sin que hubiese una fiscalización, cuando no existía una institucionalidad ambiental como la que existe actualmente. Recién en 2010 con distintas leyes y la creación de algunas instituciones como el Servicio de Evaluación Ambiental recién se iniciaron las primeras fiscalizaciones a todo tipo de empresa. Y cuando se fiscaliza a SQM, la autoridad administrativa se da cuenta que está incumpliendo su RCA para producir y explotar litio, por lo que se inició un proceso sancionatorio. Y ahí se pudo dar cuenta que se extrajeron más cuotas de salmuera que lo que estaba concedido en el permiso, y ese es un proceso que se encuentra abierto”. 

Didier sostiene que “los pueblos atacameños siempre han defendido que la extracción de salmuera es directamente la extracción de agua, que está combinada con determinadas sales y químicos. Y si a eso se le suma la extracción que han tenido SQM, Albemarle, Minera Escondida y Minera Zaldívar que son las cuatro que operan en el Salar de Atacama, juntan casi 4 mil litros de agua por segundo. Es decir, una cifra muy elevada para la escasez de agua que hay en el norte”. 

Otro punto a abordar fue la incertidumbre que generó en las comunidades el hecho de que la licitación no especificara en qué lugar se iba a hacer la exploración y extracción de litio. Al respecto, el abogado manifestó que “estimo que el gobierno no hizo las consultas pertinentes porque cómo la licitación estaba abierta a todos los salares del norte de Chile se podrían ver eventualmente afectados distintos pueblos. Entonces era difícil determinar a quién había que consultar, pero obviamente esto deja en suspenso y en una situación de mucha incertidumbre a las comunidades que están en esos territorios respecto de lo que va a ocurrir. Inicialmente, cómo estaban estas 400 mil toneladas si uno va sacando la cuenta de la disponibilidad que tiene cada salar, inevitablemente se tendría que haber tocado el Salar de Atacama. Y si ya sabemos que está con un estrés hídrico, ahí está el peligro, y la posibilidad de que el salar sea explotado ahora por nuevas empresas”.

Fuente: https://interferencia.cl/articulos/la-discusion-olvidada-del-litio-informe-describe-los-problemas-que-sqm-ha-causado-al

Licitación del litio y el proceso constituyente

*Por José Aylwin y Marcel Didier.

A pocos meses de su término, el Gobierno de Sebastián Piñera se encuentra empecinado en sacar adelante una convocatoria nacional e internacional para licitar y adjudicar Contratos Especiales de Operación (CEOL) para producir un total de 400 mil toneladas de litio comercializable, dividido en cinco cuotas de 80 mil toneladas cada una. Las adjudicaciones serán por un plazo de 7 años, prorrogables por otros dos, para hacer exploración geológica y los estudios y desarrollo de proyectos, a los que se sumarán otros 20 años de producción, sin una ubicación específica en cualquier parte del territorio del país. Las cuotas irán asociadas a una autorización de comercialización por parte de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCChEN).

En días pasados se realizó la apertura a dicha convocatoria. Se trata de seis ofertas realizadas por cinco empresas: BYD Chile SPA (con oferta de 61.000.999 USD$); Albemarle Ltda. (con oferta de 60.000.000 USD$); Cosayach Caliche SPA (con oferta de 30.100.000 USD$); Servicios y Operaciones Mineras del Norte SA (con oferta de 60.000.000 USD$); y la Sociedad Química y Minera de Chile SA (con dos ofertas, una de 14.050.000 USD$ y otra de 19.100.000 USD$), todas por cuotas de 80 mil toneladas cada uno, salvo Albemarle, que realizó  una oferta por dos de ellas, por un total de 160 mil toneladas, y SQM que realizó una oferta por 80 mil toneladas y dos por un total de 160 mil toneladas.

El Comité Especial de Licitación creado por el Gobierno para estos efectos debía reunirse el 6 de enero para proponer al Ministro de Minería la adjudicación de esta licitación. 

La decisión del actual Gobierno de llevar adelante esta convocatoria y adjudicar la licitación no solo a poco de terminar su período, sino en el contexto del desarrollo de un proceso constituyente impulsado con la aprobación de una amplia mayoría de la ciudadanía, resulta altamente cuestionable por múltiples razones. No puede escapar al actual Gobierno el hecho que las normas que rigen la propiedad y formas de concesión de los bienes comunes, generalmente denominados recursos naturales, han sido fuertemente cuestionadas. Ellas han resultado en la apropiación por privados, generalmente grandes conglomerados empresariales, de bienes comunes, como yacimientos mineros, el agua dulce y los recursos del mar, hecho que ha estado entre los factores que explican el malestar popular que gatilló el estallido social.

En el caso del litio, si bien la legislación vigente reserva el litio para el Estado y la Constitución de 1980 dispone que este mineral no metálico no es susceptible de concesión minera, quedando su exploración, explotación y beneficio en manos del Estado, es bien sabido que este, a través de Corfo, ha facilitado su explotación por empresas privadas de capitales nacionales y extranjeras, principalmente Albemarle y SQM. Ello a través de contratos de largo plazo que han sido impugnados tanto por las comunidades indígenas atacameñas o lickanantay directamente afectadas por sus operaciones, las que no fueron consultadas previo a su suscripción como lo dispone el Convenio 169 de la OIT, sino también por amplios sectores políticos y sociales.

