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  • José Aylwin, director del Observatorio Ciudadano, y Sergio Campusano, presidente de la Comunidad Agrícola Diaguita de los Huasco Altinos, en cuyo territorio ancestral y legal se emplazan los proyectos, expusieron ante Ministerio de Asuntos Globales de Canadá y le entregaron estudio recientemente publicado con antecedentes y recomendaciones.

Por Paulina Acevedo, Observatorio Ciudadano

Hasta Ottawa viajaron José Aylwin, director del Observatorio Ciudadano, y Sergio Campusano, Comunidad Agrícola Diaguita de los Huasco Altinos (CADHA), para presentar el Estudio de Impacto en Derechos Humanos (EIDH) «Proyectos mineros canadienses en territorio de la Comunidad Agrícola Diaguita de los Huasco Altinos», publicado por el Observatorio Ciudadano, y denunciar ante autoridades de ese país las afectaciones a derechos humanos de los proyectos mineros Pascua Lama, de Barrick Gold Corporation, y El Morro – Corredor (hoy Nueva Unión), de Gold Corp y Teck Resources Limited, que se emplazan en el territorio ancestral y legal de dicha Comunidad, situada en la Provincia de Huasco, Región de Atacama, siendo todos ellas empresas canadienses.

Utilizando la herramienta metodológica denominada “Todo Derecho” -diseñada por la organización Derechos y Democracia de Canadá y promovida por la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)-, los autores del Estudio, José Aylwin, Nancy Yáñez e Isabel Madariaga, con la participación activa de las comunidades afectadas, identifican y analizan los impactos reales y potenciales provocados por dichos proyectos extractivos, así como normativa interna y estándares internacionales de derechos humanos e indígenas aplicables, haciendo además recomendaciones a los distintos actores involucrados.

Una de las primeras actividades realizadas por Aylwin y Campusano, junto a Sarah Zoen, de Oxfam América, e Ian Thomson, de Oxfam Canadá, fue la reunión que sostenida con el Ministerio de Asuntos Globales de Canadá, donde expusieron las principales afectaciones a derechos humanos verificadas y entregaron copia en inglés del informe.

Tras la reunión, Aylwin se refirió a las responsabilidades del Estado de Canadá frente a la afectación a derechos humanos de los diaguita Huasco Altinos producidos por estos proyectos, afirmando que “el Estado canadiense ha promovido activamente las inversiones de la industria extractiva domiciliada en su territorio fuera de sus fronteras. Ello a través de la suscripción de numerosos acuerdos comerciales con diferentes estados, entre estos con el Estado chileno, a fin de fomentar y proteger las inversiones en el exterior de empresas con domicilio en Canadá, o mediante el otorgamiento de créditos a las mismas empresas (Barrick Gold en proyecto Veladero) por parte de agencias estatales, sin salvaguardar los derechos humanos debido a los impactos de las inversiones apoyadas.

Aylwin agrega que “la responsabilidad de Canadá también es resultante de la negativa de su gobierno a acoger las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, las que le instan a adoptar medidas legislativas y políticas para asumir sus obligaciones extraterritoriales por la violación de derechos humanos por empresas domiciliadas en Canadá que actúan fuera de ese país, que permitan prevenir, reparar y sancionar dichas violaciones”. Asimismo, “a Canadá le cabe responsabilidad por el apoyo otorgado a los proyectos mineros objeto del informe sin haber escuchado las reclamaciones de las comunidades afectadas y organizaciones de sociedad civil”, destacó.

Recomendaciones del EIDH al Estado de Canadá

  • Asumir sus obligaciones extraterritoriales en materia de derechos humanos, asegurando, a través de la adopción de legislación y de medidas administrativas, que las empresas domiciliadas en Canadá que operan en el exterior, no impacten negativamente los derechos humanos de las comunidades afectadas por sus proyectos de inversión, en particular los derechos de los pueblos indígenas;
  • Establecer mecanismos judiciales y administrativos, incluyendo un Ombudsman especializado en las obligaciones extraterritoriales de Canadá en materia de derechos humanos, para la reclamación de la responsabilidad de las empresas domiciliadas en Canadá que violan los derechos humanos fuere de ese país, cuando ello ocurra, garantizar la justicia y la reparación;
  • Asegurar que los acuerdos comerciales, incluyendo tratados de libre comercio y acuerdos bilaterales de inversión, que suscriban con otros Estados, no contengan disposiciones que pueden resultar en la restricción de los derechos humanos de los pueblos indígenas;
  • Abstenerse de otorgar apoyo a través de sus agencias de financiamiento (Export Development Canadá), así como de su Embajada en Chile a los proyectos mineros que han sido objeto de este EIDH.

Se adjuntan resumen ejecutivo y texto completo del EIDH (versiones en inglés)

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