Pueblos indígenas y nueva Constitución

Por José Aylwin*

Qué duda cabe de que los pueblos indígenas han irrumpido como actores protagónicos del proceso constituyente. Ello no solo se refleja en la participación de 17 representantes de 10 pueblos indígenas en la Convención Constitucional, sino también en la elección de una mujer mapuche a la cabeza de dicha Convención. Se refleja, además, en la centralidad que en la constituyente ha adquirido el debate sobre la plurinacionalidad e interculturalidad, los que han sido incorporados como principios en su reglamento general.

Ello no es una casualidad, sino consecuencia de una larga negación de la que estos pueblos han sido objeto por parte del “Estado-nación” y de la sociedad chilena. También es el resultado de la acción colectiva impulsada por los movimientos indígenas, visibilizando su exclusión y social y política, la apropiación de sus territorios y exigiendo el reconocimiento de sus derechos colectivos en Chile.

Los desafíos de la Convención en este sentido no son menores. En cuanto al proceso, ello supone, más allá de la inclusión en ella de los representantes indígenas, de un involucramiento activo de los diversos pueblos y comunidades en el debate constituyente. El reglamento de consulta y participación indígena recientemente aprobado por la Convención, con las indicaciones promovidas por los convencionales de pueblos indígenas y aprobado por una amplísima mayoría, es un buen augurio en este sentido.

En cuanto a los contenidos de la nueva Constitución, las demandas que los pueblos indígenas han formulado en el contexto de la constituyente se fundamentan en aquellos derechos que les han sido reconocidos ya por el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, el primero ratificado, y el segundo aprobado por Chile. Así, demandan la inclusión en la nueva Constitución de derechos políticos, como la libre determinación y la autonomía, la justicia e instituciones propias, la participación, la consulta y el consentimiento. A ello se agrega el reconocimiento en ella de los derechos territoriales, incluyendo aquellos sobre sus tierras, territorios y recursos naturales de uso y ocupación tradicional. También de sus derechos culturales que, junto a sus lenguas, incluyen derechos sobre su patrimonio cultural, conocimientos tradicionales y a la propiedad intelectual sobre los mismos.

Otro antecedente fundamental para tomar en consideración en un nuevo texto constitucional es el constitucionalismo latinoamericano referido a estos pueblos. Entre las constituciones que los pueblos indígenas en Chile han observado con interés se encuentra la de Colombia de 1991, la que además de establecer la representación indígena en el Congreso, protegió sus tierras colectivas y reconoció las entidades territoriales indígenas y su autonomía interna. También han puesto atención en las constituciones de Ecuador de 2008 y de Bolivia de 2009, las que junto deconstruir la ficción del “Estado-nación” para dar origen a estados plurinacionales – reestructurando para ello las instituciones públicas en el caso de Bolivia – proponen la interculturalidad como forma de relación entre los pueblos diferenciados, acogiendo en ellas concepciones indígenas como el buen vivir como legado cultural de los pueblos indígenas, o los derechos de la naturaleza en el caso de la constitución de Ecuador.

Los desafíos de la constituyente son aún mayores si consideramos el recrudecimiento de la violencia en el centro sur del país (Wallmapu), territorio en el cual los hechos de fuerza son cada vez más frecuentes. No podemos desconocer que la violencia ejercida en contra de bienes y personas son hoy imputables no solo a las fuerzas policiales del Estado, sino a grupos radicales, tanto de la sociedad mapuche como chilena, con graves implicancias para los derechos humanos y la convivencia intercultural.

Quienes como el gobierno actual piensan que los estados de emergencia y la presencia militar en esa parte del país lograrán recomponer la convivencia intercultural entre el pueblo mapuche y el estado y sociedad chilena están equivocados. La convivencia pacífica y armónica entre estados y los pueblos diversos que habitan en ellos que han sido objeto de exclusión y despojo, solo se puede construir a partir del diálogo y del establecimiento de una institucionalidad de la mayor jerarquía que reconozca sus derechos y ponga fin a dicha exclusión y despojo, y establezca nuevas formas de relación justas. Ese es el imperativo de la Convención Constitucional en el momento actual.

 

* Coordinador del Programa Globalización y Derechos Humanos, Observatorio Ciudadano
El contenido de esta columna forma parte del libro “Derechos Sociales y el Momento Constituyente en Chile”, editado por el Programa de Derecho Ambiental y Cambio Climático y el Programa de Estudios Europeos de la Universidad de Concepción, la Universidad de Essex (Reino Unido) y la Iniciativa Global por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (GI-ESCR).

 

Publicada originalmente por La Tercera: https://www.latercera.com/reconstitucion/noticia/columna-de-jose-aylwin-pueblos-indigenas-y-nueva-constitucion/4CMT6J2AZRCNVB67FZJBGRR4EE/

El rol de las mujeres indígenas en el desarrollo social, político y cultural de sus pueblos y en la construcción de un nuevo Chile

Por Karina Vargas*

El proceso constituyente en desarrollo es una oportunidad para repensar el país en que vivimos y establecer nuevas formas de convivencia entre las personas y los pueblos que lo habitan.

La Constitución Política impuesta por la dictadura en 1980 estableció una concepción mono cultural del Estado, siguiendo el modelo clásico de “Estado-nación”, desconociendo la existencia y derechos de los pueblos indígenas que habitan Chile. Además desprotegió los derechos económicos, sociales y ambientales, en contraste con la protección otorgada a los derechos de propiedad de particulares, incluyendo aquellos sobre bienes comunes como el agua, lo que resultó en un deterioro acelerado de los ecosistemas del país.

