Violencia en Wallmapu: cómo se impuso y cómo superarla

En días recientes hemos visto como nuevamente hechos de violencia acaban con la vida y ponen en peligro la integridad de personas, lesionando gravemente la convivencia interétnica en el Wallmapu, territorio ancestral mapuche, en la parte sur de Chile.

La muerte de un comunero mapuche a manos de carabineros, ocurrida durante una acción de sabotaje en contra de una faena forestal, en la cual un trabajador resultó gravemente herido por disparos de encapuchados, a lo que siguió la quema de maquinarias y vehículos forestales en días posteriores, hechos auto adjudicados por referentes mapuche, dan cuenta del recrudecimiento de la violencia en esta parte del país.

Se trata de hechos lamentables y condenables cada vez más frecuentes que no nos pueden, ni nos deben, dejar de impactar. Con preocupación percibimos que se impone una lógica de guerra, que desde el estado y sectores de la sociedad chilena por un lado se alienta, y que algunos sectores del pueblo mapuche, por otro, parecen tentados a seguir. Ello ocurre justamente en momentos en que se inicia el trabajo de la Convención Constitucional a través del cual se busca precisamente nuevas formas de convivencia entre el estado chileno y los pueblos indígenas, objetivo que dichos sectores parecieran con sus acciones empeñados en impedir.

Como en la mayor parte de las situaciones de escalamiento de la violencia, sabemos cómo estas se inician, pero no como terminan. Así sabemos, o deberíamos saber a estas alturas si tenemos algún conocimiento de la historia de Chile, cómo se originó el conflicto en esta parte del país. Fue hace ya casi cinco siglos atrás a través de una guerra de conquista, también conocida por la historiografía tradicional como la guerra de Arauco, mediante la cual los españoles ocuparon un territorio hasta entonces habitado y controlado por el pueblo mapuche, intentando someter a sus integrantes y a su territorio al dominio de la corona.

También sabemos que, aunque los españoles fueron exitosos en su intento por dominar parte del territorio mapuche -el pikun mapu- en el centro del país, no lo fueron al sur del Bío Bío. Como consecuencia de la resistencia mapuche los primeros se comprometieron a través de parlamentos o tratados, a respetar sus territorios y autoridades al sur del Bío Bío. Más tarde, sin embargo, el estado de Chile, incumpliendo lo convenido en dichos acuerdos, así como también en aquellos que fueron suscritos por sus primeros gobiernos, mantuvo la lógica de la guerra. Ello al invadir el Wallmapu en la segunda mitad del siglo XIX y al reducir a este pueblo a un cinco por ciento de sus tierras al sur del Bío Bío, sometiendo a sus integrantes a sus leyes y gobiernos.

No bastando lo anterior, durante el siglo XX, el estado dividió sus tierras comunitarias, promovió su apropiación por particulares, dando origen al latifundio en la zona, e imponiendo su lengua y cultura, a fin de consolidar el despojo y la dominación mapuche. Durante la dictadura cívico militar ese proceso no solo se vio acelerado, sino que se promovió el desarrollo por privados de iniciativas forestales, hidroeléctricas, pisícolas, proceso que se mantiene hasta hoy y, que por su magnitud, algunos mapuche denominan la tercera invasión de Wallmapu.

El caso más crítico es el de la expansión forestal, la que hoy ocupa más de dos millones de hectáreas al sur del Bío Bío, 1.5 millones de ellas en manos de dos grandes conglomerados, en contraposición con el millón de hectáreas que el estado hoy reconoce a un pueblo de casi dos millones de integrantes. Los monocultivos forestales no solo se han instalado sobre tierras de ocupación tradicional mapuche, sino que también han empobrecido los ecosistemas y la biodiversidad, así como sus economías tradicionales incrementando la pobreza material, hecho constatado por los indicadores oficiales (Casen 2020), deteriorando sustancialmente la convivencia interétnica e intercultural en todo Wallmapu.

Frente a la protesta inicialmente pacífica impulsada por los mapuche frente a esta realidad desde hace al menos dos décadas, el estado respondió con todo su aparataje policial y legal, ejerciendo violencia física en contra de las comunidades y sus familias. Ello resultó en la muerte de al menos una decena de integrantes de comunidades, en innumerables casos de tortura y tratos crueles en contra de estos, incluyendo casos que afectaron a niñ@s, mujeres y ancian@s. También resultó en la persecución de centenares de líderes mapuche, los que han sido víctima de largos procesos judiciales, prolongada prisión preventiva, y condenas contrarias al debido proceso como lo ha señalado la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Incumpliendo sus obligaciones adquiridas al amparo de la ley sobre desarrollo indígena (19.253 de 1993) y del Convenio 169 de la OIT ratificado por Chile el 2008, y sin respuesta adecuada del estado -más allá de la compra de tierras reduccionales usurpadas- a las demandas del pueblo mapuche, entre las que se incluye la salida de las forestales de Wallmapu y el reconocimiento de los territorios de uso y ocupación tradicional junto con formas de autonomía y control de los mismos, como era previsible, la respuesta de algunas de sus organizaciones mapuche se ha tornado cada vez más frontal. Ella ha incluido el desarrollo de acciones de fuerza en contra de bienes, en particular aquellos de propiedad de las forestales, acciones que en no pocos casos han afectado la vida e integridad de un número igualmente no menor de personas no mapuche.

Teniendo claridad entonces de cómo se ha generado la violencia en esta parte del país, y la responsabilidad que cabe al estado y la sociedad chilena en ello, cabe preguntarse entonces ¿cómo salimos de esta espiral de violencia? ¿cómo salimos de la lógica de la guerra?

Conflictos interétnicos como el que hoy se vive en Wallmapu no son poco comunes en el mundo. Ellos existen en muchos estados excluyentes auto concebidos como monoétnicos. La experiencia demuestra que ellos han sido abordados o a través del diálogo y del entendimiento, o del enfrentamiento. Sabido es que el camino del enfrentamiento, de la guerra, tiene tanto desde la perspectiva estratégica como de los derechos humanos serios peligros. Desde la primera perspectiva, estas suelen tener como triunfantes a quienes tienen el monopolio de las armas, cuestión que en este caso claramente pone al estado chileno en una posición de privilegio por sobre organizaciones mapuche que actualmente reivindican el uso de la fuerza.

Pero más importante que ello, aunque las demandas del pueblo mapuche son desde una perspectiva histórica y contemporánea legítimas, y condenemos que el estado chileno haya impuesto a sangre y fuego su visión e intereses sobre los del pueblo mapuche, tampoco podemos, desde la perspectiva de los derechos humanos, justificar pasar por encima de la vida y la integridad de otros sectores que habitan el Wallmapu. El peligro es grande.

Posiblemente conscientes de ello, y basado en la larga tradición mapuche de parlamentar, es que una parte no menor del movimiento mapuche apostó al proceso constituyente como una alternativa para abordar y superar los conflictos históricos y presentes con el estado y la sociedad chilena. Tal como los representantes mapuche, así como de otros pueblos indígenas que participan de la Convención Constitucional mediante el mecanismo de escaños reservados han señalado, a través de su participación en esta instancia, que se aspira a refundar el “estado-nación” excluyente hasta ahora existente, para dar paso al reconocimiento de Chile como estado plurinacional. Junto a ello, apuestan a que la nueva constitución que emane de ella establezca las bases de una futura convivencia basada en los derechos colectivos que como pueblos les corresponden, entre ellos la libre determinación y autonomía, y los derechos a la tierra y el territorio.

Dada la gravedad del contexto actual, sin embargo, y teniendo presente que un acuerdo constitucional que emane de la Convención y que establezca las nuevas bases de una convivencia entre el estado, el pueblo mapuche y los demás pueblos indígenas tomará tiempo, es que se requiere con urgencia y en el corto plazo de la generación de instancias de diálogo para abordar los temas más urgentes de la convivencia interétnica e intercultural en Wallmapu, impidiendo así que el escenario de violencia siga en aumento.

