ONG’s de América Latina y el Caribe reflexionan sobre los impactos de las empresas y los derechos humanos

INTRODUCCIÓN

11 de octubre de 2023. Las organizaciones de la sociedad civil de diferentes países de América Latina y el Caribe que, convocadas por la Plataforma Latinoamericana sobre Empresas y Derechos Humanos, nos reunimos de forma previa al VIII Foro Regional de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos que se celebra en Santiago de Chile, para compartir nuestras experiencias de trabajo sobre los impactos de las empresas en los derechos humanos. Esta convocatoria acontece en el marco de la conmemoración de los 50 años del Golpe Militar en Chile, herida histórica que permanece viva en la memoria y que nos recuerda que no podemos ceder a las atrocidades del poder en la defensa de los derechos humanos.

La historia nos ha enseñado dolorosamente que el poder corporativo asociado a las elites políticas puede llegar a ser perverso. Así, en nuestro encuentro constatamos con preocupación que los derechos de las poblaciones vulnerables y la naturaleza en Latinoamérica y el Caribe se ven crecientemente afectados por la presencia de gran cantidad de empresas y entidades financieras que operan en la región, las cuales no cumplen con su responsabilidad de proteger y promover los derechos humanos y el cuidado del medio ambiente.

Por las razones anteriores, en nuestro encuentro preparatorio abordamos las siguientes materias: el impacto de las empresas extractivas en los derechos humanos y ambientales; la falta de mecanismos de denuncia y de reparación frente a entidades del sector financiero; las consecuencias negativas de la agroindustria; la criminalización y persecución de personas defensoras de derechos, principalmente comunidades, pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos; la necesidad de mejorar la rendición de cuenta de las empresas; y la debida diligencia y el rol de Naciones Unidas.

IMPACTOS DE LAS ACTIVIDADES DE EMPRESAS EN LOS DERECHOS HUMANOS

EMPRESAS EXTRACTIVAS, AGROINDUSTRIA Y SECTOR FINANCIERO:

La crisis climática ha llevado a la creación de falsas y fáciles soluciones —como la «transición energética»—  que no representan verdaderas transformaciones y respuestas a la crisis ecológica que vive el planeta al no cambiar positivamente el modelo de producción y consumo. Si bien es necesario transitar al decrecimiento y buscar energías limpias, la extracción del cobre y litio para dicha transición fortalece el extractivismo minero. Por ende, sin las medidas adecuadas de prevención, se sigue con la destrucción ambiental. Todo esto mientras se insiste en la explotación de combustibles fósiles que son la base del calentamiento global.

Este modelo de transición energética corporativa, propuesto por el norte global, no considera el impacto en los pueblos indígenas, comunidades campesinas y pueblos afrodescendiente. Tampoco en su propuesta se incluye la atención a las comunidades afectadas por el extractivismo petrolero. Todo ello, reproduce un esquema neocolonial y racista que convierte a la región en una zona de explotación y sacrificio.

Asimismo, la expansión de la agroindustria significa la concentración de la tierra, la valorización del monocultivo, el desplazamiento de la pequeña agricultura, el incremento de la degradación ecológica, la afectación de las fuentes de agua y el suelo. Además, la agroindustria descansa en condiciones de trabajo altamente precarias, donde el trabajo forzado, la trata de personas y ls formas de esclavitud moderna ocurren de manera transversal y sistemática en todos los países de la región.

En tanto, las entidades financieras, a través de los flujos de capital hacia distintos sectores empresariales o tipos de inversión, generan impactos directos e indirectos sobre los derechos humanos. ¡Deben hacerse responsables de los impactos de su financiamiento!

Los activos ilícitos o economías ilegales que propician violaciones a los derechos humanos —como el trabajo forzoso y la trata de personas, la vulneración de derechos colectivos e individuales—, y los daños al medio ambiente —que ocurren en las operaciones y cadenas de suministro de las empresas— ingresan a la economía formal (y también son favorecidos en algunos casos por estas) sin ningún tipo de análisis de trazabilidad, favoreciendo actos de ocultación y disimulación del origen ilícito de dichos activos, como es el caso de la explotación aurífera y el uso del mercurio en la minería ilegal, lo cual constituye el delito de lavado de activos, poniendo en cuestión la integridad y sostenibilidad de los mercados y el sector financiero.

PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS

La defensa de los derechos humanos frente a las actividades de las empresas es eminentemente colectiva: en la primera línea se encuentran pueblos indígenas y afrodescendientes y comunidades campesinas. En represalia, las comunidades son objeto de violencia, criminalización y estigmatización por parte de las empresas, por lo tanto, es necesario reconocerlas como «comunidades defensoras» y ampliar el espectro de protección en su favor.

Nuestra región sigue siendo la más peligrosa del mundo para las personas defensoras del territorio y el ambiente, y los Estados no están cumpliendo con su obligación de protegerlas. América Latina tiene el 42 % de persons criminalizadas a nivel mundial. En respuesta a ello, se vienen implementado mecanismos de autoprotección, como protocolos, comités de vigilancia y control territorial, sistemas de alerta temprana y guardias indígenas. No obstante, estos siguen siendo insuficientes. Particularmente, cuando los Estados no cumplen con sus obligaciones internacionales, que les exige generar entornos seguros para el trabajo de defensores y defensoras, y cuando son las mismas empresas las que promueven tácticas de división comunitaria, persecución y criminalización de las personas defensoras de la tierra y los derechos humanos, se genera una situación estructural de violaciones a los derechos humanos que debe ser resuelta urgentemente.

EL MARCO REGULATORIO: DEBIDA DILIGENCIA

La adopción de marcos normativos que tomen en cuenta el rol de la cadena de valor de las empresas en la región es esencial. Aunque existen leyes que regulan a las empresas en diferentes ámbitos, constatamos su falta de implementación. Es necesario comprender por qué las leyes no se cumplen en el ámbito empresarial (v.gr. captura corporativa, inestabilidad laboral, asimetrías de poder, entre otros fenómenos) y actuar para que se respeten.

En términos de debida diligencia, resaltamos la importancia de articular esta materia con otros instrumentos (tratados de comercio e inversión y de derechos humanos, como el Acuerdo de Escazú). La debida diligencia debe implementarse como una obligación más y no debe ser empleada para reemplazar otro tipo de responsabilidades, tales como la penal, la administrativa o la civil, tanto para las propias empresas como para sus propietarios y ejecutivos.

A su vez, se deben ampliar los espacios de diálogo y participación para incluir movimientos sociales, sindicatos y democratizar el lenguaje de la debida diligencia, promoviendo una mayor conciencia ciudadana en materia de empresas y derechos humanos.