Contrario a ello, en las últimas décadas en las Constituciones de América Latina, se ha venido reafirmado la concepción del Estado social de derecho, en el que el Estado tiene un rol fundamental en la economía, así como en el aseguramiento de los derechos humanos, incluyendo entre ellos los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, estableciendo mecanismos para permitir su exigibilidad; y a su a vez se vienen superando las concepciones mono culturales del Estado para reconocer la pluralidad de pueblos y naciones que lo conforman, entre ellos los pueblos indígenas, así como sus derechos colectivos y los aportes que estos pueblos y naciones aportan al desarrollo cultural, social y económico de los Estados.

En este contexto, el rol de las mujeres indígenas empieza a relevar su real importancia, no sólo por el hecho histórico que significa que de los 17 escaños reservados para los y las representantes indígenas, 9 de ellos son para mujeres indígenas, y que además haya resultado electa para presidir la Convención a una mujer mapuche, la Dra. Elisa Loncón. Resaltando que cuatro candidatas electas por escaños reservados tuvieron que ser reemplazadas por sus candidatos alternos, a fin de lograr la paridad. Es decir que, sin la aplicación del mecanismo de paridad, en el caso de los pueblos indígenas 13 cupos habrían sido asignados a mujeres y sólo cuatro a hombres.

Todo ello expresa la reivindicación y valoración de los aportes que vienen realizando las mujeres indígenas dentro de sus territorios, comunidades, organizaciones y en el país en general. Aportes que no siempre son visibilizados, pero que en el actual proceso constituyente comienzan a relevarse.

En este sentido, es importante resaltar el rol fundamental de las mujeres indígenas en el desarrollo social, político y cultural de sus pueblos y naciones, ya sea desde su rol en la transmisión de sus saberes tradicionales, en la revitalización de sus idiomas, en su aporte a la soberanía alimentaria y el cuidado de las semillas, como en el rol que desempeñan en el contexto actual de pandemia, donde aportan sus conocimientos en salud y en el uso de las plantas medicinales, así como la activación de redes para el trueque e intercambios solidarios de sus productos.

Las mujeres indígenas también cumplen un rol importante en la defensa del medio ambiente y sus territorios; son activas defensoras del territorio. Por ejemplo, Ercilia Araya, lideresa Colla, que ha sido criminalizada y hostigada por defender los derechos de su comunidad frente al daño ambiental de diversas mineras canadienses en la región de Atacama1, o Machi Millaray, líder espiritual mapuche que viene luchando por la protección del Río Pilmaiken, estrechamente relacionado al Complejo Natural Ceremonial Ngen Mapu Kintuante, ubicado en el sector rural de Maihue –Caramallín– región de Los Lagos y región de Los Ríos, que se encuentra amenazado por la construcción de dos proyectos hidroeléctricos (proyecto hidroeléctrico Osorno y Los Lagos), los cuales fueron autorizados sin un proceso de consulta y sin obtener el consentimiento de las comunidades afectadas2.

Asimismo, frente a las amenazas del cambio climático, como las grandes sequías o invernadas extremas en los territorios, las mujeres indígenas realizan aportes importantes a la lucha contra el cambio climático, a través de sus conocimientos tradicionales, respecto al manejo y conservación de los bienes comunes o recursos naturales, para adaptar sus cultivos a situaciones adversas a fin de asegurar la soberanía alimentaria, o aportar a la protección de la biodiversidad del planeta en su rol de guardianas de las semillas.

Y desde luego, la activa participación política que ejercen en sus territorios, comunidades, organizaciones y en la política nacional donde cada vez están más presentes para denunciar el despojo de sus territorios, la defensa del agua y los bienes comunes, y las políticas extractivas, neoliberales y patriarcales del Estado.

Sin embargo, a pesar de estos aportes vitales, las mujeres indígenas son quienes afrontan las mayores desigualdades sociales y brechas de género en el país, debido a la intersección que existe por ser mujer e indígena. Lo que se aprecia, por ejemplo, en mayores barreras en el acceso a la justicia, a la educación y a la salud de calidad. Además, son quienes afrontan mayores situaciones de discriminación y violencia que, entre otras, se manifiestan en tasas de pobreza por ingresos y multidimensional que se acercan respectivamente al 18% y al 30% frente al 11% y 20% de las mujeres no indígenas (RIMISP, 2017). Sumado a las condiciones de vulnerabilidad de las mujeres indígenas, el alto porcentaje de hogares con jefatura femenina por pertenencia a pueblos indígenas llega al 44% (Casen, 2017), en muchos casos debido a la migración de sus parejas que se van a trabajar lejos, con la consecuente sobrecarga de trabajo para las mujeres que quedan solas a cargo de la casa los hijos, la chacra y los animales.

Esta situación se agrava con las desigualdades de género, que afectan tanto a la mujer indígena como la no indígena, tal como las bajas tasas de participación laboral, que en la zona rural llega al 32,1% de la tasa de ocupación para las mujeres, frente al 64,7% de la tasa de ocupación para los varones (Casen, 2017). Además, cuando las mujeres indígenas rurales pueden acceder al trabajo, la probabilidad que éste sea informal, inestable o con bajos ingresos es mayor que en el caso de los hombres, siendo que sus ingresos principales derivan de actividades vinculadas con la agricultura y el comercio.