Constatando que las autoridades del gobierno actual, en sus últimos meses en el poder, y luego de su fracasada gestión del conflicto en Wallmapu, carecen de credibilidad para convocar a espacios de conversación y entendimiento, pensamos que, con el asentimiento de ambas partes, este podría ser convocado desde entidades como el Sistema de Naciones Unidas o el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, o en su defecto, desde centros de mediación internacional de trayectoria en negociaciones de paz.

Tanto el proceso constituyente como la convocatoria a instancias de diálogo urgente entre el pueblo mapuche y el estado constituyen herramientas fundamentales para revertir una espiral de violencia creciente que hoy se vive en Wallmapu, así como para avanzar hacia nuevas formas de convivencia intercultural basadas en el respeto a los derechos de los pueblos y las personas que aquí habitamos.

Estamos en un momento crucial; o se buscan caminos de entendimiento interétnico en Wallmapu o se consolida la lógica de la guerra. Apostamos a lo primero.

Autores de la columna: Lorena Arce Letelier, José Aylwin Oyarzún, Rubén Sánchez Curihuentro y Hernando Silva Neriz, integrantes del Observatorio Ciudadano.

Publicada por El Mostrador: https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2021/07/22/la-violencia-en-wallmapu-sobre-como-se-impuso-y-como-superarla/

Fotografía: Agencia ATON

Convención Constituyente en Chile: Esperanzas, críticas, y las posibilidades de un cambio estructural respecto a los pueblos originarios

Por Víctor Alejandro E. Saldivia Saldaña

 

En la Convención Constituyente que planea empezar su trabajo de elaboración de una nueva constitución política para Chile en 2021, se colocan las esperanzas no solo de los sectores sociales marginados en lo económico, sino que los pueblos originarios también consideran a la misma como una posibilidad de instaurar sus derechos en la nueva carta fundamental.

Sin embargo, tanto el apoyo a la participación como la confianza en que algún tipo de beneficio para los pueblos originarios puede resultar de la Convención, no es unánime. Ciertos sectores consideran que la partición en la Convención no es la forma adecuada de reivindicar los derechos de los pueblos, como parte de la derecha chilena rechaza la consideración de los pueblos originarios como colectividades con identidades diferenciadas que merecen que sus derechos sean reconocidos y respetados. Debido a que el discurso tanto dentro como fuera de estas colectividades no es homogéneo, resulta informativo el analizar las palabras de representantes y candidatos para intentar comprender qué piensan y por qué apoyan o rechazan la participación en esta reforma constitucional.

Este informe se divide en cuatro secciones. En primer lugar, hacemos un análisis del discurso en relación con la discusión sobre el establecimiento de escaños reservados para los pueblos originarios. En esta primera parte empezamos a ver las diferencias en las perspectivas tanto dentro como fuera de las organizaciones indígenas respecto de la participación en una institución política no propuesta ni aprobada por los pueblos originarios como el vehículo para la satisfacción de sus derechos. En la segunda sección, tomamos en cuenta las diferentes acusaciones de racismo y paternalismo que son consideradas subyacentes a dicha institución política, no solo por cómo fue establecida sino también por cómo los escaños reservados fueron rechazados por ciertos sectores de la sociedad chilena. En la tercera parte hablaremos del posible reconocimiento constitucional de los pueblos originarios, y cómo este reconocimiento podría funcionar dentro del estado chileno, considerando la plurinacionalidad como un elemento guía para la participación política. En la cuarta sección finalmente analizamos las esperanzas de representantes y candidatos indígenas sobre qué puede lograrse mediante la participación en la Convención Constituyente. Por último, cerramos con unas consideraciones finales sobre los discursos y las posibilidades reales de cambios profundos en la constitución política y la política chilena en general respecto de los pueblos originarios.

 

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Chile quebrado: la mirada de dos generaciones

Por José Aylwin(*) y Sara Aylwin.

Otra persona muere víctima del abuso de carabineros. Esta vez fue Francisco, un artista callejero que vivía en Panguipulli. Se trataba de un joven en situación de calle, pacífico y respetuoso  −como lo describió el Alcalde de esa comuna−  quien, al igual que muchos jóvenes marginados por nuestra sociedad, se ganaba la vida en la vía pública con su arte.

Un control de identidad efectuado por carabineros terminó con disparos, evidentemente desproporcionados, a quemarropa al cuerpo de Francisco, los que causaron su muerte inmediata.  Luego de los hechos, carabineros huyeron del lugar en una actitud que, además de cobarde, devela su culpabilidad.

No se trata de un hecho nuevo, sino de uno que se ha repetido por ya largos años en que las fuerzas policiales del Estado, cuya misión es proteger a la población civil, abusan del poder que les otorgamos, dañando la integridad y la vida de las personas.

Por largo tiempo dichos abusos ocurrieron en comunidades mapuche o en poblaciones marginales en los centros urbanos sin que muchos se enteraran, cuestión a la que los medios de comunicación, por cierto, contribuyeron.

Ya el 2008, organizaciones no gubernamentales impulsaron la campaña “Alto Ahí” denunciando los abusos cometidos por las policías en contra de estudiantes, trabajadores, niñas y niños, indígenas, entre otros, exigiendo justicia y reformas profundas a las policías. Los antecedentes de esta campaña fueron compartidos entonces, y en años posteriores, no solo con las autoridades de carabineros, sino con las autoridades civiles de las que dependen. Todas ellas parecen haber guardado estas denuncias en sus escritorios e hicieron poco o nada al respecto.

A contar del 2010 el INDH visibilizó la persistencia de esta realidad  recomendando a los órganos del Estado la adopción de reformas urgentes a las policías para proteger los derechos humanos vulnerados. Tales recomendaciones tampoco encontraron acogida. Como era de esperar, ante esta inacción del Estado, el comportamiento abusivo de estas instituciones −en particular de carabineros−  lejos de disminuir, se incrementó.

El estallido social de octubre de 2019 develó que las víctimas de la violencia policial ya no solo eran indígenas, sino que era toda la población civil. De acuerdo al Ministerio Público, a un año del estallido social de octubre de 2019 existían más de 8 mil víctimas de la violencia policial, de las cuales más de 6.500 corresponderían a carabineros.  Ellos incluían a 460 casos de personas que sufrieron trauma ocular provocado por disparos de carabineros y 257 casos de violencia sexual a manos de efectivos de la misma institución. El reciente caso del niño de 16 años que fue lanzado por un carabinero al cauce del río Mapocho en Santiago fue la gota que rebalsó el vaso.  Se trata de abusos que en gran medida han quedado impunes a la fecha. En contraste con ello, centenares de civiles han permanecido por largos períodos en prisión preventiva por hechos relacionados con la protesta social.

Nuevamente las autoridades civiles, en este caso el propio Presidente Piñera, permanecieron pasivos frente a esta realidad, haciéndose cómplices del actuar policial abusivo. Así, Piñera lejos de destituir al General Director de la institución, Mario Rozas, quien frente a las abrumadoras denuncias por los abusos entonces cometidos por carabineros asevero que nadie de sus filas sería apartado por tales hechos, lo mantuvo en sus funciones hasta su renuncia en noviembre pasado.

Ante esta realidad, ¿cómo nos podemos extrañar de la reacción ciudadana, de la destrucción del patrimonio público en Santiago y otras ciudades en el contexto de situaciones de abuso policial? ¿Cómo extrañarnos de la quema del municipio y otros edificios públicos en Panguipulli luego del asesinato de Francisco?

No hay que ser un especialista en salud mental para darse cuenta que detrás de ello hay una rabia largamente contenida, y que se expresa muchas veces de forma irracional.  Quienes escribimos este artículo estamos muy lejos de justificar, y menos promover, la violencia. Sin embrago, cabe preguntarse ¿quién es el responsable de que esto ocurra?  ¿Las personas que protestan y destruyen dichos inmuebles, o las autoridades cuya pasividad y tolerancia con los abusos policiales, que en este caso resultó en la muerte de Francisco?

Cabe entonces preguntarse, ¿cómo salimos de esto? Es evidente que hay que refundar carabineros.   Son numerosos los informes, comisiones, de entidades públicas y privadas que por años han constatado las irregularidades de esta institución y señalado la necesidad urgente de reformarla para adecuar su comportamiento a derechos humanos.

