Tras la crisis sanitaria en Osorno (Chile), Suez recibe un requerimiento para modificar su plan de vigilancia

Red Ambiental Ciudadana de Osorno

(asociación comunitaria con sede en Osorno)

FIDH – Federación Internacional por los Derechos Humanos

y sus organizaciones miembros en Chile y en Francia,

Observatorio Ciudadano

Liga Francesa de Derechos Humanos (LDH)

París, Santiago de Chile, 9 de julio de 2020 – Cuatro organizaciones se han dirigido hoy por escrito a Bertrand Camus, director general de Suez, para pedirle que detalle el plan de vigilancia para las operaciones del Grupo en Chile, donde la multinacional posee el 43% del mercado de distribución del agua. En caso de que la empresa no responda o no tome las medidas adecuadas que solicita este requerimiento oficial, se interpondría una acción ante la justicia francesa. En julio de 2019, la población de Osorno permaneció sin suministro de agua durante 10 días, durante los cuales se decretó la alerta sanitaria debido a la contaminación de la red de agua potable causada por un nuevo incidente operativo de ESSAL, sociedad controlada por Suez. Este hecho se produjo después de que se detectaran continuas deficiencias y negligencias, que los organismos de control chilenos habían señalado en múltiples ocasiones, indicando el «elevado riesgo» que suponían dichas anomalías.

Cuatro organizaciones han enviado hoy un requerimiento formal a la empresa SUEZ en el que se le pide que cumpla la ley francesa sobre el deber de vigilancia de 27 de marzo de 2017, instándole a tomar las medidas necesarias para resolver estas deficiencias e ilegalidades reiteradas en su prestación del servicio de suministro de agua a Osorno y a evitar que otra crisis sanitaria se produzca nuevamente en esta ciudad o en otros municipios chilenos en los que opera ESSAL y otras sociedades controladas por el grupo francés.

«SUEZ debe asegurar a las comunidades en que sus empresas filiales operan, como ESSAL en Chile, un acceso adecuado y seguro al agua potable y de saneamiento, el  que constituye un derecho humano reconocido a nivel internacional.  Desde la privatización de los servicios públicos de agua potable en Chile, proceso iniciado  bajo la dictadura de Pinochet, y consolidado durante la segunda mitad de los noventa en democracia,  la calidad del suministro de agua a la población en el país se ha seguido deteriorando, las tarifas se han incrementado, mientras que las empresas multinacionales y sus filiales que operan los servicios sanitarios en Chile han obtenido enormes beneficios», denuncia Jose Aylwin del Observatorio Ciudadano.

Si en un plazo de tres meses SUEZ no presenta medidas adecuadas, nuestras organizaciones podrán llevar a la multinacional francesa ante los tribunales para que se le imponga, si es necesario bajo sanción, que adopte las medidas necesarias para evitar que se produzcan nuevas crisis sanitarias debido a la actuación negligente de las sociedades que controla en Chile.

El 10 de julio de 2018, se produjo un vertido de 2000 litros de petróleo en la planta potabilizadora de Caipulli, operada por la filial de Suez en la ciudad de Osorno. Los hidrocarburos contaminaron la fuente de agua de la planta, lo que supuso la contaminación del conjunto de la red de agua potable, que abastece a 49 000 viviendas del municipio, es decir, a 140 500 personas (el 97,9% de la población). La contaminación afectó también a dos cursos de agua, el río Rahue y el río Damas.

El corte del suministro de agua se prolongó durante más de diez días. Se interrumpió el acceso al agua potable a la población de Osorno, así como a los organismos fundamentales para la vida en el municipio (hospitales, centros de salud, centros de diálisis, residencias geriátricas, etc.), lo que provocó una grave crisis sanitaria. El 12 de julio de 2019, se decretó el estado de alerta sanitaria y posteriormente no se ha llevado a cabo ningún estudio epidemiológico para evaluar el número de víctimas.

Durante este periodo de alerta, la crisis sanitaria se agravó debido a la instalación tardía e incompleta de los puntos de abastecimiento de agua alternativos, que ESSAL hubiera debido poner en funcionamiento de forma inmediata, así como por un suministro de agua insuficiente y de mala calidad. El servicio de abastecimiento de agua no se restableció totalmente hasta el 21 de julio de 2019 y fue necesario ampliar la alerta sanitaria hasta el 31 de julio de 2019.