A lo anterior se suma la violencia hacia las mujeres, que aún existe y afecta las relaciones de complementariedad entre los géneros. Además de ser quienes asumen la mayor cantidad de tareas de cuidado y crianza.

En este sentido, las mujeres indígenas que han sido electas como convencionales, vienen expresando no sólo su voz y sus aportes, sino también las vivencias de sus pueblos y territorios, pues son mujeres que han debido enfrentar diversas desigualdades, violencias y atropellos a sus derechos por ser mujeres e indígenas. Cuyas historias de vida están cruzadas por la violencia del Estado y por una resistencia cultural, social y económica, que les permite hoy en día estar en ese espacio.

Es por ello que la nueva Constitución para Chile, que ya se empieza a escribir, con la participación directa de estas mujeres y recogiendo sus propuestas, saberes, historias de vida y aspiraciones de sus pueblos, sin duda será un hito fundamental para avanzar en superar las brechas que enfrentan y para garantizar los derechos de sus pueblos y de las mujeres indígenas de acuerdo con los estándares del derecho internacional de los pueblos indígenas y los estándares del derecho internacional sobre la mujer. Así como a aportar en general a la construcción de un nuevo país, porque avanzar hacia el buen vivir para todos los pueblos no puede concebirse sin el bienestar de todas las mujeres.

 

* Coordinadora Programa Derechos de Pueblos Indígenas, Observatorio Ciudadano.

Publicada originalmente por El Mostrador

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

Declaración Pública ante rechazo injustificado de la solicitud de ECMPO de la comunidad Yagán de Bahía Mejillones

Declaración Pública de profesionales en apoyo de los Espacios Costeros y Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), sobre el rechazo injustificado de la solicitud de ECMPO de la comunidad Yagán de Bahía Mejillones.

Actualmente en Chile, la Comunidad Yagán de Bahía Mejillones es la única comunidad del pueblo yagán que se mantiene presente en su territorio ancestral, tras el doloroso proceso de genocidio que han vivido en estos últimos dos siglos.

La comunidad Yagán de Bahía Mejillones, en la comuna de Cabo de Hornos, solicitó un Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO, Ley N° 20.249) en el mes de septiembre del año 2019, cuya admisibilidad ha sido rechazada ya en dos oportunidades por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca). Entre los argumentos contenidos en las resoluciones de inadmisibilidad del ECMPO (Res. Nº 3032 del año 2109 y Res. Nº 2062 del presente año), es posible encontrar un sinnúmero de anomalías y vicios de interpretación arbitrarios, los que creemos constituyen ilegalidades respecto a la correcta aplicación de la ley, demostrando además una abismante falta de pertinencia cultural en el ejercicio del deber público.

El primer punto que Subpesca objeta es que el Espacio sea solicitado solo por la comunidad Yagan Bahía Mejillones:

En efecto, la Ley N° 20.249 y su reglamento disponen la realización de un estudio de acreditación de los usos consuetudinarios invocados en las solicitudes de ECMPO, que queda en manos de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) como organismo competente, organismo que además tiene la facultad y el deber de realizar una consulta a las comunidades aledañas, con el fin de identificar, o bien descartar, potenciales conflictos de uso con comunidades no titulares de la solicitud en cuestión. Nos parece claro que es Conadi y no Subpesca la institución encargada de constatar, en la etapa procedimental correspondiente, si es que un determinado territorio ha sido usado consuetudinariamente por una o más comunidades.

Cualquier funcionario público de la región de Magallanes, que por la naturaleza de sus funciones deba relacionarse con comunidades indígenas, debería estar en conocimiento de que en la comuna de Cabo de Hornos no existe más que una sola comunidad indígena: la comunidad Yagán de Bahía Mejillones. Asimismo, debería saber que los pueblos aledaños, como el Selk’nam y Kawésqar, lo mismo que el propio pueblo Yagán, fueron objeto de un proceso colonizador que significó su cuasi exterminio, cultural y físico, lo que explica la inexistencia actual de otros pueblos originarios y comunidades en el territorio en cuestión. Luego, los yagán sobrevivientes fueron objeto de políticas públicas que los expulsaron de su territorio y los redujeron a vivir en Ukika, en la periferia urbana de Puerto Williams. También enajenaron sus expresiones culturales y libertad para implementar sus satisfactores tradicionales, incluyendo la posibilidad de movilizarse por sus canales e islas y reocuparlas como antaño.

Por todo esto, solicitar a la comunidad Yagán de Bahía Mejillones que justifique por qué es la única solicitante del ECMPO, constituye una ofensa por parte del Estado. Por lo demás, en una región con reducida población, como es la región de Magallanes, la cantidad de comunidades indígenas por comuna es un dato bastante expedito de averiguar y disponible para consulta pública para las instituciones del Estado, por lo que consideramos que dicha exigencia no se justifica.

Un segundo punto objetado por Subpesca argumenta que la comunidad tendría como objetivo el reconocimiento territorial, y no el resguardo del uso consuetudinario del territorio. No obstante, la solicitud de ECMPO de la comunidad Yagán de Bahía Mejillones tiene como objetivo justamente el reconocimiento y resguardo del uso consuetudinario de la comunidad. Los derechos territoriales del pueblo Yagán ya han sido reconocidos por el Estado a través del establecimiento del Área de Desarrollo Indígena (ADI) Cabo de Hornos, establecida por Decreto Nº 279 del 16 de diciembre del año 2005, y que involucra toda la comuna de Cabo de Hornos.