Pero el problema va mucho más allá de carabineros.  El problema de fondo que hechos como el  ocurrido en Panguipulli al que aquí hemos referido develan nuevamente que Chile está quebrado, está herido y debemos repararlo.

El proceso constituyente en desarrollo es una oportunidad única de repensar Chile, de refundar no solo las policías, sino sobre todo, las bases para una convivencia respetuosa entre las personas y entre los pueblos que habitamos este país con todas sus diversidades. Una convivencia que pueda poner término a las inequidades y abusos que nos han ido fracturado en el tiempo y que hoy se hacen insostenibles, como lo han sido las violencias, discriminaciones y exclusiones hacia las mujeres, disidencias, niñas, niños y adolescentes, migrantes, pueblos indígenas, personas en situación de discapacidad, personas en situación de calle y podríamos seguir señalando otros sectores, cada un@ con sus heridas.

Más allá de la nueva constitución, reparar la fractura de Chile, como ha ocurrido en el caso en muchas sociedades después de crisis profundas, será un proceso de largo aliento, que tomará tiempo, y por lo mismo, involucrará sobre todo a las nuevas generaciones. Ello incluye por cierto a todo@s  l@s  jóvenes, cualquiera sea su postura política,  su condición social,  física, mental, étnica o de género.

Serán las nuevas generaciones  −con nuevas miradas y perspectivas, con nuevos aires en la política y en las formas de relación humana− quienes tendrán el desafío, desde la diferencia, la diversidad y la apertura a través del diálogo, de hacer posible las transformaciones necesarias para la construcción de una sociedad más justa, más solidaria, más plural y menos individualista, menos clasista y menos patriarcal. Un país donde la vida de tod@s tenga el mismo valor, donde se pueda vivir sin estas heridas que afectan a nuestros cuerpos y almas, donde no se permita nunca más, que sucesos tan injustos como la muerte de Francisco, consecuencia del abuso de carabineros, se vuelvan a repetir.

* José Aylwin O., coordinador del programa Globalización y Derechos Humanos, Observatorio Ciudadano.

Opinión publicada originalmente en El Mostrador

Las mujeres indígenas en la elaboración de una nueva Constitución Política para Chile

El 15 de diciembre de 2020, después de más ocho meses de intensos debates[1], se aprobaron finalmente los escaños reservados para pueblos indígenas, los cuales estarán distribuidos entre los 10 pueblos indígenas legalmente reconocidos en Chile de la siguiente manera: siete escaños para el pueblo Mapuche, dos escaños para el pueblo Aymara y un escaño para los pueblos Diaguita, Colla, Lican Antay o Atacameño, Quechua, Yagán, Kewésqar, Rapanui y Chango. En total 17 escaños que formarán parte de los 155 convencionales que elegirá la ciudadanía para redactar una nueva Constitución para Chile.

Si bien existieron múltiples obstáculos y limitaciones para el reconocimiento de los escaños reservados para los pueblos indígenas, como el que los escaños no sean proporcionales al peso demográfico que corresponde a los pueblos indígenas de acuerdo al último Censo de Población[2], el que no se reconociera el criterio de la auto identificación para acreditar la calidad indígena de los ciudadanos y ciudadanas que se identifiquen como pertenecientes a un pueblo indígena, el no aprobar ningún escaño para el pueblo afrodescendiente, y el lamentable desconocimiento que se evidenció en el debate sobre los derechos de los pueblos indígenas; nos encontramos sin duda ante un cambio fundamental. Y es que por limitado que pueda parecer este espacio, es una oportunidad histórica y un punto de inicio para comenzar a construir un futuro conjunto donde los pueblos indígenas no estén nunca más excluidos de la construcción de un país diverso y plurinacional.

Asimismo, es importante reconocer que la elaboración de una nueva Constitución y la aprobación de los escaños reservados para pueblos indígenas no fue una concesión del gobierno o de los partidos políticos; sino más bien fruto de las movilizaciones que surgen con el denominado estallido social que inician los y las estudiantes, y al que se van uniendo hombres y mujeres de todos los sectores excluidos por el sistema económico, social y cultural. Movilizaciones en las que también se hacen presentes los pueblos indígenas y sus principales símbolos, en especial la wenufoye –bandera mapucheque es reivindicada en todas las marchas, evidenciando su uso que la lucha y cuestionamientos al estado por parte de los pueblos indígenas es anterior al estallido social, y que son cientos de años de resistencia indígena debido al despojo de sus territorios y por la continua criminalización y represión que enfrentan.

En este escenario de resistencia y movilización, las mujeres indígenas han estado muy presentes, señalando, entre otras cosas, que las políticas extractivistas del gobierno son también una forma de violencia que se ven obligadas a vivir a diario, pues afectan no solo sus territorios y sino también sus formas de vida, al ser las encargadas de transmitir la cultura y los conocimientos a las nuevas generaciones, como el cuidado de la naturaleza, del medio ambiente, de los bienes comunes y por el rol que las mujeres desarrollan respecto a la soberanía alimentaria, el cuidado de la salud, entre otros. Y es gracias también a estas luchas que hoy se avanza hacia la construcción de esta nueva carta fundamental que se escribirá, por primera vez en Chile y el mundo, de forma paritaria entre hombres y mujeres, o visto desde la visión de los pueblos indígenas, aportando de forma complementaria tanto hombres como mujeres.

La paridad en la asignación de los escaños reservados operará para el total de los convencionales, y para los representantes de pueblos indígenas significa, en el caso de los pueblos mapuche y aymara, que si una vez obtenidas las candidaturas preliminares, las de un sexo superan al otro en más de un escaño, serán sustituidas por la candidatura paritaria alternativa del mismo pueblo, cediendo la candidatura del sexo sobrerepresentado con menor votación, su escaño a su candidata/o alterno. Para los demás pueblos, si sumados los ocho escaños de los ocho pueblos restantes, no se logra alcanzar la paridad de género, se sustituirá a los/las candidatos/as menos votados por sus candidaturas alternativas paritarias hasta alcanzar el equilibrio.

Para ello, cada candidato o candidata deberá inscribirse designando una candidatura alternativa del sexo opuesto, para que, en caso de ser necesario, pueda aplicarse el mecanismo de corrección paritaria y ser reemplazado o reemplazada, y así lograr un número equitativo de escaños entre hombres y mujeres.

Este mecanismo asegurará que la nueva carta fundamental se elaboré de forma paritaria. Y esta es una reivindicación importante porque como ya hemos mencionado, las nuevas oportunidades de cambio social que se abren se han dado gracias a las movilizaciones y la lucha social de hombres y mujeres, donde tanto hombres como mujeres indígenas han tenido un rol muy relevante. Asimismo, las mujeres indígenas son una parte importante de la población[3], por lo que deben estar adecuadamente representadas. Son ellas, quienes conocen directamente la realidad de la que hablan y son las que pueden hacer llegar los intereses y aportes directos de las mujeres que representan. Porque las mujeres indígenas tienen un rol y aportes fundamentales dentro de sus comunidades, territorios, y el país en general, que muchas veces no está suficientemente visibilizado y debe hacerse presente.

Por ello, es importante mencionar el aporte fundamental que realizan al desarrollo social, político y cultural de sus pueblos y naciones; como, por ejemplo, el rol que han venido desempeñando en el contexto de la pandemia que estamos viviendo, donde vienen aportando con sus conocimientos en salud y en el uso de las plantas medicinales, activando redes de trueque o compartiendo sus productos de forma solidaria con quienes más lo necesitan, como lo hicieron las hortaliceras de Temuco.

Las mujeres tienen también un rol importante en la defensa del medio ambiente y sus territorios, siendo activas defensoras del territorio, como son los casos de Ercilia Araya, lideresa Colla que viene enfrentando a diversas mineras en el norte del país por proteger su territorio ancestral o de la Machi Millaray, líder espiritual mapuche que está luchando contra un proyecto hidroeléctrico en el sur de Chile que afecta un sitio de gran importancia espiritual para su pueblo. Sirve también mencionar, todo el aporte que las mujeres indígenas vienen realizando a la lucha contra el cambio climático, a través de sus conocimientos tradicionales, respecto al manejo y conservación de los bienes comunes o recursos naturales, adaptando sus cultivos a situaciones tan adversas como sequías o invernadas extremas para asegurar la soberanía alimentaria, o aportando a la protección de la biodiversidad del planeta en su rol de guardianas de las semillas. Y desde luego, la activa participación política que vienen ejerciendo en sus territorios, comunidades y organizaciones, así como en la política nacional donde cada vez están más presentes denunciando el despojo de sus territorios, la defensa del agua, la revitalización de sus idiomas y las políticas extractivas, neoliberales y patriarcales del estado.