Finalmente, destacamos la importancia del acceso a la justicia de personas afectadas en diferentes jurisdicciones: las víctimas deben tener la oportunidad de acceder a tribunales nacionales y que estos incorporen el enfoque y doctrina de los derechos humanos en sus decisiones judiciales; asimismo, también es relevante que las víctimas puedan acceder a otros mecanismos de reparación, como tribunales europeos, en el marco de leyes de debida diligencia ratificadas en esa región.

EL ROL DE NACIONES UNIDAS

El propósito de espacios como el Foro y los procedimientos especiales que buscan avanzar en la consolidación de mecanismos de protección a los derechos humanos y el medio ambiente, en el marco de la conducta empresarial responsable y respetuosa de los derechos humanos, hasta la fecha han demostrado ser insuficientes e inefectivos. No existe un diálogo interseccional entre los diferentes procedimientos (como la implementación de los Principios Rectores y los trabajos hacia un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos), esto evidencia cómo los derechos humanos y ambientales están entrampados en una burocracia internacional que desgasta la participación de la sociedad civil, traduciendose ello en el agotamiento y desesperanza de los titulares de derechos.

No basta únicamente con entablar reuniones una o dos veces al año en estos foros cuando el resultado de los diálogos no tiene un carácter vinculante y estos no se traducen en respuestas efectivas, acorde a las realidades latinoamericanas y de las comunidades afectadas por la operación empresarial y entidades financieras en nuestra región. Necesitamos avanzar del concepto limitante de la debida diligencia y abordar la responsabilidad jurídica de las empresas y entidades financieras, así como la creación de mecanismos de acceso a la justicia y reparación de víctimas de abusos corporativos.

RECOMENDACIONES

Considerando los aspectos previamente abordados, las organizaciones firmantes declaran y recomiendan:

  1. Implementar cambios profundos en los patrones de producción, comercialización y consumo vinculados con las industrias extractivas sobre el interés comercail de las entidades empresariales y financieras. Ello con el objetivo de garantizar la supremacía de los derechos humanos, el cuidado al medio ambiente, el acceso justo y democrático a la tierra y el respeto de los territorios indígenas, las condiciones de trabajo decente y políticas de protección para la pequeña agricultura;
  2. Los Estados —en consulta con la sociedad civil y titulares de derechos— deben evaluar las deficiencias en la implementación de las leyes existentes, con enfoque especial en cuestiones étnicas, género y otras situaciones de vulnerabilidad, y determinar los ajustes normativos y el fortalecimiento de los sistemas de fiscalización y administración de justicia que se requieran para hacer efectivo el respeto a los derechos humanos y el medio ambiente por parte de las empresas y el sector financiero, incluyendo la creación de mecanismos de denuncia y monitoreo para víctimas de violaciones a los derechos humanos y daños ambientales;
  3. Los Estados deben asegurar, a través de marcos normativos y políticas públicas efectivas, que las empresas e instituciones financieras que proveen insumos para la denominada «transición energética» respeten los derechos ambientales y humanos, en particular, de los pueblos y comunidades que habitan en los sitios de explotación o dependen de los mismos ecosistemas y recursos hídricos;
  4. Las empresas deben abstenerse de violar los derechos humanos y ambientales. Al mismo tiempo, deben adoptar medidas orientadas a prevenir cualquier forma de violación a tales derechos e impulsar procesos de debida diligencia en los procesos de gestión de riesgos, junto con la reparación efectiva de los daños causados;
  5. Las empresas deben abstenerse de obstaculizar la labor de las personas defensoras de derechos humanos, incluyendo líderes de comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, comunidades tradicionales y sindicatos;
  6. Los Estados que aún no lo han hecho deben ratificar el Acuerdo de Escazú y, además, deben desarrollar e implementar, con recursos suficientes, leyes y políticas para garantizar un ambiente habilitante y seguro para la defensa de los derechos humanos, incluyendo el reconocimiento y fortalecimiento de los diversos sistemas de autoprotección comunitarios que existen en la región;
  7. Las instituciones financieras que participen de instrumentos de finanzas sustentables deben garantizar el respeto de los derechos humanos y ambientales, para que las finanzas sustentables, en particular las que se contabilizan para la reducción de GEI, no escondan violaciones, tales como trabajo esclavo, trabajo infantil, destrucción de ecosistemas o contaminaciones masivas. Igualmente, deben prevenir el blanqueamiento de imagen, asegurándose que la información sobre derechos humanos proporcionadas por sus clientes sea correcta, verificada en terreno con las organizaciones de la sociedad civil o las comunidades directamente afectadas;
  8. Los Estados deben regular, fiscalizar y sancionar a las instituciones financieras si incumplen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, en particular, su responsabilidad de abstenerse de financiar proyectos empresariales que vulneren los derechos humanos, laborales y ambientales. Para ello, las autoridades deben abordar de manera integral y sistémica la prevención y detección de los flujos ilícitos provenientes – por señalar algunos ejemplos, del trabajo forzoso, la trata de personas y formas contemporáneas de esclavitud, la destrucción ambiental y del territorio, y otras violaciones a los derechos humanos. Resulta imperativo erradicar prácticas de auditoría y fiscalización ineficaces, incluidas las prácticas de greenwashing y considerar su sanción. Llamamos a implementar la confiscación, embargo y extinción del dominio de los activos ilícitos y con ello priorizar la remediación a las víctimas;
  9. La Organización de las Naciones Unidas debe incrementar, fortalecer y mejorar el diálogo con la sociedad civil y las comunidades afectadas, y trabajar en la construcción de espacios de diálogos reales entre iguales, contrarrestando las asimetrías de poder que hace que las empresas y gobiernos cuenten con mayores recursos, comparados con la sociedad civil, para participar en tales espacios;
  10. Pese a la existencia de los Principios Rectores, los planes nacionales de acción, leyes nacionales de debida diligencia, las Líneas Directrices de la OCDE y otros mecanismos orientados a promover una conducta empresarial responsable, las violaciones a los derechos humanos y ambientales continúan agravándose. Por lo tanto, exigimos con urgencia avanzar hacia un tratado vinculante sobre empresas transnacionales y derechos humanos, en cuya negociación la sociedad civil, sindicatos, pueblos indígenas, comunidades campesinas y afrodescendientes sean escuchados efectivamente.
  11. Nos preocupa altamente que la captura corporativa sea cada vez más una herramienta presente en algunos escenarios de la Organización de Naciones Unidas, por ello, en atención a los principios de transparencia y rendición de cuentas, es necesario que el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos publique el origen de su financiamiento y cómo este es implementado en su agenda estratégica, incluidos el desarrollo de los foros regionales y globales.