Para un pueblo nómade, la mayoría de los usos consuetudinarios dependen de la navegación y la libertad de poder recorrer y, de esta forma, habitar su territorio. El uso consuetudinario de la navegación ha sido esgrimido por múltiples solicitudes de ECMPO que han sido ingresadas a Subpesca en ésta y otras regiones. Que la comunidad solicite en administración a través de la figura de ECMPO la totalidad del territorio costero y marino que el Estado le ha reconocido a través del ADI Cabo de Hornos, es del todo coherente con el objetivo citado, toda vez que sobre este espacio se ciernen graves amenazas que podrían, en el corto plazo, significar su degradación socioecológica, así como acentuar aún más su enajenación y, con ello, la imposibilidad de ejercer el uso consuetudinario en cuestión.

De esta forma, creemos que es una irregularidad que Subpesca cuestione de antemano la existencia o no de uso consuetudinario en el espacio solicitado, asunto que se encuentra dentro de las competencias de Conadi, tal como la Ley N° 20.429 y su reglamento lo contemplan.

Por último, Subpesca impugna la extensión solicitada por la comunidad, argumentando que no es razonable en función de su supuesto “uso exclusivo”. Esta es la afirmación más grave dentro de la resolución de rechazo, ya que se basa en la falacia de que el ECMPO es una figura de uso exclusivo, argumento que que ha sido largamente contestado a partir de la propia implementación de la ley , y que lamentablemente el organismo estatal sigue replicando, lo que constituye una negligencia grave y una demostración del racismo institucional existente en la región y el país. Este marco de referencia ha sido utilizado también para fomentar conflictos entre comunidades indígenas y otros actores territoriales en otras partes del país, a través de comunicados emitidos principalmente desde el mundo industrial. Que sea el Estado, a través de las instituciones públicas, quién lo replique, nos parece extremadamente grave pues fomenta la conflictividad local y la pérdida del tejido social de la localidad. Parece legítimo preguntarse entonces: ¿el Estado se hará cargo de resolver los conflictos entre estos actores? Remarcamos que los ECMPO son figuras de administración de la zona marino-costera que resguardan los usos consuetudinarios de los pueblos originarios, sean éstos los usuarios titulares o no titulares de la solicitud. Además, los ECMPO pueden incorporar como usuarios no titulares a diversas organizaciones y actores territoriales no indígenas, como sindicatos de pescadores, asociaciones de turismo, pequeños productores acuícolas, entre otros, que se comprometan con respetar el cuidado de estos usos y los ecosistemas que los soportan. Los usuarios no titulares se incorporan en el Plan de Administración del ECMPO a través de acuerdos que establecen las obligaciones y derechos de los diversos usuarios. Es importante mencionar que estos acuerdos se han dado en otras solicitudes de ECMPO, los que también han sido reconocidos y avalados por el propio Estado, y que se proyectan como estrategias de gobernanza local de la zona marina costera de Chile.

La comunidad Yagán de Bahía Mejillones acoge a los descendientes de un pueblo originario cuyo territorio fue invadido, y diezmada su población, por una sociedad cuyo racismo sigue operando.

Por todo lo anteriormente señalado, declaramos nuestro repudio al rechazo de la solicitud del ECMPO de la comunidad Yagán de Bahía Mejillones, e instamos a todas las comunidades y actores del territorio a demandar la aplicación de la Ley N° 20.249, conforme a derecho y a las atribuciones legales contenidas en la norma. Asimismo, esperamos que las instituciones que deben velar por las solicitudes de los ECMPO revisen sus métodos y relaciones con las comunidades solicitantes, eliminando todo atisbo de racismo y promoviendo el diálogo entre los habitantes de la zona marina costera del país.

 

David Núñez Maldonado, antropólogo, Consorcio TICCA y ONG Poloc

Álvaro Montaña, geógrafo

Ricardo Álvarez A., antropólogo, Fundación Omora

Tamara Contador, bióloga, Fundación Omora

Ignacio Martínez Jadue, abogado, Fundación Terram

Christian Paredes L., abogado, Fundación Terram

Lorena Arce, ingeniera, Observatorio Ciudadano y Consorcio TICCA

José Aylwin, abogado, Observatorio Ciudadano

Hernando Silva, abogado, Observatorio Ciudadano

Felipe Guerra, abogado, Observatorio Ciudadano

Ezio Costa, abogado, FIMA

Gabriela Burdiles, abogada, FIMA

Patricia Araya, abogada, FIMA

Victoria Belemmi, abogada, FIMA

Consuelo Tardones, antropóloga

Emilia Catalán, antropóloga, Grupo Antropología de la Conservación

Wladimir Riquelme Maulén, antropólogo, Grupo Antropología de la Conservación

Francisco Araos, antropólogo, Grupo Antropología de la Conservación

Joaquín Almonacid, antropólogo, Grupo Antropología de la Conservación

Francisco Brañas, geógrafo, Grupo Antropología de la Conservación

Rodrigo Díaz Plá, antropólogo, QUIÑE, Centro de Investigación/Acción de la Pesca Artesanal y las Sociedades Costeras, Coquimbo

Natalia Guerrero, socióloga, Observatorio Social del Patrimonio Biocultural de la Pesca Artesanal e Indígena, Pichilemu

 

05 de septiembre de 2021

Foto: Información Radio del Mar

 

 

Violencia en Wallmapu: cómo se impuso y cómo superarla

En días recientes hemos visto como nuevamente hechos de violencia acaban con la vida y ponen en peligro la integridad de personas, lesionando gravemente la convivencia interétnica en el Wallmapu, territorio ancestral mapuche, en la parte sur de Chile.