Sin embargo, a pesar de esos aportes vitales, las mujeres indígenas son también quienes afrontan las mayores desigualdades y brechas, no solo respecto a la situación de las mujeres no indígenas, sino del resto de la población en general, como, por ejemplo, las mayores barreras en el acceso a la justicia, a la educación y a salud de calidad, y son también quienes afrontan mayores situaciones de discriminación y violencia.

Por ello, la participación de la mujer indígena en el proceso constituyente será fundamental, no solo para avanzar en superar las brechas que enfrentan y que esto se aborde directamente con su participación, sino también para visibilizar y construir a partir de los aportes que vienen realizando, no solo en relación a sus pueblos y naciones, sino en general a la construcción de un nuevo país, pues actualmente los aportes y las luchas de las mujeres indígenas son transversales a todas las temáticas que puedan desarrollarse.

En este sentido, la participación de la mujer indígena en el proceso constituyente no será solo numérico, sino que deberá plasmar los aportes específicos que viene realizando, porque avanzar hacia el buen vivir para todos los pueblos no puede concebirse sin el bienestar de todas las mujeres.

 

* Karina Vargas H., coordinadora del Programa Derechos de los Pueblos Indígenas, Observatorio Ciudadano

[1] En marzo de 2020 parlamentarios de diversas bancadas presentaron a la Cámara de Diputados un proyecto de reforma constitucional para modificar la Constitución Política de la República de 1980 y reservar escaños a representantes de los pueblos originarios en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución (Boletín N°13129-07).
[2] Un 12.8% de la población total del país se reconoce como parte de un pueblo indígena en Chile (INE, 2017).
[3] El 12,4% de las mujeres en Chile se reconoció como mujer indígena (INE, 2017).

Derecho a la regularización migratoria: el Estado al debe

Por Mabel Cobos*

El pasado lunes 02 de noviembre circuló en diversos medios de comunicación la noticia de la presencia de largas filas de personas de nacionalidades colombiana, venezolana y, en su mayoría, cubana, en las afueras del Departamento de Extranjería y Migración en la comuna de Santiago, debido al rumor de que serían entregadas visas de refugio. Eran hombres, mujeres, niños y niñas migrantes que, en algunos casos, esperan desde hace años regularizar su situación en el país.

La regularización migratoria implica otorgar un rut, una cédula de identidad y un permiso de residencia a las personas en situación de movilidad, con lo cual pueden desarrollar múltiples actividades necesarias para la subsistencia, como trabajar, arrendar un inmueble, tener acceso a salud o educación. “Los sin papeles”, “indocumentados” o “ilegales” como erróneamente se denomina a las personas en situación migratoria irregular, dependen de la gestión efectiva del Estado para regularizar su situación, de lo contrario, son más proclives a ser víctimas de abusos, vulneraciones de sus derechos, exclusión y precariedad.

La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares que Chile ratificó en 2005, ya en su preámbulo señala la importancia de la regularización de las personas migrantes, indicando que: “los problemas humanos que plantea la migración son aún más graves en el caso de la migración irregular, y convencidos por tanto de que se debe alentar la adopción de medidas adecuadas a fin de evitar y eliminar los movimientos y el tránsito clandestinos de los trabajadores migratorios, asegurándoles a la vez la protección de sus derechos humanos fundamentales”. Esta misma convención a su vez declara en el artículo 69 la necesidad de que los Estados parte tomen las medidas apropiadas para asegurar que la irregularidad de las y los trabajadores migrantes no persista.

La regularización se puede realizar a través de la solicitud de visa o permiso de residencia, o bien, que los gobiernos en ejercicio lleven a cabo regularizaciones masivas extraordinarias, para que así las personas que por distintas razones tengan una situación migratoria irregular, puedan por fin obtener su documentación.

En Chile, han habido tres procesos de regularización extraordinaria. El primero se llevó a cabo el año 1997 bajo el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, proceso llamado “Amnistía provisoria”, en el cual se acogieron 22 mil personas extranjeras -la mayoría de nacionalidad peruana- a quienes se les otorgó visas de trabajo temporales por dos años, sin necesidad de exhibir un contrato de trabajo (Freixas, 2018). Luego, durante el mandato de Michelle Bachelet y gracias a la presión de organizaciones migrantes, se desarrolló entre los años 2007 y 2008 el denominado “Proceso de Regularización de Permanencia”, al cual se acogieron 47 mil personas (Minrel, 2010), la mayoría de nacionalidad peruana, pero también boliviana y ecuatoriana. Este proceso otorgó una visa de residencia temporaria de un año de vigencia, con la posibilidad de que al término de dicho plazo pudieran solicitar la visa correspondiente, de acuerdo a la normativa de Extranjería. Además se estableció que nadie pagaría multas (Freixas, 2018).

El último proceso de regularización impulsado por el actual mandatario Sebastián Piñera, se llevó a cabo entre junio de 2018 y finales de octubre de 2019 y no estuvo exento de problemas. Desde un comienzo suscitó las críticas de diversas organizaciones migrantes y de la sociedad civil, así como de académicos y académicas expertas en materia de movilidad humana, debido principalmente a su deficiente implementación, falencias en el acceso y en la entrega de la información, y por los acotados plazos del mismo. Esto originó incertidumbre y desconfianza en las comunidades migrantes, hablándose incluso de una regularización fallida (Andrade, 2019).

Según estimaciones del gobierno, eran 300 mil las personas que se encontraban irregulares en el país, sin embargo, únicamente se presentaron 155.483 peticiones de Visas Temporarias de Regularización Extraordinaria, de las cuales un 88,5% fueron otorgadas (131.399), un 5% fueron rechazadas y el resto no fueron acogidas por no cumplir con los requisitos (DEM, 2020). Es necesario señalar además que para ciertas nacionalidades, como la venezolana o haitiana, es muy difícil acceder a los documentos que requería el proceso, y por tanto, muchos quedaron fuera. Asimismo, preocupa que la mitad de las personas que supuestamente debían regularizarse, finalmente no lo hicieron o no pudieron hacerlo. Lo anterior explica que en la actualidad exista un alto porcentaje de personas sin su documentación, y por ende, no sorprende el alto número de personas migrantes o afectas a refugio, que estuvieron a las afueras del DEM queriendo regularizarse.

La Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) lanzaron recientemente un documento titulado “Laberintos de papel. Desigualdad y regularización migratoria en América del Sur”, el cual realiza un análisis comparado de legislaciones, normas y políticas migratorias de varios países de la región. En uno de sus apartados se señala que: “la regularización migratoria es el mecanismo central para incluir y proteger a la población migrante. Ante la evidencia de que el estatus migratorio irregular profundiza la marginalidad pero no impide ni desalienta la migración, en las últimas dos décadas muchos países de la región promovieron –por lo menos a nivel normativo o discursivo– la regularización como un mecanismo de inclusión, como un deber u obligación de los Estados y como un derecho de las y los migrantes”.

No obstante estos fundados argumentos, preocupa que el proyecto de ley de migración que se está discutiendo actualmente con suma urgencia en el parlamento, se aleja bastante de las recomendaciones del citado documento. De hecho, esta iniciativa, no consagra el derecho a la regularización, al contrario la fomenta, tal como señala Fernanda Stang (2020):“el proyecto de ley crea una serie de obstáculos que empujan a la población migrante a la irregularidad: la visa consular, la imposibilidad de cambiar de categoría migratoria estando en el territorio nacional, además de abrir camino para establecer un sistema de visado con categorías selectivas y, por lo tanto, discriminatorias”.