Organizaciones de la sociedad civil firmantes:

  1. ActionAid, Guatemala
  2. Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, Ecuador
  3. Amazon Watch
  4. Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, Chile
  5. Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH)
  6. Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos (Perú EQUIDAD), Perú
  7. Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS), Perú
  8. Conectas Direitos Humanos, Brasil
  9. CooperAcción, Perú
  10. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), Perú
  11. Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF), Perú
  12. Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA), Perú
  13. FIMA, Chile
  14. Foro Ciudadano de Justicia y los Derechos Humanos (FOCO)
  15. Fundación Ecuménica e Intervención para el Desarrollo Sostenible (Grufides), Perú
  16. Fundación Libera contra la trata de personas y la esclavitud, Chile
  17. Grupo Focal de Empresas y Derechos Humanos, México
  18. Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo Sostenible (GRUFIDES)
  19. Grupo de Trabajo de Impactos por Hidrocarburos del Perú
  20. Justiça Global, Brasil
  21. Observatorio Ciudadano, Chile
  22. Oxfam Brasil
  23. Oxfam México
  24. Plataforma de Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos de Perú
  25. Protección Internacional Mesoamérica, Guatemala
  26. Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC), México
  27. Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER), México
  28. Red Muqui, Perú
  29. Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Red-DESC)
  30. Red Peruana por una Globalización con Equidad (RedGE), Perú

Declaración de Bilbao sobre Defensoras y defensores de derechos humanos

9 de septiembre de 2023-, En el marco de la conmemoración del 75 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y del 25 aniversario de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos (1998), también conocida como la Declaración sobre los defensores de derechos humanos (DDH), la Asociación de Institutos de Derechos Humanos (AHRI), reunida en la Universidad de Deusto (Bilbao, España) con la participación de un amplio número de defensoras y defensores, hace un llamamiento a favor de un apoyo firme al rol esencial que desempeñan los DDH para la consecución de una sociedad democrática. Enfatizamos la legitimidad de su trabajo frente a una situación de fuerte deterioro en muchas partes del mundo. Como proclamamos en la Declaración de AHRI en Edimburgo (2018), estamos “profundamente preocupados por los ataques contra los y las defensoras de derechos humanos”.

Lamentablemente, esta proclamación es más urgente que nunca. La adopción de la Declaración sobre los DDH por la Asamblea General de las Naciones Unidas hace 25 años marcó un punto de inflexión, consagrando el derecho a defender los derechos humanos junto con muchos otros derechos que son necesarios para los DDH en su trabajo de promoción de todos los derechos humanos para todas las personas. Entre todos estos derechos, subrayamos la importancia de los derechos a la libertad de asamblea, asociación, opinión y expresión, el derecho a desarrollar y discutir nuevas ideas acerca de los derechos humanos, el derecho al acceso y a la comunicación con órganos internacionales, el derecho a un remedio efectivo, el derecho a acceder a financiación para desarrollar su trabajo, así como el derecho de los DDH a su protección.

La Declaración sobre DDH abrió la puerta a cambios significativos en el ámbito normativo, institucional y jurisprudencial. En primer lugar, se han adoptado un amplio número de normas tanto internas como internacionales para facilitar el trabajo de los DDH. El primer tratado en esta área fue el Convenio sobre Acceso a la Información, la Participación Pública en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Materia de Medio Ambiente (Convenio de Aarhus, 1998). Una profundización en este terreno vino de la mano del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú, 2018). Nos encontramos ante el primer tratado internacional que establece una protección específica para los y las defensoras ambientales. Asimismo, se han creado varias instituciones relevantes para apoyar el trabajo de los DDH. En el año 2000, la antigua Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas creó el mandato del Relator Especial sobre los DDH, quien ha contribuido inmensamente a la aplicación de la Declaración sobre los DDH. En la misma línea, en 2004 la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos estableció una relatoría especial sobre los DDH para monitorear su situación en el continente africano y recomendar medidas efectivas para su protección. Inspirándose en estos mandatos, la Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos procedió a la creación de la figura del Relator Especial sobre los DDH para mejorar su protección y dotar de una mayor visibilidad al enorme trabajo que realizan para la construcción de una sociedad democrática. El desarrollo institucional más reciente es el primer Relator Especial sobre Defensores Ambientales que acaba de ser nombrado en junio de 2022 en el marco de la Convención de Aarhus.


Otro impacto positivo de la Declaración sobre DDH ha sido la emergencia de una jurisprudencia bastante progresiva sobre el rol legítimo que desempeñan aquellas personas que trabajan en la promoción y protección de todos los derechos humanos. Queremos subrayar el especial significado de algunas decisiones recientes de la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos para la creación de un entorno favorable para
el trabajo de los DDH. Esta ambiciosa jurisprudencia puede influir en otros órganos tanto judiciales como cuasi-judiciales, en el ámbito interno e internacional, en un interesante e inspirador proceso de fertilización cruzada de jurisprudencias.

A pesar de la importancia de la adopción de la Declaración sobre los DDH, somos plenamente conscientes de algunos de sus vacíos y limitaciones debido a la influencia decisiva de los Estados en su proceso de adopción por consenso. Por poner un ejemplo, la Declaración no contiene ninguna disposición específica sobre la creciente estigmatización y criminalización a la que se enfrentan los y las DDH. La Declaración es incompleta en su articulación de las obligaciones estatales, en particular la obligación de investigar y enjuiciar los casos de ataques y amenazas contra DDH. La Declaración también guarda silencio sobre el complejo y creciente carácter transnacional del activismo y la represión, así como sobre los deberes de los Estados de proteger y apoyar a los DDH y a otros activistas que se encuentran en el exilio. También se queda corta en abordar los riesgos y amenazas específicos que sufren ciertas categorías de DDH como las mujeres defensoras de derechos humanos, los activistas de la comunidad LGTBIQ+, los defensores ambientales, los y las periodistas, los académicos, los defensores de derechos indígenas, los menores defensores (sobre todo, en el contexto de su contribución a la justicia ambiental global), o las personas defensoras con discapacidad. Todos estos grupos necesitan una protección reforzada que tenga en cuenta las múltiples formas de opresión y las vulnerabilidades que, de manera inter-seccional, les afectan.

Finalmente, la Declaración no se refiere a los deberes de los actores no estatales, en particular grupos armados y compañías privadas. El 25 aniversario de la Declaración es el momento adecuado para afrontar todas estas insuficiencias y lagunas. La necesidad de revisar la Declaración sobre los DDH es especialmente necesaria ante el cada vez más alarmante escenario en el que los DDH tienen que desarrollar su trabajo. De acuerdo con la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los DDH, se están enfrentando a restricciones “sin precedentes” ataques que incluyen intimidación, amenazas, asesinatos, desapariciones, tortura y maltrato, detención arbitraria, vigilancia, acoso administrativo y judicial, estigmatización y criminalización por parte de las autoridades estatales y de actores no estatales. También se ven afectados por restricciones ilegítimas a sus derechos a la libertad de opinión y expresión, acceso a la información, acceso a fondos para desarrollar su trabajo, y a sus libertades de asociación, asamblea pacífica y movimiento. Todas estas violaciones de sus derechos más básicos ocurren en un clima de impunidad. Los Estados deben cumplir su obligación de garantizar la investigación y el enjuiciamiento de las violaciones de los derechos de los DDH, así como de su derecho a un remedio efectivo que incluya una reparación integral.