«Los ciudadanos y ciudadanas de Osorno tienen derecho a un servicio regular de agua potable de calidad, como todo ser humano. Es su derecho, asi como el de ser resarcidos por los daños ocasionados a su salud y al ecosistema» señaló Ricardo Becerra de la Red Ambiental Ciudadana de Osorno.

Esta grave afectación a los derechos humanos se debe fundamentalmente a que ESSAL no ha aplicado medidas preventivas y correctivas, a pesar de que la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), entidad pública encargada de la inspección de este tipo de servicios en Chile, ya había alertado en 2018 de numerosas anomalías en la infraestructura, que consideraba suponían un «riesgo elevado» y había impuesto 36 multas a la empresa a lo largo de los últimos cinco años.

«Con este requerimiento formal, pedimos a SUEZ que publique un nuevo plan de vigilancia en el que figuren medidas detalladas adecuadas para mitigar y prevenir los riesgos de que se produzcan violaciones de los derechos humanos, en especial, del derecho a la salud, al agua y a un medio ambiente sano, así como un dispositivo de vigilancia y una aplicación efectiva de dichas medidas» afirmó Clémence Bectarte, Coordinadora del grupo de acción judicial de la FIDH.

 

Tribunal Ambiental de Valdivia declara admisible reclamación presentada por comunidades mapuche contra resolución del SEA por Central Hidroeléctrica Llancalil

Con el apoyo del Observatorio Ciudadano las comunidades mapuche de los territorios de Huife y Llancalil presentaron una reclamación en contra de Hernán Brücher, en su calidad de Director Ejecutivo del SEA, solicitando que se anule el procedimiento de evaluación del proyecto «Pequeña Central Hidroeléctrica Llancalil», se acojan todas las observaciones de las comunidades y se abra un proceso de consulta indígena, la cual fue declarada admisible por el Tribunal Ambiental de Valdivia. 

El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia declaró admisible la reclamación interpuesta por las comunidades mapuche Carimán Sánchez y Gonzalo Marin, Millaqueo Millahual y Neculán Nahuelán, de los territorios de Huife y Llancalil, de la comuna de Pucón, en contra de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), solicitando se anule completamente el procedimiento de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica Llancalil”, y se orden que este proyecto reingreso como un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y consideré un proceso de consulta indígena.

Específicamente, la reclamación judicial es deducida en contra de la resolución dictada por el Servicio de  Evaluación Ambiental (SEA), “que acogió parcialmente 9 de 11 reclamaciones administrativas interpuestas por observantes ciudadanos (reclamaciones PAC), contra la RCA N° 26/2019, por medio de la cual la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía calificó en su momento de forma favorable el proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica Llancalil”, cuyo titular es Inversiones Huife Ltda”.

Antecedentes

Este proyecto, que pretende construir una central de pasada en los Territorios de Huife y Llancalil, ha sido sometido tres veces a evaluación ambiental como una DIA, sin variar sustantivamente la información presentada y pronunciándose los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental de formas diversas y contradictorias en cada ocasión.

En todas estas evaluaciones han existido antecedentes suficientes para dar por acreditado que este proyecto requiere ser evaluado ambientalmente por medio de un EIA y que requiere ser consultado con las comunidades mapuche del territorio, lo cual obligaba al Director Ejecutivo del SEA a rechazar la DIA de la empresa.

En efecto, este proyecto genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo y agua. En este sentido, el proyecto contempla durante la etapa de construcción, intervenir más de 24 hectáreas de flora y vegetación, dentro de las cuales se encuentra una gran cantidad de hierbas medicinales y bosque nativo, así como la remoción e intervención de 220.000 m3 de suelo y la utilización de tronaduras.

Asimismo, el proyecto genera impactos en los recursos hídricos de los ríos Liucura y Llancalil, cuencas de gran importancia para las comunidades mapuche que presentan la reclamación, pues permiten mantener la biodiversidad del territorio, cuya disponibilidad es fundamental para el desarrollo de actividades tradicionales de recolección para fines medicinales y culinarios, entre otros de significancia, de manera que correspondía el ingreso del proyecto mediante EIA.

El proyecto generará además efectos significativos sobre el turismo de la zona y el paisaje, y transgrede lo dispuesto en el artículo 11 letra d) de la Ley de Bases Generales de Medio ambiente, toda vez que se localiza próximo a población protegida susceptibles de ser afectadas.

Es precisamente por todos estos antecedentes que fueron proporcionados en las reclamaciones, que la autoridad ambiental debió haber puesto término anticipado al procedimiento de evaluación de la DIA, y por carecer de información esencial para su evaluación la que no podía ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, sino a través de un EIA.