Cabe recordar que, en el caso de SQM, la prolongación de sus actividades para la explotación del litio en el Salar de Atacama hasta el 2030 y el aumento en las cuotas de extracción en virtud de un contrato suscrito por Corfo con esta empresa el 2018, fue seriamente cuestionada por el hecho de que sus altos directivos se habían visto involucrados en diversos delitos relacionados con el financiamiento ilegal de la política investigados por la justicia chilena y extranjera.

La actividad extractiva de esta empresa, además, ha generado serios impactos en derechos humanos del pueblo lickanantay, según fue constatado en un reciente estudio del Observatorio Ciudadano. Entre los derechos que, de acuerdo a esta Evaluación de Impacto en Derechos Humanos, se han visto gravemente vulnerados por la actividad de esta empresa se encuentran el derecho a la consulta previa y al consentimiento previo, libre e informado; el derecho a la libre determinación y definición en prioridades de desarrollo; el derecho a la participación en los beneficios y la compensación justa por los daños ocasionados; el derecho sobre la tierra y el territorio; y los derechos de agua.   

Tratándose de una licitación que deja abiertas la exploración y la explotación del litio por los adjudicatarios a todo el territorio nacional, resulta evidente que dicha actividad se centrará en los salares andinos del norte del país –principalmente en el Salar de Atacama–, donde se encuentran las mayores reservas de las sales de las que se extrae el litio, salares que forman parte de las tierras y territorios de uso y ocupación ancestral del pueblo lickanantay, quechua y colla, entre otros pueblos indígenas. 

Cabe señalar además que el proceso de licitación en desarrollo por el actual Gobierno no ha estado exento de irregularidades y no cuenta con las garantías mínimas de transparencia; además, los breves plazos considerados en el proceso imposibilitaron la participación de nuevos actores. Al igual que en los contratos anteriormente suscritos entre Corfo con SQM y Albemarle, respectivamente, de nuevo se vulnera el derecho a la consulta previa, libre e informada, y el consentimiento de los pueblos originarios que puedan verse afectados.

Junto con ello, cabe resaltar que el Estado de Chile se encuentra en litigio con ambas empresas que aparecen como oferentes en esta licitación, por lo que la adjudicación a ellas parece un contrasentido; con SQM un proceso sancionatorio ambiental por incumplimiento de su permiso ambiental que data de 2006, y con Albemarle en un proceso de arbitraje internacional con el Estado de Chile por el incumplimiento del contrato de explotación en el Salar de Atacama firmado en 2016. Al efecto, Corfo denunció a inicios de 2021 a la empresa estadounidense ante la Cámara de Comercio Internacional (ICC) por una diferencia no pagada de aproximadamente 15 millones de dólares relativa a menores comisiones.

Lo más grave de esta decisión, sin embargo, es que ella afecta gravemente la capacidad de la Convención Constitucional como órgano representativo de la soberanía popular de definir, hacia el futuro y por un largo tiempo, no solo la propiedad, la potencial concesión o no del litio a empresas, así como su origen, sean nacionales o extranjeras, que puedan participar de la exploración y explotación de este mineral no metálico que hoy se convierte en un elemento clave de la transición energética a nivel global.

Al respecto cabe señalar que ya ha sido presentada desde la sociedad civil a la Convención Constitucional una iniciativa popular de norma (Comité de Defensa y Recuperación del Cobre –Iniciativa Nº 5.602–), y debatida por la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional, propuestas que, teniendo presente la importancia tanto estratégica como económica del litio, apuntan a que su desarrollo sea entregado a empresas de propiedad del Estado o mediante la fórmula de una Empresa Nacional del Litio similar a la de Codelco.

Se trata de una propuesta que también forma parte del programa de gobierno del presidente electo, Gabriel Boric, con lo que, junto a pasarse a llevar la capacidad del órgano constituyente de definir libremente los actores protagónicos en la explotación del litio, hipoteca la voluntad popular que por una mayoría significativa respaldó a dicho candidato y a su programa de gobierno.

Por todo lo anterior es que nos sumamos a los actores sociales y políticos que han demandado al gobierno que suspenda el proceso de licitación y adjudicación del litio en desarrollo. Ello hasta que la Convención Constitucional, como órgano depositario de la soberanía popular, establezca las nuevas reglas que regirán en la materia, asegurándose de este modo que ellas, luego del referéndum de salida previsto para el presente año, cuenten con la legitimidad que les daría la ciudadanía. 

*José Aylwin es Coordinador del Programa Globalización y DD.HH. del Observatorio Ciudadano.

Marcel Didier es Abogado del Observatorio Ciudadano.

Fuente: https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2022/01/08/licitacion-del-litio-y-el-proceso-constituyente/