AHRI, como red académica global de institutos de derechos humanos, hace un llamamiento a la comunidad internacional, organizaciones internacionales, Estados, gobiernos regionales y locales, actores no estatales, y a la academia, para que asuman su responsabilidad en la puesta en marcha de medidas efectivas para proteger a los DDH, apoyar sus actividades, y crear un entorno seguro para el pleno ejercicio de sus derechos, para su protección y para garantizar su vital contribución a la sociedad

Alerta ante el escenario de regresión en derechos humanos en Chile

Diversas situaciones ocurridas en el país en las últimas semanas alertan sobre una tendencia regresiva en derechos humanos. El Observatorio Ciudadano manifiesta su preocupación sobre las implicancias adversas que para estos derechos tienen las siguientes situaciones: 

  • En junio del presente año se instaló la Comisión Presidencial para la Paz y el Entendimiento, cuyo mandato principal es determinar la demanda de tierras y territorios del pueblo mapuche y proponer mecanismos concretos para su reparación. Contradiciendo dicho acuerdo, el 17 de julio 2023, un grupo de integrantes del Consejo Constitucional, en su mayoría de Renovación Nacional, ingresaron la enmienda transitoria N°14 al texto constitucional en discusión por dicho Consejo a objeto de crear una Comisión de Reparación y Buena Convivencia, encargada de “(…) resolver las solicitudes formuladas en consideración a los títulos señalados en los artículos 12, 63 y 68 de la Ley N° 19.253 (Ley indígena)”, referidas a los derechos de estos pueblos sobre sus tierras. Dicha acción, además de ir en contra del estándar internacional relativo al reconocimiento de los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas, es una acción contradictoria con el compromiso asumido en la instalación de la Comisión de Paz y Entendimiento, mediante la cual se busca avanzar para dar respuestas estructurales a la demanda histórica por el despojo de tierras y territorios del pueblo mapuche.
  • La presentación ante el Consejo Constitucional de 400 enmiendas por consejeros y consejeras del Partido Republicano al anteproyecto  constitucional elaborado por la Comisión Experta, muchas de las cuales implican una limitación a los derechos humanos. Entre ellas se propone que los tratados internacionales de derechos humanos queden subordinados al texto constitucional, estándar aún más regresivo que el de la Constitución de 1980; que el deber del Estado en relación con la garantía de los derechos de pueblos indígenas se limite sólo a promover sus culturas y a los derechos que garantiza la propuesta de Constitución y las leyes vigentes, excluyendo de esta forma sus derechos reconocidos en tratados internacionales; y finalmente, que se limite también el derecho a la sindicalización y a la huelga al ceñir su ejercicio dentro del marco de la negociación colectiva. Además de la regresividad en derechos humanos que estas enmiendas plantean, algunas de ellas transgreden las bases que dieron origen al proceso constituyente en desarrollo, por lo que deberían ser objetadas.
  • La decisión del Consejo Constitucional de no realizar un proceso de consulta a los pueblos indígenas respecto al anteproyecto constitucional, tal como había sido solicitado por el consejero de escaño reservado para pueblos indígenas Alihuen Antileo, y respaldado por la Unidad de Consulta Indígena del Ministerio de Desarrollo Social. Dicha situación implica un grave retroceso frente al ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas, en especial respecto al derecho a la consulta indígena, el que ha sido ampliamente reconocido en el ordenamiento jurídico chileno en el marco de la actual Constitución mediante la incorporación e interpretación de los de instrumentos de derecho internacional que reconocen derechos a los pueblos indígenas, tanto por parte de la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y la legislación. Es por ello que creemos que la decisión del Consejo Constitucional de no consultar las normas del anteproyecto constitucional en las temáticas relativas a los derechos de los pueblos indígenas es una señal muy preocupante respecto a la legitimidad del proceso.
  • Preocupa la continuidad de situaciones de violencia en La Araucanía y regiones aledañas, y la normalización de un estado de excepción con fuerte presencia militar en la región y en comunidades mapuche por casi un año y medio bajo la administración del presidente Boric. Ello contrasta con la lentitud del gobierno en poner en marcha la Comisión de Paz y Entendimiento, así como de otras iniciativas de diálogo intercultural con los pueblos indígenas como las que han sido propuestas por el Instituto Nacional de Derechos Humanos y organizaciones del pueblo mapuche. La lentitud desde el Estado para abordar un conflicto histórico a través del diálogo se refleja en la continuidad de acciones de fuerza auto adjudicadas por un grupo de miembros del pueblo mapuche, acciones que rechazamos.
  • Frente a las situaciones aquí referidas, nos hacemos un deber de señalar que como Observatorio Ciudadano seguiremos vigilantes del acontecer político nacional a objeto de impedir la profundización de las tendencias regresivas en derechos humanos que con preocupación constatamos, y de asegurar que se respeten los compromisos internacionales que Chile ha adquirido en la materia. Hacemos un llamado a los órganos del Estado, a los partidos políticos, y a quienes toman decisiones a tener presente dichos compromisos tanto en el desarrollo de la nueva carta fundamental para Chile, como en las políticas públicas de modo de evitar que la regresión que advertimos se consolide, con todos los peligros que ello involucra para la ya tensionada convivencia social e interétnica en el país. 

Equipo Observatorio Ciudadano

El avance de políticas migratorias regresivas en el continente: falta de canales deregularización accesibles, militarización de fronteras y control de la migración

La situación migratoria regional actual es inédita, tanto por el crecimiento exponencial de los
migrantes que viven en la región, como por la reconfiguración de las dinámicas migratorias
en la que países que tradicionalmente casi no recibían migrantes comenzaron a hacerlo.

En este escenario emergen políticas securitarias y restrictivas que buscan controlar los
flujos migratorios. Estas prácticas que parecían estar limitadas a los países del norte,
avanzan sin demasiada oposición hacia nuestra región y, año tras año, corren el límite de lo
habilitado. Mientras la situación de quienes buscan llegar a Estados Unidos se encrudece,
la militarización de las fronteras sudamericanas aparece cada vez más naturalizada.

Desde finales de febrero cientos de migrantes, en su mayoría de Venezuela, Haití y
Colombia, que residían en Chile se vieron obligados a dejar el país. Ello, por los altos costos
de vida y el endurecimiento de la política migratoria -en particular la falta de canales para
regularizarse y los proyectos de reforma legislativa que criminalizan la migración irregular-.
El gobierno de Chile decretó el despliegue militar al norte del país. Con ello, amplió las
atribuciones y deberes de las FF. AA, habilitando controles de identidad y detención de
personas en situación irregular o que hayan cometido o se crea que buscan cometer un acto
ilícito para ponerlas a disposición de las policías.