Por eso la decisión de acoger parcialmente las reclamaciones y de retrotraer el procedimiento hasta la etapa previa a la última adenda, para que el titular complemente la falta de información de su proyecto, desconoce que esa es precisamente una de las causas para rechazar  la declaración, por tratarse de una central que por su alto impacto en el territorio, debe someterse a evaluación por medio de un estudio y considerando un proceso de consulta con las comunidades indígenas del territorio.

 

Sufrimiento ambiental en Bahía de Quintero Puchuncaví: Familias damnificadas por las inundaciones y nuevos peaks de contaminación

[vc_row][vc_column][vc_column_text css=».vc_custom_1593798858163{margin-bottom: 0px !important;}»]Santiago, 02 de julio del 2020. A través de la siguiente declaración, las Mujeres en Zonas de Sacrificio en Resistencia (MUZOSARE) y la ONG Defensoría Ambiental queremos denunciar el incumplimiento de normas de emisiones de fundiciones de cobre por CODELCO División Ventanas, que ha sido fiscalizado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el día de ayer.

Este hecho ocurrió en medio de un episodio de fuertes precipitaciones que afectaron particularmente a familias en una condición de especial vulnerabilidad socioeconómica, de salud y vivienda. En efecto, mientras muchas familias de la bahía de Quintero y Puchuncaví hacían frente a la inundación, extrayendo el agua de las viviendas gracias a la maquinaria municipal que se dispuso o autogestionando comunitariamente bombas de extracción, se registraron nuevos peaks de dióxido de azufre (SO2) durante esa misma jornada y el martes 30 de junio. El hecho fue confirmado por la Seremi del Medio Ambiente, Victoria Gazmuri, quien aseveró que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscalizó a Codelco División Ventanas por la superación de la norma ambiental.

Denunciamos que la población de Ventanas es víctima de sufrimiento ambiental. Por una parte, debido a la mala infraestructura de muchas localidades de la zona: notables desniveles de terreno, calles sin pavimentar y carencia de áreas verdes (las cuales contribuyan a la absorción del agua en situaciones de intensa lluvia). Las familias que ahí habitan se abastecen de agua potable mediante camiones aljibe, sus niños, niñas y son las mismas que el lunes 29 de junio sufrieron la inundación de sus viviendas, perdiendo parte importante de su escaso patrimonio, quedando expuestos al frío y humedad, poniendo en riesgo su salud física y mental.

Por otra parte, la superación de la normativa horaria para dióxido de azufre (SO2) se repite tristemente, según la información proporcionada por el centro de monitoreo de Quintero. Cabe recordar que la exposición a este compuesto produce una variedad de efectos nocivos sobre la salud de la población, especialmente a quienes tienen problemas respiratorios previos. La evidencia toxicológica indica que la exposición a SO2 produce daño respiratorio y sistémico, y la evidencia epidemiológica muestra daño respiratorio y cardiovascular agudo, así como afectaciones al desarrollo fetal[1].

Lo anterior se agrava ante la creciente evidencia en el mundo académico de que las personas expuestas a material particulado fino[2], así como quienes tienen problemas respiratorios y cardiovasculares, son quienes tienen mayor riesgo de mortalidad en caso de contraer COVID-19. Hasta el 26 de junio del 2020, se contabilizan más de 300 casos confirmados de coronavirus en Quintero y Puchuncaví. En un sector que convive a sólo un par de metros del Complejo Industrial Ventanas, con empresas públicas y privadas que llevan décadas degradando el medioambiente y la salud del sector y que se enriquecen a costa de la población que ahí habita, ¿dónde queda la Responsabilidad Social Empresarial?

La población de Quintero y Puchuncaví ha sido expuesta durante décadas al dióxido de azufre y otros contaminantes desconocidos, situación que nos motivó como Defensoría Ambiental a interponer el año 2016 una demanda por daño ambiental (actualmente en curso) y recursos de protección ante los episodios de contaminación masiva del 2018. A más de un año que ha sido dictada la sentencia de la Corte Suprema, observamos muy pocos avances, como lo demuestra tal situación.

Finalmente, hacemos un llamado a las autoridades a velar debidamente por los Derecho a la vida, a la salud y a vivir en un medioambiente libre de contaminación de la población de Quintero y Puchuncaví, especialmente debido a la contingencia sanitaria que nos afecta.