La muerte de un comunero mapuche a manos de carabineros, ocurrida durante una acción de sabotaje en contra de una faena forestal, en la cual un trabajador resultó gravemente herido por disparos de encapuchados, a lo que siguió la quema de maquinarias y vehículos forestales en días posteriores, hechos auto adjudicados por referentes mapuche, dan cuenta del recrudecimiento de la violencia en esta parte del país.

Se trata de hechos lamentables y condenables cada vez más frecuentes que no nos pueden, ni nos deben, dejar de impactar. Con preocupación percibimos que se impone una lógica de guerra, que desde el estado y sectores de la sociedad chilena por un lado se alienta, y que algunos sectores del pueblo mapuche, por otro, parecen tentados a seguir. Ello ocurre justamente en momentos en que se inicia el trabajo de la Convención Constitucional a través del cual se busca precisamente nuevas formas de convivencia entre el estado chileno y los pueblos indígenas, objetivo que dichos sectores parecieran con sus acciones empeñados en impedir.

Como en la mayor parte de las situaciones de escalamiento de la violencia, sabemos cómo estas se inician, pero no como terminan. Así sabemos, o deberíamos saber a estas alturas si tenemos algún conocimiento de la historia de Chile, cómo se originó el conflicto en esta parte del país. Fue hace ya casi cinco siglos atrás a través de una guerra de conquista, también conocida por la historiografía tradicional como la guerra de Arauco, mediante la cual los españoles ocuparon un territorio hasta entonces habitado y controlado por el pueblo mapuche, intentando someter a sus integrantes y a su territorio al dominio de la corona.

También sabemos que, aunque los españoles fueron exitosos en su intento por dominar parte del territorio mapuche -el pikun mapu- en el centro del país, no lo fueron al sur del Bío Bío. Como consecuencia de la resistencia mapuche los primeros se comprometieron a través de parlamentos o tratados, a respetar sus territorios y autoridades al sur del Bío Bío. Más tarde, sin embargo, el estado de Chile, incumpliendo lo convenido en dichos acuerdos, así como también en aquellos que fueron suscritos por sus primeros gobiernos, mantuvo la lógica de la guerra. Ello al invadir el Wallmapu en la segunda mitad del siglo XIX y al reducir a este pueblo a un cinco por ciento de sus tierras al sur del Bío Bío, sometiendo a sus integrantes a sus leyes y gobiernos.

No bastando lo anterior, durante el siglo XX, el estado dividió sus tierras comunitarias, promovió su apropiación por particulares, dando origen al latifundio en la zona, e imponiendo su lengua y cultura, a fin de consolidar el despojo y la dominación mapuche. Durante la dictadura cívico militar ese proceso no solo se vio acelerado, sino que se promovió el desarrollo por privados de iniciativas forestales, hidroeléctricas, pisícolas, proceso que se mantiene hasta hoy y, que por su magnitud, algunos mapuche denominan la tercera invasión de Wallmapu.

El caso más crítico es el de la expansión forestal, la que hoy ocupa más de dos millones de hectáreas al sur del Bío Bío, 1.5 millones de ellas en manos de dos grandes conglomerados, en contraposición con el millón de hectáreas que el estado hoy reconoce a un pueblo de casi dos millones de integrantes. Los monocultivos forestales no solo se han instalado sobre tierras de ocupación tradicional mapuche, sino que también han empobrecido los ecosistemas y la biodiversidad, así como sus economías tradicionales incrementando la pobreza material, hecho constatado por los indicadores oficiales (Casen 2020), deteriorando sustancialmente la convivencia interétnica e intercultural en todo Wallmapu.

Frente a la protesta inicialmente pacífica impulsada por los mapuche frente a esta realidad desde hace al menos dos décadas, el estado respondió con todo su aparataje policial y legal, ejerciendo violencia física en contra de las comunidades y sus familias. Ello resultó en la muerte de al menos una decena de integrantes de comunidades, en innumerables casos de tortura y tratos crueles en contra de estos, incluyendo casos que afectaron a niñ@s, mujeres y ancian@s. También resultó en la persecución de centenares de líderes mapuche, los que han sido víctima de largos procesos judiciales, prolongada prisión preventiva, y condenas contrarias al debido proceso como lo ha señalado la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Incumpliendo sus obligaciones adquiridas al amparo de la ley sobre desarrollo indígena (19.253 de 1993) y del Convenio 169 de la OIT ratificado por Chile el 2008, y sin respuesta adecuada del estado -más allá de la compra de tierras reduccionales usurpadas- a las demandas del pueblo mapuche, entre las que se incluye la salida de las forestales de Wallmapu y el reconocimiento de los territorios de uso y ocupación tradicional junto con formas de autonomía y control de los mismos, como era previsible, la respuesta de algunas de sus organizaciones mapuche se ha tornado cada vez más frontal. Ella ha incluido el desarrollo de acciones de fuerza en contra de bienes, en particular aquellos de propiedad de las forestales, acciones que en no pocos casos han afectado la vida e integridad de un número igualmente no menor de personas no mapuche.

