Como Ley vigente de la República se encuentra el reconocimiento que entrega el Estado al pueblo Afrodecendiente luego de su publicación en el Diario Oficial. La iniciativa otorga el reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno y a su identidad cultural, idioma, tradición histórica, cultura, instituciones y cosmovisión.
Se define como «afrodescendientes chilenos» al grupo humano que, teniendo nacionalidad chilena en conformidad a la Constitución Política de la República, comparte la misma cultura, historia, costumbre, unidos por la conciencia de identidad y discurso antropológico, descendientes de la trata trasatlántica de esclavos africanos traídos al actual territorio nacional entre los siglos XVI y XIX y que se auto identifique como tal.
La propuesta destaca el necesario respeto y promoción por parte del Estado, como patrimonio cultural inmaterial, de los saberes, conocimientos tradicionales, medicina tradicional, idiomas, rituales, símbolos y vestimentas de este pueblo, al tiempo que promueve la creación de una unidad programática que posibilite a los educandos el conocimiento de la historia, lenguaje y cultura de los afrodescendientes.
El proyecto además avanza en otorgarles a este grupo de chilenos el derecho de consulta, conforme al Convenio OIT 169, cada vez que se prevea dictar medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; y procurar su inclusión en los censos de la población nacional.
En este enlace puede consultar el detalle de la Ley.
Reconocimiento al genocidio Ona y Tehuelche
La Sala de la Cámara de Diputados también dio su aprobación a una propuesta nacida en moción que reconoce el genocidio ocurrido con las etnias Selk´nam (Onas) y Aónikenk (Tehuelches) y que autoriza a erigir un memorial en la comuna de Porvenir (boletín 5203).
La iniciativa, conforme al texto planteado por la Comisión de Cultura, cuyo informe rindió el diputado Labra, da el citado reconocimiento al genocidio que afectó a las etnias selk’nam y aónikenk durante el poblamiento de la zona austral del país.
Luego, permite erigir un memorial destinado a recordar sus principales rasgos culturales y perpetuar su memoria para las futuras generaciones.
Las obras se financiarán por erogaciones populares, que serán obtenidas mediante la realización de colectas públicas en las fechas y lugares que determine la comisión especial que se conformará para estos efectos y que estará integrada por un senador y un diputado y por un representante del alcalde de la municipalidad de Porvenir, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del Consejo de Monumentos Nacionales y de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
La comisión especial tendrá como funciones establecer la fecha, forma y lugares en que se efectuarán las colectas públicas y realizar las gestiones destinadas a que estas se efectúen; administrar el fondo respectivo; convocar a concursos públicos para la elección del diseño del memorial y para la posterior ejecución de las obras, fijar sus bases y decidirlos; y resolver el destino de eventuales excedentes del fondo.
La propuesta, despachada a tercer trámite al Senado, fue aprobada en particular por 114 votos a favor, uno en contra y una abstención.