La situación se agravó aún más cuando la salida del territorio chileno se vio impedida por la
prohibición del gobierno de Perú de ingresar al país alegando falta de documentación. En
este contexto, Dina Boluarte decretó el estado de emergencia y la militarización de las
fronteras apelando a razones de orden interno y de seguridad nacional. Entre otras cosas, la
declaración del estado de emergencia restringe y/o suspende el ejercicio de los derechos de
libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.


Regularización migratoria: una tarea regional
La militarización de las fronteras es la respuesta inmediata de los gobiernos a un problema
estructural que viene caracterizado a la región en los últimos años: la falta de mecanismos
de regularización accesibles y permanentes.


Lejos de frenar la migración, la escasez de opciones para acceder a una residencia legal
sólo aumenta la irregularidad y la vulneración de derechos. El acceso a la salud, la
educación, a una vivienda adecuada, a derechos laborales y a la protección social se ven
obstaculizados sin un estatus legal. Además, agudiza la violencia y vulnerabilidad a grupos
de especial protección como Niños, Niñas y Adolescentes y comunidad LGBTIN+.
El despliegue de Fuerzas Armadas para contener estos flujos profundiza los conflictos y
aumenta la situación de vulnerabilidad de esta población. La falta de herramientas y
formación adecuadas para este tipo de tareas y el riesgo de uso excesivo de la fuerza ponen
en peligro los derechos humanos de las personas migrantes.

Una política migratoria orientada a la inclusión, protección y no discriminación debe
fortalecer los procedimientos ordinarios y permanentes de regularización. Los mecanismos
de regularización extraordinarios que proliferaron en la región en los últimos años deben
implementarse sólo en situaciones de emergencia y enlazar sin fisuras hacia
procedimientos ordinarios y soluciones duraderas.

La respuesta que se pueda dar en este sentido no depende sólo de los Estados que están
directamente involucrados. La migración sur-sur es, sobre todo, un fenómeno regional; las
medidas adoptadas en cada país impacta en la movilidad hacia otros territorios. La
responsabilidad, por lo tanto, es colectiva y debe guiarse por los tratados de derechos
humanos y los principios de solidaridad que caracterizan a la integración regional.

La historia de la integración regional sudamericana tiene uno de sus hitos en los acuerdos
alcanzados en política migratoria. Los acuerdos de residencia del Mercosur y de la
Comunidad Andina han sido reconocidos internacionalmente por su alto nivel de protección
de los derechos de las personas migrantes. A través de estos acuerdos, los Estados
respondieron a los flujos migratorios desde un enfoque de derechos, con procedimientos
amplios y permanentes. Sin embargo, la recuperación de esta historia exige de una enorme
voluntad política que apueste a construir una respuesta regional y coordinada.

Es urgente reemplazar este modelo securitario y restrictivo de las migraciones que está
avanzando por uno basado en el respeto y la protección de los derechos de las personas
migrantes. La detención y criminalización deben ser sustituidas por políticas de
regularización amplias y accesibles y garantías para ejercer el derecho a solicitar asilo.
Organizaciones firmantes:
Argentina:

  • Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
  • Comisión Argentina para. Refugiados y Migrantes (CAREF)
  • Centro de participación popular monseñor Enrique Angelelli
  • Red Nacional de Líderes Migrantes de la Argentina
    Brasil:
  • Fórum Internacional Fronteiras Cruzadas
  • Conectas Direitos Humanos
    Chile:
  • Observatorio Ciudadano
  • Red Nacional de Organizaciones Migrantes y Promigrantes
  • Movimiento Acción Migrante
  • Brigada Migrante Feminista
  • Colectivo sin Fronteras
  • Organización Migrantas
  • Centro Cultural y de Información El Monte
  • Clínica jurídica de migrantes y refugiados UDP
  • Observatorio de Género y Equidad
  • Observatorio de Violencia Institucional de Chile (OVIC)
  • Red de Periodistas y Comunicadoras Feministas de Chile
  • Fundación Incidencia
  • Foro de migración del honorable senado chile
  • Coordinadora Feminista Peñalolén
  • Corporación Humanas
    Colombia:
  • Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento–CODHES
  • Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (CAJAR)
    Ecuador:
  • Acción Ecológica
  • CEDHU Ecuador
    EEUU:
  • Haitian Bridge Alliance
  • Center for Democracy in the Americas (CDA)
    Honduras:
  • Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH)
    México:
  • Casa Tochan – Tochan Sueños y Realidades AC
  • América sin muros
  • Sin Fronteras IAP
  • Asylum Access México (AAMX) A.C.
  • Colectivo para el desarrollo transnacional de Michoacán (CODETMIC)
    Perú:
  • Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD
  • Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL)
    Venezuela:
  • Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea)
    Regional (América Latina y El Caribe):
  • Red Jesuita con Migrantes (RJM-LAC)
  • Programa para América Latina y el Caribe. Centro de Derechos Reproductivos

Adhesiones a título personal:

  • Adrián Ramírez López, por la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos
    Humanos, Limeddh
  • María Elena López Gallardo – Sicsal, México
  • Natalia Del Valle Rojas – UNAM, México
  • Martha Angélica Robles
  • Miriam Yolilitzin Morelos Ariza
  • Gisela P. Zapata -l CEDEPLAR/UFMG, Brasil
  • Mara Tissera Luna – consultora independiente para UNICEF y agencias y ONGs
    internacionales
  • Valentina Rabasa Jofre – UNAM, México
  • David Woluwoouliyúu – Organización Nacional Indígena de Colombia y Coordinadora
    Nacional de Inmigrantes, Chile.
  • Valeria España – Académica, México
  • Antonia Mardones – Académica, Universidad de Chile
  • Stephanie López Villamil – Red de Politólogas
  • Manuel Eugenio Gándara Carballido, Académico Brasil.
  • Maria Villarreal – UNIRIO-DICIMI
  • Andrea Bolaños Vargas – ECO DDHH

Declaración pública ante intento de modificación a la ley 20.249 – Ley Lafkenche

Ante la oleada de cuestionables intenciones de modificar la Ley 20.249, conocida como Ley
Lafkenche, e impulsadas por sectores vinculados a la explotación indiscriminada de los
recursos del mar y avalados por algunos políticos con claros intereses económicos que
disfrazan de “desarrollo”, queremos manifestar lo siguiente:

  1. Nuevamente los poderes político-económicos intentan recortar nuestros legítimos
    derechos territoriales y colectivos, demostrando su racismo hacia los pueblos originarios
    que hacen uso legítimo de la Ley Lafkenche para el resguardo de los usos
    consuetudinarios en sus territorios.
  2. Hacemos un emplazamiento al senador Espinoza a tener al menos la decencia de reunirse
    con representantes de pueblos originarios de la región de Los Lagos cuando quiera
    abordar cuestiones que nos afectan. Señalamos que no hemos sido contactados por el
    senador que pretende modificar la ley Lafkenche a nuestras espaldas, por lo que ha
    perdido toda nuestra confianza.
  3. Hacemos un emplazamiento al gobierno del Presidente Boric a tomar cartas en este
    asunto, en vez de limitarse a repetir las lamentables acusaciones de “entorpecimiento al
    desarrollo” que cada gobierno ha injustamente traspasado a las comunidades indígenas
    solicitantes.
  4. Recordamos que durante el gobierno del ex presidente Piñera se elaboró el Instructivo
    230/18, que vino a trabar aún más el legítimo proceso de tramitación de la Ley,
    imponiendo nuevas condiciones que claramente derivaron en una mayor lentitud a las
    tramitaciones. Un proceso que por Reglamento debiera demorar no más de dos años y
    medio, está tomando más de diez años en la mayoría de los casos, lo que es
    exclusivamente responsabilidad de las trabas administrativas de los órganos competentes
    del estado y no de la ley Lafkenche ni de los pueblos originarios solicitantes.
  5. Finalmente, queremos ser claros en que no caeremos en estrategias malintencionadas que
    buscan confrontarnos con sectores de la pesca artesanal, que también están
    preocupados por la defensa del mar y la protección de los bienes naturales que forman
    parte de nuestras economías locales y prioridades de desarrollo. Con ellos hemos estado
    trabajando desde hace años de manera coordinada y lo seguiremos haciendo.
    A la opinión pública, al gobierno, a los políticos y sectores empresariales, les informamos que
    rechazamos todo intento de modificación de la ley Lafkenche y que las comunidades
    indígenas costeras de distintos pueblos y territorios, a través de nuestras diversas alianzas,
    estamos atentas y coordinadas ante cualquier intento que pretenda recortar nuestros legítimos
    derechos que con tanto esfuerzo hemos logrado garantizar.
    Suscriben:

Red de Mujeres Originarias por la Defensa del Mar

Adolfo Millabur Ñancuil; Tirúa, Araucanía

Alianza Macro ECMPOs de la Patagonia Norte:
‣ Ecmpo Cisnes; Aysén
‣ Ecmpo’s Guafo y Waywen; Quellón, Los Lagos
‣ Ecmpo Islas Desertores y Costa Chaitén; Los Lagos
‣ Ecmpo Islas Huichas; Aysén
‣ Ecmpo Mañihueico-Huinay; Hualaihué, Los Lagos
‣ Ecmpo’s Quinchao – Mesa Territorial de Comunidades Archipiélago de Quinchao, «Pu
wapi Quinchao”; Los Lagos
‣ Ecmpo Weki-Wil; Los Lagos

Asociación de Comunidades Mapuche Williche de Carelmapu

Asociación Indígena Ketrawe Mapu; Magallanes

Asociación Newen Mapu Lafken; Teodoro Schmidt, Araucanía

Asociación de comunidades Lof Rehué Cayulfe; Nueva Toltén, Araucanía

Comunidades Indígenas de San Juan de la Costa – Los Lagos:
‣ Comunidad Tripay Antu,
‣ Comunidad Newen Lafquen
‣ Comunidad Tranayacan
‣ Comunidad Ancapán
‣ Comunidad Maicolpi Río Sur
‣ Comunidad Purretrun Pucatriwe, Mapulafquen

Comunidades Kawésqar por la Defensa del Mar; Magallanes – Grupos Familiares
Nómadas del Mar: Ines Caro, Río Primero, At’ap, Aswal Lajep:
‣ Ecmpo Península Muñoz Gamero
‣ Ecmpo Kawésqar-Última Esperanza
‣ Ecmpo Tawokser

Consejo Regional del Pueblo Chango; Valparaíso

Diaguitas Costeros de Punta Lobos; Atacama

Mesa Territorial de Comunidades Indígenas del Lago Budi; Araucanía

Frente a la militarización de los territorios y el actuar de Carabineros: respeto a los derechos fundamentales de pueblos indígenas y población migrante

Como Observatorio Ciudadano, organización de la sociedad civil que promueve la defensa de los derechos humanos en el país, queremos expresar nuestra profunda preocupación por las políticas de militarización que se vienen implementando en distintas partes del país; tanto en el sur, vulnerando derechos de integrantes del pueblo mapuche; como en el norte, vulnerando derechos de población migrante proveniente de contextos políticos de alta conflictividad o económicos de suma precariedad.

En el caso del sur del país preocupa la utilización prolongada de los estados de excepción constitucional, y como consecuencia, la presencia militar en la zona, como mecanismo para establecer un control sobre los territorios de comunidades mapuche. Reconociendo la existencia de una situación de alta conflictividad y de creciente violencia en la zona, estamos convencidos de que la única forma de asegurar la paz en esta parte del país es a través de mecanismos de diálogo y no por medio de la presencia militar en dichos territorios.  

Nos preocupa igualmente el actuar represivo y uso desproporcionado de la fuerza por parte de Carabineros en su actuación en comunidades mapuche.  Es así como el 23 de febrero en el sector Carimallin, comuna de Río Bueno, agentes policiales de carabineros utilizaron escopetas antidisturbios y perdigones de plomo disparando a integrantes de comunidades, entre ellos mujeres, que se manifestaban frente a la construcción de la central hidroeléctrica Los Lagos, proyecto que afecta los derechos culturales y espirituales del pueblo mapuche. Como resultado, cinco de los manifestantes se encuentran con heridas de gravedad y uno de ellos con trauma ocular. En tanto, el 2 de marzo, tanquetas y personas del GOPE hostigaron, sin motivo alguno, a la Machi Millaray Huichalaf, al rodear su domicilio particular. Ello mientras se encontraba realizando su trabajo de machi junto a otras mujeres y menores de edad. 

Del mismo modo, nos preocupan los hechos acaecidos el 3 de marzo durante una intervención con la incautación de cosecha en Temucuicui por parte de Carabineros, quienes actuaron con fuerza desmedida. Cualquiera sea la circunstancia que dio origen a dicha incautación, lamentamos la violencia utilizada, la que terminó con una veintena de heridos por perdigones y un comunero en la Unidad de Tratamiento Intensivo en el Hospital de Victoria.