Urge por tanto que el Estado de Chile aborde la movilidad humana desde una perspectiva de los derechos humanos y actualice su normativa de acuerdo a los estándares e instrumentos internacionales que ha ratificado, así como también considere los derechos a migrar y a regularizarse en la nueva legislación, tal como lo muestra la experiencia comparada, que los han incluido también en sus constituciones. Más aún cuando nos encaminamos a un importante proceso de cambio constitucional. Sólo de este modo podremos cimentar el camino para que no se vulneren los derechos de la población migrante en el país y no tendremos que ser testigos nuevamente de largas filas de personas exigiendo su derecho a regularizarse.

* Chileno-ecuatoriana. Traductora, Magister en Estudios Internacionales. Coordinadora del Área de Educación. Observatorio Ciudadano.

 

Referencias
Andrade, Eduardo. “¿Regularización migratoria fallida? Dudas ante el fin del proceso que pretendía “ordenar la casa””. Diario Universidad de Chile. 19 de julio de 2019. Disponible en: https://radio.uchile.cl/2019/07/19/regularizacion-migratoria-fallida-dudas-ante-el-fin-del-proceso-que-pretendia-ordenar-la-casa/
Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF) y Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Laberintos de papel. Desigualdad y regularización migratoria en América del Sur. Octubre de 2020. Disponible en: https://www.cels.org.ar/web/wp-content/uploads/2020/10/CELS_Migrantes_digital_Final-1.pdf
Coalición para el Fortalecimiento de los Derechos Humanos en Chile. Informe Alternativo de Sociedad Civil para EPU, 132° Periodo de Sesiones Consejo de DDHH. Julio de 2018. Disponible en: https://observatorio.cl/informe-alternativo-de-sociedad-civil-para-epu-132-periodo-de-sesiones-consejo-de-ddhh-cfddhhch-julio-2018-2/
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Disponible en: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cmw.aspx
Departamento de Extranjería y Migración (DEM). “Baja de migrantes que ingresan a nuestro país comenzó desde mayo de 2019”. 23 de enero de 2020. Disponible en: https://www.extranjeria.gob.cl/noticias/baja-de-migrantes-que-ingresan-a-nuestro-pais-comenzo-desde-mayo-de-2019/
Freixas, Meritxell. “1998 y 2007: así fueron las otras regulaciones migratorias masivas en Chile”. El Desconcierto. 23 de abril de 2018. Disponible en: https://www.eldesconcierto.cl/2018/04/23/1998-y-2007-asi-fueron-las-otras-regulaciones-migratorias-masivas-en-chile/
Ministerio de Relaciones Exteriores. Intervención durante la presentación del informe de Chile ante el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. 16 de septiembre de 2011. Disponible en: https://minrel.gob.cl/intervencion-durante-la-presentacion-del-informe-de-chile-ante-el-comite/minrel_old/2011-09-16/110521.html
Stang, Fernanda. “Sin escuchar a los migrantes”. El Mostrador. 18 de julio de 2020. Disponible en: https://www.elmostrador.cl/destacado/2020/07/18/migrantes-derechos-humanos-y-ciudadanos/

La derrota del gueto

Por José Aylwin*

 

Los resultados del plebiscito del 25 de octubre  son categóricos. Cuatro de cinco ciudadanos y ciudadanas  quiere una nueva constitución política para Chile. Igual proporción quiere que dicha constitución sea elaborada por constituyentes íntegramente  electos  por ella para estos efectos.

Con este resultado se da inicio a un proceso que pondrá término definitivo a  una constitución  que no solo fue impuesta en  dictadura,  sino que además, no obstante sus numerosas reformas,  estableció importantes límites a una democracia plena y al ejercicio de los derechos humanos, generando exclusiones y desigualdades de todo tipo.

Como sabemos, dicha constitución – y entramado institucional a que dio origen-   mantuvo dichos límites democráticos  como consecuencia de  su trampa fundacional;  el sistema electoral binominal hasta hace poco vigente, y los quórums supra mayoritarios para su  reforma. Todos los esfuerzos por dotarse de una nueva carta fundamental elaborada de manera plural e inclusiva demandados desde hace al menos una década por movimientos sociales, ciudadanos e indígenas, entre otros, fueron inoficiosos. Sus guardianes, siguiendo las directrices de su otrora ideólogo Jaime Guzmán –  quien sostuvo que el objetivo de esta carta era asegurar que los adversarios a la dictadura, de llegar al poder, no pudiesen hacer algo muy distinto de  lo que esta haría en el- se opusieron tenaz y sistemáticamente a ello, así como  también al cambio del entramado institucional derivado de dicha constitución.

Cuando  la cuidadanía se movilizó  el año pasado para visibilizar dichas exclusiones y exigir una nueva constitución elaborada de modo democrático e inclusivo,  gatillando el proceso constituyente que posibilitó el plebiscito de ayer,  los guardianes de la constitución  cuestionaron su legitimidad argumentando que dicho proceso se había sido gestado bajo presión y fuerza.

Los resultados del plebiscito echan  por tierra dicha argumentación, dando cuenta  de manera incuestionable la voluntad de la inmensa mayoría de los y las cuidadanas de dotarse de una nueva carta fundamental, que exprese el consenso de la sociedad y de los pueblos que habitan el país,  elaborada de manera democrática e inclusiva.

Otra cuestión que los resultados del domingo 25 permitieron  identificar , es quienes han sido hasta hoy los guardianes de la actual constitución: son  un reducido grupo de chilenos que residen en las comunas más ricas del país; Las Condes Vitacura, Barnechea, tres de las tan solo cinco comunas donde ganó la opción  rechazo ( las otras dos, Antártica y Colchane, cuentan con importante proporción de  población  militar, lo que podría explicar los resultados en ellas obtenidos).

Este verdadero gueto económico y social, que logró generar o mantener su riqueza al amparo de la actual constitución,  fue derrotado.  Y aunque quienes lo integran  tienen,  al igual que todos los sectores del país,   todo el derecho a  participar en el proceso de elaboración de una nueva constitución política,  es de esperar  hayan aprendido la lección de su derrota; nunca más pueden ni deben, por poderosos que sean,  imponer su visión de sociedad y Estado de manera antidemocrática  a la del  resto de los y las ciudadanas como lo hicieron hasta ahora con la constitución de 1980.

* Coordinadora del Programa Globalización y Derechos Humanos, Observatorio Ciudadano
Publicada en El Mostrador: https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/columnas/2020/10/29/la-derrota-del-gueto/

La necesidad de un proceso participativo en la Convención Constitucional

Por Lorena Fries.

La participación reducida a los procesos electorales locales y nacionales cada cuatro años, es uno de los factores del cuestionamiento y deslegitimación del sistema político chileno y que se expresó en el estallido social. Ha contribuido a la desafección política de la ciudadanía y a la reproducción de un sistema que se mira a sí mismo, que no ha sido capaz de encontrar los modos de procesar esta demanda que está en la base de la legitimidad de cualquier transformación política.

El proceso constitucional requiere de la mayor participación posible, no solo a través de la elección de representantes, sino también a través de múltiples mecanismos que aseguren contar con la información, ser oídos e incidir en las deliberaciones a que dará lugar la redacción de la nueva Carta Fundamental.

Frente a la posibilidad excepcional de participar en el diseño de las reglas básicas que fundarán el nuevo pacto de nuestra convivencia, es importante que grupos sociales que han sido históricamente excluidos de la toma de decisiones, sean considerados a la hora de adoptar medidas que promuevan su inclusión. Es el caso de la adopción de la paridad en la opción Convención Constitucional, un logro de los movimientos feministas. Sin embargo, ello no basta.

Tan importante es lo que se discutirá en el seno del mecanismo encargado de redactar la Constitución, como la instancia para llegar a ello. De ahí la relevancia que las organizaciones de la sociedad civil han dado al reglamento que regulará el funcionamiento del órgano encargado de la redacción de la nueva Constitución.

Los chilenos y las chilenas durante el último año han generado espacios múltiples de diálogo y participación, se han reencontrado en sus territorios, sus barrios, en sus organizaciones, dando cuenta de su interés en la política y deliberando sobre las cosas que les afectan. Esa experiencia acumulada en cabildos y asambleas, en las múltiples vocerías sociales que dan cuenta de la ampliación del registro de la política, no puede quedar fuera del proceso constitucional y, al revés, debe enriquecerlo.