Teniendo claridad entonces de cómo se ha generado la violencia en esta parte del país, y la responsabilidad que cabe al estado y la sociedad chilena en ello, cabe preguntarse entonces ¿cómo salimos de esta espiral de violencia? ¿cómo salimos de la lógica de la guerra?

Conflictos interétnicos como el que hoy se vive en Wallmapu no son poco comunes en el mundo. Ellos existen en muchos estados excluyentes auto concebidos como monoétnicos. La experiencia demuestra que ellos han sido abordados o a través del diálogo y del entendimiento, o del enfrentamiento. Sabido es que el camino del enfrentamiento, de la guerra, tiene tanto desde la perspectiva estratégica como de los derechos humanos serios peligros. Desde la primera perspectiva, estas suelen tener como triunfantes a quienes tienen el monopolio de las armas, cuestión que en este caso claramente pone al estado chileno en una posición de privilegio por sobre organizaciones mapuche que actualmente reivindican el uso de la fuerza.

Pero más importante que ello, aunque las demandas del pueblo mapuche son desde una perspectiva histórica y contemporánea legítimas, y condenemos que el estado chileno haya impuesto a sangre y fuego su visión e intereses sobre los del pueblo mapuche, tampoco podemos, desde la perspectiva de los derechos humanos, justificar pasar por encima de la vida y la integridad de otros sectores que habitan el Wallmapu. El peligro es grande.

Posiblemente conscientes de ello, y basado en la larga tradición mapuche de parlamentar, es que una parte no menor del movimiento mapuche apostó al proceso constituyente como una alternativa para abordar y superar los conflictos históricos y presentes con el estado y la sociedad chilena. Tal como los representantes mapuche, así como de otros pueblos indígenas que participan de la Convención Constitucional mediante el mecanismo de escaños reservados han señalado, a través de su participación en esta instancia, que se aspira a refundar el “estado-nación” excluyente hasta ahora existente, para dar paso al reconocimiento de Chile como estado plurinacional. Junto a ello, apuestan a que la nueva constitución que emane de ella establezca las bases de una futura convivencia basada en los derechos colectivos que como pueblos les corresponden, entre ellos la libre determinación y autonomía, y los derechos a la tierra y el territorio.

Dada la gravedad del contexto actual, sin embargo, y teniendo presente que un acuerdo constitucional que emane de la Convención y que establezca las nuevas bases de una convivencia entre el estado, el pueblo mapuche y los demás pueblos indígenas tomará tiempo, es que se requiere con urgencia y en el corto plazo de la generación de instancias de diálogo para abordar los temas más urgentes de la convivencia interétnica e intercultural en Wallmapu, impidiendo así que el escenario de violencia siga en aumento.

Constatando que las autoridades del gobierno actual, en sus últimos meses en el poder, y luego de su fracasada gestión del conflicto en Wallmapu, carecen de credibilidad para convocar a espacios de conversación y entendimiento, pensamos que, con el asentimiento de ambas partes, este podría ser convocado desde entidades como el Sistema de Naciones Unidas o el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, o en su defecto, desde centros de mediación internacional de trayectoria en negociaciones de paz.

Tanto el proceso constituyente como la convocatoria a instancias de diálogo urgente entre el pueblo mapuche y el estado constituyen herramientas fundamentales para revertir una espiral de violencia creciente que hoy se vive en Wallmapu, así como para avanzar hacia nuevas formas de convivencia intercultural basadas en el respeto a los derechos de los pueblos y las personas que aquí habitamos.

Estamos en un momento crucial; o se buscan caminos de entendimiento interétnico en Wallmapu o se consolida la lógica de la guerra. Apostamos a lo primero.

Autores de la columna: Lorena Arce Letelier, José Aylwin Oyarzún, Rubén Sánchez Curihuentro y Hernando Silva Neriz, integrantes del Observatorio Ciudadano.

Publicada por El Mostrador: https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2021/07/22/la-violencia-en-wallmapu-sobre-como-se-impuso-y-como-superarla/

Fotografía: Agencia ATON

Declaración Pública Observatorio Ciudadano Frente a la instalación de la Convención Constitucional

Nuestro país está ad portas de enfrentar un momento histórico. Es la primera vez en que la ciudadanía representada por sus diversos sectores, con paridad de género, e inclusión de los pueblos y naciones originarias, tiene la posibilidad de elaborar una Constitución que sea el reflejo de los sueños y anhelos de nuestra sociedad, respondiendo al clamor ciudadano manifestado en las masivas movilizaciones desde el 18 de octubre de 2019.

Dicho proceso debe realizarse considerando la participación efectiva y aportes de la ciudadanía y de sus representantes en la Convención Constitucional. Para ello, es trascendental que el Estado, a través de las diversas instituciones que se involucren en el proceso constituyente, colaboren en la creación de condiciones que permitan hacer efectiva la  participación de las y los constituyentes electos, así como de la ciudadanía en general.

Respecto a la generación de las condiciones que permitan la participación plena de las y los constituyentes en el proceso, es imprescindible que el Gobierno –a través de la Secretaría General de la Presidencia (SEGPRES)– comprenda las diversas realidades de quienes integran el órgano constituyente. Ello considerando su diversidad de género, étnica, etaria y territorial, para de esta forma permitir que quienes realicen dicha labor puedan hacerlo con todas las condiciones materiales necesarias para asumir  y desarrollar sus funciones.