 

Atentamente,

Mujeres en Zona de Sacrificio en Resistencia (MUZOSARE)

ONG Defensoría Ambiental

 

[1] http://planesynormas.mma.gob.cl/archivos/2015/proyectos/VI_Efectos_del_SO2_en_la_salud_de_las_personas.pdf

[2] https://projects.iq.harvard.edu/covid-pm/home?fbclid=IwAR0swvNvEro7ORO0uctq0gYuIN65EI9bTRbrNAlgmtwLuBqxO1AqhzdTYW8

 

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Movimiento socioambiental Valle del Huasco: “La gran minería primero nos mata por contaminación, ahora por COVID-19″

Fuimos los primeros en alertar y exigir medidas concretas para evitar que la propagación del covid-19 llegara gracias a la “Gran Minería” a la región, y como lamentablemente suele suceder, no fuimos escuchados a tiempo. Esta semana hemos estado viendo cómo distintas autoridades locales se han rendido a lo obvio y han salido a denunciar por fin, y con la fuerza que corresponde, que es la gran minería la responsable del aumento de casos de coronavirus en la Provincia. En este contexto y ante dichas aseveraciones, como comunidad organizada de cordillera a mar de la provincia de Huasco enérgicamente declaramos:

  1. EXIGIMOS que cesen los trabajos de las termoeléctricas que aumentan la posibilidad de muerte ante el coronavirus, como así mismo los trabajos y desplazamientos asociados a Pascua Lama y CAP minería, en dónde incluso han llegado buques desde Asia en pleno desate de la pandemia en el país. Respecto de Pascua Lama, denunciamos con horror que el día de ayer, jueves 25 de junio, se efectuó un cambio de turno en la localidad rural de Chollay, hecho denunciado y fuertemente repudiado por las comunidades de la parte alta, quienes no permitirán que esto vuelva a suceder. EXIGIMOS LA PARALIZACIÓN DE TODA LA GRAN MINERÍA Y FAENAS que ponen en riesgo la salud de las y los trabajadoras, población y comunidades aledañas y que dicha medida no afecte la remuneración de los trabajadores que deben quedarse en sus casas hasta que esto pase. No puede ser que la economía valga más que las vidas. De esa dignidad hablábamos cuando estamos en las calles.
  2. Trágicamente teníamos razón, y eso ha sido comprobado por diversas autoridades locales. Alcalde de Vallenar declaró: “el aumento de las cifras de contagio que tenemos en Vallenar (…) obedece principalmente a nuestra gente que sale a trabajar a faenas mineras, que las empresas no toman las medidas cómo corresponden,(…) Le hemos pedido oficialmente al Ministro de Minería que terminemos con los trabajos de desplazamiento”. También se manifestó el Diputado Jaime Mulet, quien ofició al Ministro Prokuriça y al Presidente de la República exigiendo que todas las faenas mineras en Atacama trabajen sólo con personal de Atacama. Confirmando nuestros temores, en sesión en la cámara el mencionado diputado ha expresado: “ha quedado demostrado, [que la minería] ha sido la mayor fuente de contagio y de entrada del virus a la región de Atacama”. Ante esto nos preguntamos: ¿Es suficiente? ¿O al fin es el momento de EXIGIR PARALIZAR los trabajos mineros como ya hemos dicho? ¿O son más importantes sus negocios personales a costa de empobrecer y sacrificar todo un territorio y su pueblo?
  3. Estos graves hechos evidencian que a la gran minería no le afecta generar daños irreparables en familias, comunidades, y que no les importa nada ni nadie más que su propia economía. En la provincia del Huasco conocemos de cerca los estragos del extractivismo, tanto medioambientales como sociales, con efectos irreparables en los territorios como Huasco, zona en sacrificio donde día a día se envenena a sus vecinos, o los daños que causó el proyecto Pascua Lama con la contaminación de metales pesados vertida sobre los glaciares milenarios que alimentan el cauce del Río Huasco, contaminando el río del que vivimos población y ecosistemas. Este abuso se evidencia aún más ahora, en el contexto de coronavirus, donde sin tomar las medidas necesarias para prevenir el contagio de esta enfermedad han continuado con las faenas mineras, exponiendo la vida de las comunidades aledañas a sus faenas y los propios trabajadores y sus familias.