Audiencias públicas, publicidad en los procesos de deliberación, diálogo territorial con los delegados y las delegadas constitucionales, el uso de las tecnologías para informar de los debates y deliberaciones son herramientas que, más allá de los resultados de estas, contribuyen a una mayor democratización y a construir confianzas en un Chile que, durante muchos años, no ha sabido convivir con su diversidad social y política.

Publicado por El Mostrador: https://www.elmostrador.cl/destacado/2020/10/27/la-necesidad-de-un-proceso-participativo-en-la-convencion-constitucional/

La participación de los independientes en el órgano constituyente

José Aylwin, abogado de Derechos Humanos, Observatorio Ciudadano

A menos de un mes del plebiscito del 25 de octubre próximo, las encuestas dan una clara ventaja en favor de la opción Apruebo una Nueva Constitución para Chile (Apruebo) sobre la que se opone a ella (Rechazo). La derrota de esta última opción es tan evidente, que cada vez son más los personeros de la derecha chilena que, ya sea por oportunismo o realismo, se han sumado al Apruebo. Aunque los resultados de dichas encuestas en relación al órgano encargado de la elaboración de la Nueva Constitución a ser electo en abril de 2021 de ganar el Apruebo son más estrechos, todas ellas dan ventaja a la opción Convención Constitucional a ser electa en su totalidad por la ciudadanía, por sobre la Mixta Constitucional, a ser electa solo en una mitad por la ciudadanía e integrada en la otra mitad por parlamentarios designados por el Congreso Nacional.

Las tendencias comparadas en materia de construcción constitucional en estados democráticos demuestran que las constituciones modernas son elaboradas crecientemente por órganos constituyentes plenamente electos por la ciudadanía, comúnmente denominados Asambleas Constituyentes. Así en los procesos de elaboración constitucional verificados a nivel global en los últimos quince años (2000-2015), las Asambleas Constituyente han sido el mecanismo más utilizado (41% de los casos). En el contexto de América Latina, un 46% de los 28 cambios constitucionales verificados desde 1947 a la fecha se han materializado a través de este mecanismo (PNUD, 2015).

Ello no es una casualidad; los órganos constituyentes totalmente electos por la ciudadanía permiten una mejor representación de las diversidades existentes en los estados, hasta hace poco negadas o excluidas de estas instancias. De allí la importancia del triunfo de la opción Convención Constitucional por sobre la Convención Mixta. La primera opción adquiere más relevancia teniendo presente que dicho Congreso, acuerdo a una encuesta del CEP, llegó a contar a diciembre de 2019 con una confianza de tan solo un 3% de la población encuestada.

Es en este contexto que hoy se debaten en el parlamento diversas iniciativa orientadas a superar las barreras impuestas por el sistema sistema electoral vigente a participación política de los independientes en instancias de toma de decisión, a fin de posibilitar su inclusión efectiva en el futuro órgano constituyente. Una reforma constitucional aprobada en marzo pasado por el Congreso Nacional (Ley N° 21.216) junto con establecer la paridad entre hombres y mujeres en la elección de convencionales constituyentes, permitió la inscripción de listas independientes para la elección de convencionales. Para hacer posible dicha inscripción, sin embargo, se requiere cumplir con el requisito de patrocinio obtenido ante notario (o ante el Servicio de Registro Civil) de un número equivalente al 0,4% de votos válidos en la última elección de diputados y cuyos domicilios electorales estén en el respectivo distrito, con un máximo de 1.5% por lista, debiendo estos patrocinios estar suscritos de manera presencial.

Dadas las dificultades que ello impone a la participación de los independientes en el órgano constituyente, en particular en el contexto de la pandemia, es que recientemente fue presentada una moción parlamentaria liderada por el Diputado Auth, suscrita por diputados de oposición y de Evópoli, en la que se propone rebajar dichos requisitos, disminuyendo a un 0,2 el porcentaje de electores exigido para la inscripción de una candidatura individual, y a 0,5% para inscribir una lista independiente. La moción propone además, de manera excepcional, que el Servicio Electoral pueda disponer de su plataforma digital en la recepción de los patrocinios de candidaturas y listas independientes a través del sistema de clave única del Estado. (Boletín 13790-07). Otra iniciativa fue presentada este mes por los senadores Huenchumilla y Guiller a objeto de que las listas de candidatos independientes que se conformen en los distritos electorales puedan acordar pactos electorales con uno o más partidos políticos. Dicha iniciativa propone además que esta inscripción pueda realizarse bajo las reglas de la ley N°19.799, sobre Documentos electrónicos, con firma electrónica, y propone normas sobre financiamiento electoral de las listas de dichos candidatos, a fin de igualarlos a los partidos políticos en dicha materia (Boletín N° 13.792-07)

Finalmente, la semana pasada el diputado Jackson junto a la bancada del Frente Amplio presentaron otro proyecto promoviendo, junto a la incorporación de candidatos independientes, el establecimiento de mecanismos de participación ciudadana en las deliberaciones del órgano constituyente. Para lo primero, el proyecto propone permitir que los candidatos independientes a la Convención, sea constitucional o mixta constitucional, puedan asociarse entre ellos al interior de un pacto electoral con uno o más partidos políticos, de modo de no requerir patrocinio ciudadano. Asimismo, el proyecto propone establecer que, en el caso de que los candidatos independientes requieran el patrocinio ciudadano, este pueda materializarse mediante un sistema en línea con la clave única proporcionada por el Servicio de Registro Civil e Identificación, en lugar de la firma presencial ante notario. Para lo segundo, el proyecto propone establecer la obligación del órgano convencional de incorporar en el procedimiento de formación de la nueva constitución, mecanismos de participación ciudadana. (Boletín 13804-07)

El gobierno, a través de la Secretaría General de la Presidencia, y de la Secretaría General de Gobierno, se reunió con grupos de independientes a objeto de analizar las iniciativas, manifestando disposición a apoyar la iniciativa del diputado Auth a través de una indicación del ejecutivo. De acuerdo a informaciones de prensa, sin embargo, el gobierno vería con distancia la rebaja de los porcentajes requeridos para la inscripción de candidatura individual y listas de independientes propuestas por la iniciativa parlamentaria.

La importancia de la participación de independientes en el órgano constituyente está determinada por la naturaleza misma de las constituciones, las que además de ser instrumentos legales, son también instrumentos políticos y sociales que expresan los valores de una sociedad, permiten la construcción de acuerdos entre los distintos sectores en ella existentes, y la distribución del poder (International IDEA, 2014). De allí que la participación en los procesos de construcción constitucional de las diversidades expresadas, además de aquella de naturaleza étnica y sexual, por los independientes que representan el sentir de la comunidad, más allá de los partidos políticos, sea fundamental para que el texto que emane de ella cuente una adhesión social que asegure su efectividad. Dicha participación adquiere mayor relevancia aun en el contexto de la grave crisis de credibilidad de los partidos políticos, los que de acuerdo al mismo Centro de Estudios Públicos llegaron a diciembre de 2019 a contar con una confianza de la población que no superaba el 2% del total encuestado.

A ello se suma por cierto la importancia, señalada en artículos anteriores, de que el órgano constituyente que con mucha probabilidad será electo en abril próximo, cuente con una representación de los pueblos indígenas proporcional a su población, cercana al 13% del total del país. cuestión que está siendo analizada por el Senado a partir de una moción parlamentaria (Boletín 13129-07).

Si la nueva Constitución ha de ser lo que el jurista Patricio Zapata ha denominado con acierto “la casa de todos y todas”, a través de la cual se ponga término a las exclusiones de todo tipo que han sido características de la historia republicana, exclusiones que como sabemos fueron el detonante del estallido social de octubre de 2019, se hace urgente que el parlamento apruebe las iniciativas señaladas. Ello a fin de establecer mecanismos que posibiliten la participación de los y las independientes, que representan a la inmensa mayoría de los ciudadanos de este país, en el órgano encargado de la construcción la nueva carta fundamental para Chile. Solo de esta manera se podrá conseguir la adhesión al futuro texto constitucional que surja de este proceso, y a través de dicha adhesión, lograr la estabilidad que garantice una sana e inclusiva convivencia democrática.