Por otro lado, consideramos que la militarización de la frontera norte a través de la promulgación del DFL 1 2023 que responde a políticas de seguridad adoptadas por el gobierno, no se ajustan a los estándares de derechos humanos. Más aún, tal como la evidencia internacional lo indica, la militarización de las fronteras no aminora el flujo de personas migrantes. Al contrario, dicha política lo que produce es un aumento del tránsito irregular y la ampliación de las redes de trata y tráfico de personas. Resulta aún más preocupante el posible uso de armas letales en contra de personas que están siendo desplazadas, víctimas de crisis humanitarias en sus países de origen. 

Es menester destacar que durante el cierre de fronteras producto de la pandemia por COVID-19, durante el mandato de Sebastián Piñera, los flujos migratorios irregulares aumentaron a máximos históricos y con ello también, las muertes en la frontera. Vemos con preocupación que continúe la mirada criminalizadora a la migración, y que permanezca y se profundice el enfoque securitista para abordar la movilidad humana.

Ante lo anterior queremos manifestar que:

Denunciamos la militarización en el sur y norte del país, que generan un actuar desproporcionado de las fuerzas policiales y militares, atentando contra la vida y la integridad física y psíquica de las personas y comunidades.

Rechazamos la represión y el uso desproporcionado de la fuerza por parte de agentes policiales o militares hacia pueblos indígenas, en particular contra el pueblo mapuche, sus mujeres y niñxs, en contextos de protesta.

Exhortamos a que la respuesta estatal frente a temas de alta conflictividad respete los derechos fundamentales de las personas y comunidades y atienda las recomendaciones que los diversos órganos del sistema internacional de derechos humanos han realizado al Estado de Chile, en relación a la no militarización y la adecuación del actuar de carabineros a los estándares de derechos humanos. 

Instamos al gobierno a que, tal como prometió en su programa de gobierno, impulse urgentemente políticas basadas en el diálogo para buscar soluciones a las complejidades del contexto mapuche garantizando sus derechos territoriales. Del mismo modo, instamos a que se aborde los desafíos actuales  en el ámbito migratorio desde un enfoque de derechos, intercultural y territorial, de acuerdo al compromiso asumido de  “avanzar hacia una política migratoria regular, ordenada y segura, alineada con los pactos internacionales, que reconozca los beneficios de la interculturalidad y promueva una real inclusión y reconocimiento de las personas migrantes y refugiadas en la sociedad” (P. 189-191), y a firmar el Pacto Mundial para una Migración Ordenada, Segura y Regular o Pacto de Marrakech. 

No existe excusa ni fundamento que justifique el uso de la represión y la violencia para enfrentar un conflicto, ya sea en temas de seguridad o de movilidad humana, debido a los grandes riesgos que la militarización y el uso de armas conlleva para el respeto y garantía de los derechos humanos.

Observatorio Ciudadano

PERÚ: Gobierno debe cesar represión desproporcionada y garantizar derecho a la protesta

La FIDH y sus organizaciones miembro que suscriben rechazan la represión estatal en el Perú que, luego de un mes de iniciadas las manifestaciones contra la presidenta Dina Boluarte, deja ya un saldo de 60 muertos y cientos de heridos y personas detenidas en condiciones arbitrarias. El derecho a la protesta es un derecho humano y las organizaciones firmantes reiteran su llamado al Gobierno a escuchar y atender los reclamos de la población y a no estigmatizar, reprimir, ni criminalizar la protesta social.

Nuestras organizaciones rechazamos el ataque de la policía contra la Universidad Nacional de San Marcos y el desalojo y arresto masivo de sus ocupantes, casi 200 personas, que incluyen estudiantes, personas adultas mayores y una mujer con su hija de 8 años. Este grave hecho, además de vulnerar la inviolabilidad del espacio académico, vulnera derechos fundamentales de las personas y del debido proceso.

Las organizaciones que hacemos parte de la FIDH nos solidarizamos con las organizaciones de derechos humanos peruanas que han sido atacadas y estigmatizadas por realizar su trabajo de denuncia de violaciones de derechos humanos en el marco de las protestas y llaman a las autoridades a investigar y sancionar a los responsables de esos hechos.

La respuesta de las fuerzas armadas ha sido desproporcionada y no se ajusta a los principios de una finalidad legítima, proporcionalidad y absoluta necesidad, indispensables para justificar el uso de la fuerza de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos. Solo el 9 de enero, lamentablemente fueron asesinados 19 manifestantes en Juliaca, entre ellos menores de edad. Contexto en el que se produjo también el inexcusable asesinato de un policía.

Frente a la inestable democracia peruana, todas las autoridades tienen el deber de hacer prevalecer el Estado de Derecho, la Constitución y la garantía de los derechos de todas y todos sus ciudadanos, no siendo admisible que el Estado obligado a defenderlos y garantizarlos derive hacia las peores formas de autoritarismo.

Firman:

Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH – Perú
Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – EQUIDAD- Perú
Centro de Derechos y Desarrollo – CEDAL – Perú
Centro de Estudios Legales y Sociales – CELS – Argentina
Comité de Acción Jurídica – CAJ – Argentina
Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia -APDHB – Bolivia
Justica Global – Brasil
Movimento Nacional de Direitos Humanos – MNDH – Brasil
Observatorio Ciudadano – Chile
Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos – ILSA- Colombia
Colectivo de Abogados Jose Alvear Restrepo – CAJAR – Colombia
La Comisión de Derechos Humanos de El Salvador (CDHES) – El Salvador
Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos – INREDH – Ecuador
Comisión ecuménica de derechos humanos – CEDHU – Ecuador
Acción Ecológica – Ecuador

Center for Justice and Accountability – CJA- Estados Unidos
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos – CALDH – Guatemala
Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos – CIPRODEH – Honduras
Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanos – México
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos – CMDPDH – México
Liga mexicana por la defensa de los Derechos Humanos – LIMEDDH – México
Centro Nicaragüense de Derechos Humanos – CENIDH – Nicaragua
Comisión de los Derechos Humanos – CNDH-RD – República Dominicana
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) – Venezuela
Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH)

Declaración sobre el «Acuerdo por Chile»

Ante el denominado “Acuerdo por Chile” suscrito con fecha 12 de diciembre, como Observatorio Ciudadano, organismo no gubernamental de promoción y defensa de derechos humanos fundado el 2004, integrante de la Federación Internacional de Derechos Humanos, declaramos lo siguiente:

  1. Lamentamos que el “Acuerdo por Chile” haya sido elaborado exclusivamente por partidos y movimientos políticos con representación parlamentaria con exclusión de otros sectores de la sociedad. Además de la escasa credibilidad y falta de legitimidad ciudadana con que cuentan dichos partidos y movimientos, el hecho de que la Convención Constitucional, conformada en 2021 con una participación protagónica de sectores independientes de sociedad civil y de  pueblos indígenas, no haya construido una propuesta de Carta Fundamental que concitara la adhesión de la ciudadanía, no habilita a los partidos políticos y movimientos que suscribieron este Acuerdo a restringir el derecho de los y las independientes, pueblos originarios y tribal afrodescendiente de participar directamente en esta nueva etapa del proceso constituyente.
  1. Este Acuerdo desconoce el resultado del plebiscito de entrada del proceso constituyente en el cual un 79% de la ciudadanía expresó su respaldo a un órgano constituyente totalmente electo por la ciudadanía. Ello toda vez que incorpora además del Consejo Constitucional a ser electo por la ciudadanía, dos instituciones integrados por personas designadas por el Congreso Nacional, la Comisión  Experta  y el Comité Técnico de Admisibilidad, órganos que en ciertos casos, tienen un rol deliberativo e incidente, en cuya conformación se considera parcialmente el criterio de paridad y no incluye diversidad étnica.
  1. La  propuesta contenida en dicho Acuerdo restringe de una manera grave el derecho que a todas las personas nos asiste de participar en la dirección de los asuntos públicos y a tener acceso a la función pública, reconocidos en diversos tratados internacionales de derechos humanos. Ello toda vez que restringe la participación directa de independientes al limitarla sólo a aquellos que sean incorporados por los partidos políticos en sus listas.
  1. En la misma perspectiva preocupa que si bien se considere la participación en dicho Consejo de escaños indígenas supranumerarios, se haga de acuerdo al porcentaje de votación efectiva, sin que se determine previamente cuál será dicho porcentaje. Ello puede resultar en la exclusión de los pueblos indígenas de este proceso, y en cualquier evento hace imposible que cada pueblo cuente con un número de escaños reservados que refleje su diversidad y representación proporcional del total de la población del país. La misma situación afectaría al pueblo tribal afrodescendiente chileno, que no ha sido considerado en ningún término del Acuerdo.
  1. Preocupa además el que a través de la inclusión de las denominadas “bases constitucionales”, se limite al derecho que tienen todos los pueblos a determinar libremente su condición política reconocido tanto en el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos como de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas. Ello toda vez que se impide un debate democrático e inclusivo de los contenidos de la nueva Carta constitucional a ser elaborada.Estas bases, entre otras, incluyen el carácter de República de Chile y unitario y descentralizado del Estado; el reconocimiento de derechos y libertades fundamentales, incluyendo la propiedad; el derecho preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos; los derechos sociales como derechos progresivos; y los derechos de pueblos indígenas que forman parte de la nación chilena que es una e indivisible.
  1. Por todo lo anterior es que desde el Observatorio Ciudadano asumiremos un rol VIGILANTE de esta etapa nueva del proceso constituyente, MONITOREANDO e INFORMANDO a la ciudadanía, y en particular a  las organizaciones sociales con las que trabajamos, a lo largo de su desarrollo, desde la perspectiva de los derechos humanos que orientan nuestra acción. Ello a objeto de INCIDIR no solo en que se cumplan los estándares de derechos humanos a lo largo de este proceso, sino también que estos derechos sean reconocidos como centrales en el texto constitucional que debe ser propuesto a la ciudadanía. 

Equipo Observatorio Ciudadano

Diciembre, 2022.

Declaración Día contra las Violencias hacia las Mujeres

Las mujeres sufrimos múltiples violencias que no solo se manifiestan ni requieren el uso de la fuerza física. Por ello, en este día ponemos el foco en las violencias como fenómenos múltiples y diversos que han hecho que las mujeres sean racializadas, invisibilizadas o negadas de los espacios de poder, empobrecidas, sometidas y discriminadas por distintos factores. 

Hablar de “las violencias hacia las mujeres” es fundamental para visibilizar, reflexionar y abordar las diferentes formas de violencia que sufren.

Es hablar de la violencia institucional provocada por el extractivismo voraz que avanza en los territorios y que impacta en las formas de vida y medio de subsistencias de las mujeres, en la falta de garantía para el pleno ejercicio de los derechos territoriales de las mujeres originarias, en los derechos negados por no contar con procesos expeditos para la migración, o el no reconocimiento de una lengua o cultura, que impacta en las mujeres como transmisoras del idioma y la cultura.

Hablamos de la violencia sistémica como aquella violencia hacia las mujeres que ya se encuentra instalada en la sociedad a través del racismo, de los prejuicios o estereotipos que rigen el sistema patriarcal. Hablamos de la violencia física y psicológica que afecta la salud y los cuerpos de las mujeres.  

Y también de la violencia económica que parte por no reconocer la sobrecarga laboral de las mujeres, que limita la participación y acceso a espacios de poder y formación. Sobrecarga laboral que se encuentra precarizada, porque se desempeña en muchos casos de manera informal y sin contar con protección social. Siendo gran parte de esta carga laboral la dedicada a las tareas domésticas y las tareas de cuidados, actividades que no son remuneradas.

Hoy, las mujeres en su diversidad, originarias, afrodescendientes, campesinas, migrantes, LGTBIQ+ no cuentan con garantías para el acceso a los bienes comunes, a la tierra y al territorio, y a un medio ambiente  sano, como aspectos que permitan el sostenimiento de experiencias de cuidados comunitarios. Es por eso, que las políticas de gobierno deben encauzarse en esa línea, y en la creación de un Sistema Integral de Cuidados que reconozca la labor de cuidados como derecho Como fue concluido en la Conferencia Regional de Mujeres de América Latina y el Caribe, celebrado recientemente en Buenos Aires.

Las mujeres defensoras territoriales y de derechos humanos se ven permanentemente hostigadas y violentadas, y que, al denunciar estas situaciones, sus causas no cuentan con procesos judiciales expeditos. Recordamos el asesinato de Macarena Valdés que defendió a su comunidad frente a la instalación de una central hidroeléctrica en el río Tranguil. Por lo que exigimos justicia, celeridad y debidos procesos a los asesinatos y agresiones contra mujeres, así como protocolos de protección a defensoras.

Hemos sido testigos, además, de la violencia policial e institucional que sufren las mujeres cuando sus comunidades y hogares han sido allanados por efectivos policiales, provocando el desmembramiento de las comunidades y el temor permanente por ser atacados, ellas y sus hijes.

Por ello, desde unamirada interseccional de las violencias hacia las mujeres, es fundamental la defensa y protección hacia sus vidas, la de sus hijes y sus territorios; pues sin ello no podremos encaminarnos hacia una vida libre de violencias, en equidad de condiciones y oportunidades que permita a las mujeres en su diversidad la toma libre de decisiones sobre sus propios cuerpos y proyectos de vida. 

Por esosostenemos con más fuerza que somos nosotras, desde nuestros territorios, organizaciones, colectivas, comunidades, familias, las que construimos redes para el autocuidado y el cuidado colectivo y espacios libres de toda violencia patriarcal y machista, como el cambio que seguiremos impulsando para la sociedad en su conjunto.