Un ejemplo claro de ello, es el de las y los constituyentes de escaños reservados de los pueblos originarios, quienes en ejercicio de sus derechos fundamentales, han planteado  diversos requerimientos logísticos al Gobierno relativos a sus prácticas culturales y espirituales, las que inicialmente no fueron atendidas de manera eficaz por la SEGPRES. El  desconocimiento inicial de dichos requerimientos, además de dar cuenta de la carencia de un enfoque intercultural, generó un clima de confrontación y desconfianza, la que afortunadamente fue resuelta tras diversas gestiones de las y los convencionales de escaños reservados de pueblos indígenas.

En cuanto a la participación más amplia de la ciudadanía en  el proceso constituyente, consideramos que ella es un requisito fundamental para dar legitimidad al futuro texto constitucional a ser elaborado por la Convención Constitucional. Para posibilitar dicha participación, es necesario, en primer término, garantizar la transparencia del proceso, transmitiendo públicamente todas las sesiones de la Convención, lo que permitiría a la ciudadanía conocer los temas tratados y las votaciones de cada uno y una de los y las convencionales. Por otro lado, resulta esencial la generación de espacios que permitan la participación efectiva de la ciudadanía, mediante audiencias públicas para que la Convención escuche los planteamientos que realicen diversos sectores de la sociedad. En este sentido, es importante también que se puedan recoger las voces, ideas y sentires de comunidades que no obtuvieron representación en la Convención, tales como el pueblo tribal afrochileno y las comunidades migrantes.

Asimismo, resulta  fundamental que se generen instancias que permitan a la ciudadanía dirimir frente a nudos críticos que se generen en el proceso constituyente, para de esta forma resolver de manera soberana dichas situaciones. El diálogo intercultural, sin duda, será  fundamental para posibilitar intercambios de los distintos pueblos, cosmovisiones y culturas hoy participantes en este proceso. Ello a objeto de alcanzar consensos en igualdad de condiciones entre estos pueblos y culturas, sin imposiciones de ningún tipo, como las que hasta hoy han sido impuestas por sectores dominantes en la sociedad chilena. Por otro lado, se hace imprescindible involucrar a las y los diversos actores sociales en el proceso mediante un trabajo territorial permanente de las y los convencionales, en el que se nutran de las propuestas ciudadanas y que estos a su vez den cuenta ante los territorios del debate en la Convención Constitucional. 

Finalmente, celebramos la puesta en marcha de este proceso democrático histórico para el país, y esperamos que a través de él, se recojan las demandas de la ciudadanía, naciones y pueblos que por tanto tiempo han sido ignoradas. Asimismo, anhelamos que una nueva Carta Magna se traduzca en mayor justicia social, dignidad, equidad y bienestar para todas las personas  y pueblos que habitamos en Chile. Como Observatorio Ciudadano nos ponemos a disposición de la ciudadanía y convencionales electos para que este proceso se lleve a cabo satisfactoriamente y podamos construir una sociedad más inclusiva, intercultural y respetuosa de los derechos humanos.

 

Observatorio Ciudadano

03 de julio de 2021

 

Convención Constituyente en Chile: Esperanzas, críticas, y las posibilidades de un cambio estructural respecto a los pueblos originarios

Por Víctor Alejandro E. Saldivia Saldaña

 

En la Convención Constituyente que planea empezar su trabajo de elaboración de una nueva constitución política para Chile en 2021, se colocan las esperanzas no solo de los sectores sociales marginados en lo económico, sino que los pueblos originarios también consideran a la misma como una posibilidad de instaurar sus derechos en la nueva carta fundamental.

Sin embargo, tanto el apoyo a la participación como la confianza en que algún tipo de beneficio para los pueblos originarios puede resultar de la Convención, no es unánime. Ciertos sectores consideran que la partición en la Convención no es la forma adecuada de reivindicar los derechos de los pueblos, como parte de la derecha chilena rechaza la consideración de los pueblos originarios como colectividades con identidades diferenciadas que merecen que sus derechos sean reconocidos y respetados. Debido a que el discurso tanto dentro como fuera de estas colectividades no es homogéneo, resulta informativo el analizar las palabras de representantes y candidatos para intentar comprender qué piensan y por qué apoyan o rechazan la participación en esta reforma constitucional.

Este informe se divide en cuatro secciones. En primer lugar, hacemos un análisis del discurso en relación con la discusión sobre el establecimiento de escaños reservados para los pueblos originarios. En esta primera parte empezamos a ver las diferencias en las perspectivas tanto dentro como fuera de las organizaciones indígenas respecto de la participación en una institución política no propuesta ni aprobada por los pueblos originarios como el vehículo para la satisfacción de sus derechos. En la segunda sección, tomamos en cuenta las diferentes acusaciones de racismo y paternalismo que son consideradas subyacentes a dicha institución política, no solo por cómo fue establecida sino también por cómo los escaños reservados fueron rechazados por ciertos sectores de la sociedad chilena. En la tercera parte hablaremos del posible reconocimiento constitucional de los pueblos originarios, y cómo este reconocimiento podría funcionar dentro del estado chileno, considerando la plurinacionalidad como un elemento guía para la participación política. En la cuarta sección finalmente analizamos las esperanzas de representantes y candidatos indígenas sobre qué puede lograrse mediante la participación en la Convención Constituyente. Por último, cerramos con unas consideraciones finales sobre los discursos y las posibilidades reales de cambios profundos en la constitución política y la política chilena en general respecto de los pueblos originarios.