  4. En este dantesco escenario, como Movimiento Socioambiental Valle del Huasco, también denunciamos y alertamos sobre el desvergonzado aumento de proyectos extractivistas ingresados al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) durante este 2020, específicamente desde que se inició la pandemia en nuestro país. Según las observaciones del Observatorio Latinoamericano de conflictos ambientales (OLCA) en su informe sobre ingreso abusivo de proyectos al SEIA en tiempos de Pandemia, actualizado al 31 de Mayo del año 2020: “Hay un notorio aumento de cantidad de proyectos ingresados al SEIA este 2020, en el período estudiado en comparación con los dos años anteriores: De 118 Proyectos el 2018 y 103 Proyectos el 2019, se salta a 237 proyectos este 2020 en período de pandemia” FUENTE: http://olca.cl/oca/informes/Informe-sobre-ingreso-abusivo-de-proyectos-al-SEIA-en-tiempos-de-Pandemia.pdf. Además, se evidencia que la mayoría de los proyectos han ingresado sólo por Declaración de impacto ambiental, siendo que por su envergadura y generación de impacto deberían haberlo hecho por medio de un Estudio de Impacto Ambiental con consulta indígena y participación ciudadana obligatoria aparejada. La empresa criminal Nueva Unión es una de ellas, quién ha ingresado por Declaración de Impacto ambiental (DIA) un proyecto de 153 sondajes en la naciente de las aguas del Río Tránsito, así como también lo ha hecho CAP con una serie de iniciativas. Cabe recordar que CAP también ha ingresado un Estudio de Impacto ambiental para reemplazar su relave en el mar por uno en tierra en el sector de Playa Brava.
  5. Denunciamos también una fuerte arremetida extractivista en donde Gobierno y sector privado, coludidos una vez más, intentan poner en actividad una serie de proyectos nocivos aprovechándose de la pandemia. En este sentido rechazamos enérgicamente el «acuerdo covid», firmado recientemente entre el gobierno y oposición, que en su letra chica viene a acelerar la depredación socioambiental en Chile, y en el que se acuerda que la Comisión Nacional de Productividad es la que va a proponer la agenda regulatoria de los plazos para los proyectos ¿Y quién compone esta comisión? ¿Quién velará por el bienestar de las comunidades donde se instalen estos proyectos? ¿Qué ocurrirá con las consultas indígenas y participación ciudadana obligatoria para este tipo de proyectos? Este acuerdo vulnera gravemente el principio preventivo y precautorio en nuestra Ley Ambiental, así como derechos constitucionales, y finalmente trae migajas para hoy y hambre para mañana, ya que solo por tres meses se asegura un ingreso mínimo a las familias a cambio de soportar por muchos más años proyectos de inversión que son sumamente invasivos en relación al agua y al territorio. NO PERMITIREMOS QUE SE DEBILITE LA YA FRÁGIL LEGISLACIÓN AMBIENTAL Y NO PERMITIREMOS ESTA DEVASTACIÓN QUE SE INTENTA IMPONER MISERABLEMENTE EN ESTOS MOMENTOS DE PANDEMIA.
  6. Por último, también denunciamos los sospechosos resultados de un “estudio” realizado por CORPROA, el cual no es más que un movimiento estratégico para hacer calzar el discurso y guión del gobierno. Sospechosamente dicho estudio arroja como conclusión la misma que expresó el Ministro de Minería Baldo Prokuriça: “la minería será nuestra salvación”, y que por tanto hay que reactivar todos los proyectos e incluso llama a acelerar y acortar plazos de evaluación. Cabe recordar que la mayoría de los proyectos están paralizados por infracciones ambientales.
  7. Declaramos con fuerza que la minería no ha sido ni será una solución, al contrario a largo plazo significará costos mucho mayores, en un mundo de recursos finitos, nos preguntamos qué ocurrirá con la provincia del Huasco en 20, 30 años más, en un mundo global donde avanza una amenazante crisis climática. Nos preguntamos ¿Qué pasará con la salud y la vida de nuestros vecinos y vecinas, de nuestros amigos y familia?Exigimos que las soluciones y la superación de la crisis económica habrá camino a alternativas productivas sostenibles y que no destruyan la Tierra, nuestro hogar y de futuras generaciones.

MOVIMIENTO SOCIOAMBIENTAL VALLE DEL HUASCO

FIDH: Comuneros mapuche detenidos en Chile deben ser liberados inmediatamente

Foto: Agencia Uno

París – La FIDH solicita la liberación inmediata de los cuatro comuneros mapuche detenidos el pasado 8 de junio en Traiguen, Chile. Su arbitraria detención no está justificada y pone en evidencia una política de represión y control social dirigida a menoscabar la vida de los comuneros mapuche, y en particular son un testimonio de la persecución a la familia Pichún, cuyos integrantes han sido víctimas de estigmatización y falsos montajes judiciales desde el año 2000.