Conflicto interétnico y odio racial en La Araucanía

Por José Aylwin, Obsrvatorio Ciudadano

El violento desalojo de cinco municipios de La Araucanía por fuerzas policiales, con la participación de grupos civiles organizados bajo consignas manifiestas de odio racial antimapuche la noche del 1 y la madrugada del 2 de agosto, marca un hito crítico en el ya largo conflicto interétnico e intercultural que se vive en esa parte del país. Por lo mismo, no puede pasar inadvertido sin un análisis de lo acontecido y de sus graves implicancias.

Si bien las situaciones de tensión y hechos de fuerza en La Araucanía –en el marco del conflicto entre el Estado y la sociedad chilena y el pueblo mapuche– no son nuevos, sino tienen ya décadas de desarrollo, adquieren particular gravedad en este caso, dado el involucramiento de civiles, el odio racial exteriorizado en su actuación y la tolerancia y complicidad de las autoridades de Gobierno.

En artículos anteriores hemos hablado de las causas de este prolongado conflicto. Baste señalar a este respecto aquí que Chile sigue siendo el único país en América Latina con importante demografía indígena (12.8% de población total) en que los pueblos indígenas no cuentan con reconocimiento de su existencia y derechos en la Constitución Política. También que los mapuche han sido desposeídos de gran parte de sus tierras de ocupación tradicional, las que fueron confiscadas sin su consentimiento, que su población forma parte de los sectores más pobres del país (6 de las 10 comunas más pobres de Chile están en La Araucanía), que ella está marcadamente subrepresentada en los órganos públicos en que se toman decisiones sobre materias que les conciernen, como el Congreso Nacional y que han sido objeto de procesos tanto de represión como de criminalización de su protesta social, cuestión reiteradamente observada por instancias internacionales de Derechos Humanos.

Es posible que los lectores desconozcan el contexto en que se dieron los hechos de odio racial que aquí se abordan. Aunque tampoco es el foco de este artículo, se debe señalar que la ocupación pacífica de cinco municipios de la región por personas y organizaciones mapuche en días previos a su desalojo, pretendía visibilizar su demanda por la aplicación de un tratado internacional ratificado por Chile –el Convenio 169 de la OIT– que dispone que cuando se imponen sanciones penales a los miembros de pueblos indígenas, se deberá tener en cuenta sus características económicas, sociales y culturales (artículo 10).

Ello, en el contexto de una huelga de hambre de condenados y procesados mapuche que se prolonga en algunos casos por más de 90 días, quienes, en el marco de la pandemia que ha significado contagios masivos en centros penitenciarios, han demandado la adopción de un reglamento carcelario para la población indígena acorde con dicho convenio, así como el cumplimiento de sus condenas en sus comunidades.

Muchos pueden no compartir la ocupación de espacios públicos como lo son los municipios como método de protesta social. Al respecto, cabe señalar que existe jurisprudencia nacional e internacional que entiende este tipo de ocupaciones como formas de manifestación del derecho a la libertad de expresión, especialmente cuando no existen otros mecanismos institucionales para que dichas demandas sean escuchadas y procesadas, como ha sido el caso. Ello, teniendo presente que la demanda por la adopción de reglamentos carcelarios adecuados a la realidad de la población penal indígena lleva años desatendida por la autoridad.

Aunque no se comparta la estrategia de ocupación de espacios públicos como forma de protesta válida, lo que tampoco puede compartirse, desde una perspectiva democrática y de Derechos Humanos, es el discurso de odio dominante en los grupos civiles organizados, que en pleno toque de queda participaron del proceso de desalojo de dichos municipios. La actuación de civiles durante los desalojos, en abierta violación con las disposiciones legales e infringiendo el Estado de Emergencia en que nos encontramos, además de verificarse con absoluta tolerancia de Carabineros, se caracterizó por la violencia física y verbal en contra de los ocupantes mapuche, demostrando con su actitud y a través de gritos y cánticos, un desprecio explícito en contra de los integrantes de este pueblo por su condición racial. Paradójicamente, los detenidos por Carabineros luego de estos hechos fueron solo los mapuche agredidos y no sus agresores civiles.

La responsabilidad de las autoridades en estos hechos resulta evidente. Ocurrieron un día después que el ministro del Interior y Seguridad Pública, Víctor Pérez, visitara la Región de La Araucanía negándose a hablar con los presos mapuche en huelga de hambre e instando a los autoridades edilicias a desalojar los municipios ocupados, desalojo que en última instancia fue solicitado por la respectiva Gobernación, que depende de dicho ministerio. El mismo ministerio es responsable por mandato constitucional de la supervisión de las fuerzas policiales y, por lo mismo, de investigar hechos ilegales en su actuación, como lo es la tolerancia que estas tuvieron con la participación de civiles durante los desalojos aquí referidos. Lejos de hacerlo, el ministro ha justificado la actuación policial. Por lo mismo, resulta imprescindible la realización de una investigación que permita determinar con exactitud las responsabilidades involucradas en estos hechos.

El Gobierno no solo ha incumplido las disposiciones constitucionales y legales vigentes, sino, lo que es más grave, no cumplió con sus obligaciones al amparo de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial de Naciones Unidas, ratificada por Chile y que en su artículo 4° dispone: “Los Estados partes condenan toda la propaganda y todas las organizaciones que se inspiren en ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico, o que pretendan justificar o promover el odio racial y la discriminación racial, cualquiera que sea su forma, y se comprometen a tomar medidas inmediatas y positivas destinadas a eliminar toda incitación a tal discriminación o actos de tal discriminación…”.

Junto con ello, establece en su artículo 5° la obligación de dichos Estados «a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente… b) El derecho a la seguridad personal y a la protección del Estado contra todo acto de violencia o atentado contra la integridad personal cometido por funcionarios públicos o por cualquier individuo, grupo o institución.”

Más allá del evidente incumplimiento de dicha convención en este caso, al omitir su responsabilidad en impedir, investigar y sancionar manifestaciones de odio basadas en la condición étnica o racial mapuche, la autoridad gubernamental está haciéndose cómplice de una tendencia que la experiencia mundial ha demostrado que, lejos de contribuir a dar solución a los conflictos interétnicos como el de La Araucanía, los agrava.

Tal como señala el destacado antropólogo mexicano Rodolfo Stavenhagen –quien fuera Relator Especial de Naciones Unidas para los derechos indígenas– en su estudio sobre Conflictos Étnicos y Estados Nacionales (2000):“La dinámica del conflicto contribuye a forjar identidades étnicas y a crear imágenes, estereotipos y prejuicios, a través de los cuales se ven los miembros de los grupos en conflicto, que a menudo llegan a temer, rechazar e incluso odiar a los miembros del grupo adversario”.

Esa es la dinámica que estamos presenciando en la región, con el odio incubado en contra del mundo mapuche, a la que la tolerancia y omisión de las autoridades de Gobierno lamentablemente están contribuyendo. Dicha actitud contrasta con la de líderes mapuche, como es el caso del werkén del Consejo de Todas las Tierras, Aucán Huilcamán, quien junto con condenar la actitud del ministro del Interior y consciente de los peligros de los discursos de odio, señaló al analizar estos hechos que “esperamos que no se produzca un estallido social en La Araucanía con objetivos raciales de parte de los mapuche en contra de los chilenos». El mismo dirigente agregó: “Los enfrentamientos raciales que sucedieron en Checolosvaquia, en Yugoslavia y en Ruanda, resultaron terribles y desastrosos para esos pueblos”.

Coincidente con lo expresado por Huilcamán, cabe reiterar lo señalado en artículos anteriores en el sentido que la salida a los conflictos interétnicos e interculturales, como el que se vive en esta parte del país, no se resuelve con la lógica de la guerra, sino con la del diálogo y el entendimiento. Lamentablemente, en las últimas dos décadas el Estado de Chile no ha sido coherente en sus relaciones con el pueblo mapuche. Ello, toda vez que junto con llamar a sus organizaciones a dialogar, gobiernos de distinto sello político han impulsado estrategias de represión y criminalización de la protesta social de sus comunidades.