Los comuneros mapuche Carlos Pichún Collonao, su hijo de 12 años, y otros tres integrantes de la comunidad de Temulemu, Eduardo Márquez Inal, Cristofer Pino Curin, Víctor Marileo Ancapi fueron interceptados por tres patrullas de la policía y obligados a bajar de su vehículo. Posteriormente, fueron esposados, apresados y acusados de presuntamente transportar armas de alto calibre, entre otras. El hijo de Carlos Pichún fue abandonado a su merced por las fuerzas de policía y dejado sólo en plena carretera, sin protegerlo ni atenderlo como estipulado en la normativa internacional de protección de la infancia.

Actualmente los cuatro comuneros mapuche se encuentran en prisión preventiva por cuatro meses en la cárcel de Temuco negándoseles el 18 de junio el cambio de medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario y la posibilidad de recibir visitas de sus familiares. Carlos Pichún se encuentra en una situación delicada de salud, y su estado podría verse agravado por las condiciones precarias en que se encuentra en prisión.

Recordamos que por su pertenencia al pueblo mapuche cuentan con especial protección por los estándares internacionales de derechos humanos, entre ellos, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en particular sus artículos 9 y 10 que establecen que en el caso de los pueblos indígenas los Estados deberán darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento teniendo en cuenta sus usos culturales y sus costumbres.

Es importante recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Chile por discriminación racial en la condena del Lonko Pascual Pichún, por la utilización de la Ley Antiterrorista como herramienta desproporcionada de persecución penal en su contra.

Asimismo, la FIDH invoca al Estado chileno a cesar todas las acciones y métodos represivos dirigidos a las comunidades mapuche y, sobre todo, a las que se encuentran en proceso de recuperación de tierras. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha advertido a los Estados sobre los riesgos crecientes que afrontan los pueblos indígenas en la región, y en particular a los conflictos territoriales y ambientales asociados a las actividades extractivas . [1] Es menester de las autoridades nacionales proteger a sus ciudadanos y en particular a los grupos que disfrutan de especial protección como los pueblos indígenas. La justicia debe garantizar el respeto del derecho al debido proceso de los cuatro comuneros mapuche.

A su vez, en el marco de la actual pandemia, la política penitenciaria debe poner en marcha medidas preventivas que eviten el brote del virus y el hacinamiento en las cárceles, implementando medidas alternativas que limiten la privación de libertad, entre ellas, la prisión preventiva. En ese sentido, los cuatro comuneros mapuche deben ser liberados inmediatamente. Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de las Naciones Unidas (Reglas Nelson Mandela) y la declaración conjunta de la ONU, la OMS, el ONUSIDA y la ACNUDH sobre el covid-19 en los centros de prisiones u otros centros de detención del 13 de mayo 2020 [2] contemplan que se debe preservar y proteger a las personas privadas de la libertad, ya que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad.

Es preciso recordar que, en el contexto de la criminalización de la protesta social mapuche en los últimos 30 años, un gran número de dirigentes e integrantes del pueblo mapuche, se encuentran privados de libertad, siendo sometidos a largos periodos de prisión preventiva y penas desproporcionadas, lo que sumado a las precarias condiciones sanitarias de los recintos penitenciarios implica una seria amenaza a su vida y su salud en el contexto de la pandemia.

Por todo lo anterior, la FIDH solicita al Estado de Chile a poner en marcha las siguientes medidas:

- Una investigación imparcial que tome en cuenta los principios de presunción de inocencia, debido proceso, y que se encuentre en estricto cumplimiento de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad de la pena.

- En el contexto de la pandemia exigimos al Estado de Chile que se tomen medidas de detención domiciliarias dirigidas a los actuales presos mapuche que se encuentran en prisión preventiva y en huelga de hambre. En el caso de los presos chilenos fueron liberados más de 1500 reos a nivel nacional, pero ninguno mapuche, poniendo en evidencia una actitud racista de parte de las autoridades chilenas.

- Garantizar la protección del hijo de Carlos Pichún, haciendo un llamado a que se respete y proteja la vida y los derechos de las niñas, niños y adolescentes mapuches quienes han sido víctimas de la violencia policial.

- Condenar las violaciones de los derechos de las y los niños mapuche, siguiendo las recomendaciones de la CIDH que ha recordado al Estado chileno su obligación de esclarecer judicialmente los actos de violencia, sancionar a los responsables y reparar las consecuencias de dichos hechos. [3]