Se debe reconocer, por cierto, en honor a la objetividad, que hay grupos mapuche que, cansados de promesas incumplidas, perdieron la fe en el diálogo como mecanismo de resolución de conflictos, incursionando también – con poco éxito, dada la evidente desproporción de fuerzas– en la lógica del enfrentamiento, haciendo uso de la violencia, principalmente, pero no exclusivamente, en contra de la propiedad. Ello, evidentemente, tampoco contribuye al diálogo y a la construcción del entendimiento.

En el contexto de un Gobierno intransigente como el actual, que no es capaz de dar gestos mínimos de entendimiento, como lo sería acoger las demandas humanitarias de los privados de libertad mapuche en tiempos de COVID, que no cumple con las convenciones internacionales que ha ratificado, y que no condena ni insta a la investigación de actitudes de odio racial en La Araucanía, un proceso de diálogo entre el Estado y el mundo mapuche no tiene viabilidad.

Es en este contexto que el proceso constituyente en desarrollo se establece como una posibilidad única de generar dicho diálogo, para abordar los temas profundos –negación, discriminación, desposeimiento– que han generado la conflictividad no solo con el pueblo mapuche, sino también con la mayor parte de los pueblos indígenas del país. Dicho proceso, que debe concluir con una Carta Fundamental que establezca las bases de una nueva forma de relación entre el Estado y los pueblos indígenas a futuro, que ponga fin a dicha negación y reconozca los derechos colectivos que les corresponden como tales, solo será conducente para esta finalidad si en él se considera una participación proporcional a su población en el órgano constituyente, que con mucha posibilidad emergerá del plebiscito de octubre próximo. Esto, de conformidad con el Convenio 169 de la OIT antes referido y la experiencia comparada , y como lo han demandado sus organizaciones representativas. Esperemos así sea.

Opinión Publicada en El Mostrador: https://www.elmostrador.cl/destacado/2020/08/05/conflicto-interetnico-y-odio-racial-en-la-araucania/

 

Energías renovables y derechos humanos en Chile

Por José Aylwin, Felipe Guerra y Rubén Sánchez, investigadores del Observatorio Ciudadano

El reciente Informe del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos sobre  energías renovables y  derechos humanos es de gran importancia para países como Chile. Ello por cuanto de acuerdo a la estrategia energética impulsada por el Estado chileno se pretende que para el 2050  el 70% de la matriz eléctrica  provenga de fuentes renovables, con énfasis en energía solar y eólica, complementadas con  desarrollos hidroeléctricos. De hecho para el 2023  se pretende lograr un incremento sustancial en  inversiones en proyectos de generación en energías renovables, los que aportarían al Sistema Eléctrico Nacional unos 5.960 MW. Entre los proyectos que agregarían mayor capacidad instalada están los parques eólicos (39%), centrales hidroeléctricas de pasada (16%), plantas fotovoltaicas (16%) y centrales termoeléctricas de ciclo combinado (11%).

No obstante la mega sequía que ya por una década ha afectado al centro-sur del país, y que ha tenido como consecuencia una grave crisis hídrica, gobiernos de distinto sello han seguido promoviendo el desarrollo de proyectos hidroeléctricos  considerados como “renovables”, muchos de los cuales se emplazan en cursos de agua en el territorio ancestral del pueblo mapuche.   Así, de  acuerdo a información pública en las regiones de La Araucanía y Los Ríos existen 30 proyectos hidroeléctricos  en procesos de evaluación ambiental,  los que se ubican principalmente en las cabeceras de cuencas en zonas cordilleranas en territorios de ocupación tradicional  mapuche. Entre las afectaciones a derechos  de pueblos indígenas que  estos generan están la alteración de los ecosistemas, la amenaza de  lugares sagrados de alta religiosidad y espiritualidad, la contaminación de los cursos de aguas y la vulneración del derecho a definir propias prioridades en materia de desarrollo, derechos consagrados en el  Convenio 169 de la OIT ratificado por Chile.

Por otra parte, el Código de Aguas, aprobado en 1981 durante la dictadura de Pinochet,  si bien declara las aguas como bienes nacionales, permite la concesión a particulares de derechos de aprovechamiento sobre esas aguas. Una vez otorgada la concesión pasa a ser protegido como propiedad privada según lo dispone la Constitución Política de 1980.  Al amparo de este Código, las hidroeléctricas detentan más del 85% de los derechos no consuntivos de aprovechamiento de aguas superficiales, la gran mayoría de ellos en poder de grandes conglomerados trasnacionales.

Ello ha incidido en la apropiación de muchas aguas de uso ancestral por las comunidades mapuche en el sur del país. El caso más conocido es el de las central hidroeléctrica Ralco en Alto Bío Bío en territorio del pueblo mapuche pehuenche en la segunda mitad de los noventa.  Dicha central construida por ENDESA SA (España), hoy  Ente Nazionale per l’Energia Elettrica, ENEL (Italia) significó la relocalización de 100 familias de sus tierras inundadas,  impactando gravemente, entre otros, el derecho a la tierra y al agua, el derecho a la consulta, y a definir su propio desarrollo.

Dos casos más actuales sirven para ejemplificar  la vulneración de los derechos del pueblo mapuche por proyectos de energía hidroeléctrica.   Uno es el  caso del río Pilmaiquen, donde se planea construir la Central Osorno con un embalse de aproximadamente 18 km de largo por el eje del río, que inundará 235,48 hectáreas aproximadamente, donde se encuentra la morada del Ngen Mapu Kintuante, fuerza tutelar que hace parte de un importante de un importante complejo natural ceremonial para la cosmovisión religiosa del Pueblo Mapuche-Williche.  A pesar de que la Central Osorno no se ha construido hasta la fecha, cuenta con un permiso ambiental que data de 2009, el cual se obtuvo luego de un irregular proceso de evaluación ambiental y tras presiones para evitar la implementación de un proceso de consulta indígena. Dichas presiones generaron que este proyecto fuera autorizado una vez que Chile había ratificado el Convenio 169 de la OIT, pero faltando dos meses de que este tratado internacional entrara plenamente en vigor en país.

Se trata de un proyecto hoy a cargo de la empresa estatal noruega Statkraft, cuyas prácticas  empresariales en este proyecto no son consistentes con los derechos de pueblos indígenas vigentes en Noruega.  La misma empresa impulsa el proyecto Central Los Lagos, también autorizado ambientalmente sin un proceso de consulta y sin el consentimiento de las comunidades mapuche-williche afectadas. Este proyecto supone la inundación de importantes sitios de significación cultural para las comunidades mapuche-williche ribereñas al Pilmaiquén, que en este caso corresponden a sitios arqueológicos que dan cuenta de su presencia y ocupación ancestral de dicho territorio. Sin perjuicio de lo anterior, a más de 10 años de aprobado dicho proyecto (al igual que la Central Osorno), aún no se ha construido.

El otro es el de la central Llancalil, proyecto consistente en una central de pasada con una potencia instalada de 6,9 MW de energía, emplazado en la cuenca de los ríos Llancalil y Liucura alto, en la comuna de Pucón, en la Araucanía. La empresa titular del proyecto es Inversiones Huife Limitada, cuyo capital es de origen alemán.  El proyecto se emplaza próximo a comunidades mapuche.    Desde el punto de vista de estas comunidades, estos elementos implican una grave afectación a los derechos territoriales y de vida. El proyecto no ha sido sometido a un Estudio de Impacto Ambiental, y tampoco a un proceso de consulta indígena, de acuerdo a Convenio 169.  Por lo anterior es que las comunidades mapuches y la ciudadanía de Pucón se han articulados recurriendo a diversas instancias (jurídicas, administrativas) para impedir la construcción de esta central, encontrándose su resolución pendiente.

Por todo lo anterior es que el Informe del CIEDH nos permite dar cuenta que las energías renovables, sino se implementan con la debida protección de derechos humanos por los estados, en este caso el chileno, y la debida diligencia de las empresas, pueden resultar en serias y graves vulneraciones a los mismos derechos.