 

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Presentan plataforma virtual sobre el impacto de proyectos en comunidades indígenas

La plataforma Derechos Colectivos Vulnerados fue presentada oficialmente este viernes 11 de diciembre a través de los canales virtuales de Servindi. Se trata de una herramienta disponible en Story Maps, didáctica y de fácil uso, realizado por Rights and Resources Initiative (RRI) con el apoyo de Amazon Conservation Team (ACT).

El lanzamiento de esta plataforma contó con la participación de miembros de RRI y ACT, y un panel conformado por líderes indígenas, quienes comentaron sobre la grave afectación multidimensional que realizan las industrias extractivas y proyectos de infraestructura sobre los derechos colectivos y el territorio de comunidades locales y originarias en países de Latinoamérica.

Servindi, 11 de diciembre, 2020.- La plataforma Derechos Colectivos Vulnerados, herramienta didáctica disponible en Story Maps, fue presentada oficialmente este viernes 11 de diciembre a través de los canales digitales de Servindi, entre las 10 y 11:15 a. m. (hora de Perú).

La plataforma, que es un aporte de Rights and Resources Initiative (RRI) y de Amazon Conservation Team (ACT), muestra la grave afectación multidimensional que realizan las industrias extractivas y proyectos de infraestructura sobre los derechos colectivos y el territorio de comunidades locales, de los pueblos indígenas y afroamericanos en seis países de Latinoamérica: Brasil, Colombia, Guatemala, Honduras, México y Perú.

El evento inició con las palabras de Omaira Bolaños, directora de RRI para América Latina, quien destacó que la violación a los derechos de las comunidades no son casos aislados, pues tiene un efecto multidimensional y multiplicador, y en esto se orienta la herramienta Derechos Colectivos Vulnerados.

Es decir, afectan todos los aspectos de la vida de las comunidades y su relación con su entorno, además de la afectación de una serie de derechos, explicó.

“Queremos demostrar que al abordar el tema de la violación de los derechos, necesitamos mirar los efectos acumulativos y las acciones para poder abordar y resolver los problemas y conflictos que tenemos, no podemos seguir mirando caso por caso, como si fueran aislados”, remarcó.

Expresó su deseo de que Derechos Colectivos Vulnerados registre más datos, ya que es la primera muestra en general “para poder marcar este tipo de enfoque de efecto e impacto multimensional de la violación de derechos”.

Después de la intervención de Bolaños, continuó Alejandra Zamora –facilitadora de RRI para Perú–, quien presentó la metodología y resultados del estudio, del cual se basó la plataforma.

El nombre del estudio es “Sistematización y análisis de casos de violación de derechos colectivos de pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades locales de América Latina vinculados a industrias extractivas y desarrollo de infraestructura en el periodo 2017 a 2019”.

Los impactos que causan las industrias están relacionadas a la extracción de minerales, madera, combustibles fósiles, agroindustria e infraestructura.

Se mapeó 102 proyectos y al menos 1164 comunidades fueron afectadas por la violación de 13 derechos, entre las principales están el derecho a un medioambiente saludable, al consentimiento libre, previo e informado, y al dominio colectivo sobre el territorio.

Los proyectos de infraestructura y minería fueron responsables por la mayoría de los casos reportados (68.6 %), afectando a unas 1052 comunidades.

Luego continuó Brian Hettler, representante de Amazon Conservation Team, quien explicó sobre el uso de la plataforma, como una “herramienta de comunicación en línea y fácil de usar”.

Precisó que Derechos Colectivos Vulnerados es una colección que reúne 7 Story Maps, y cuyo proyecto está disponible en 3 idiomas:

Así, el primer Story Maps presenta la perspectiva regional (Mesoamérica y Sudamérica), y los otros 6 son sobre los países México, Guatemala, Honduras, Brasil, Colombia y Perú.

Hettler presentó el dinamismo de los mapas, los gráficos y fotos que detallan los casos de las comunidades impactadas.

“Esperamos que este Story Maps facilite la comprensión de este asunto, a través de una herramienta de comunicación fácil de entender. Todos tienen la oportunidad para revisarlo y leerlo”, expresó.

Testimonios de líderes

Mayra Tenjo, miembro del equipo de RRI, moderó y presentó al panel conformado por líderes de organizaciones de la región, quienes brindaron sus testimonios y comentarios sobre el tema.

Melania Canales, presidenta de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (Onamiap), fue la primera en exponer en esta sección del evento. Ella abordó sobre el caso Las Bambas, mina de cobre situada en la región Apurímac, en la sierra peruana.

Indicó que muchos de los impactos ocasionados por la actividad minera son irreversibles, pues no solo afectan a las comunidades involucradas, sino también a la madre naturaleza.

“Donde hay minería, la tierra ya no produce por la contaminación. Esto afecta a la seguridad y soberanía alimentaria, y la seguridad de la medicina [natural], que es un derecho humano”, expresó.

Acotó que la contaminación minera también sucede en los ríos y, con ello, afecta a los recursos como los peces, que han provocado su desaparición en parte.

Esta afectación causa, por ejemplo, que los niños tengan metales pesados en la sangre. Así, el impacto también ocurre en la salud de la población, aduce.

En este sentido, remarcó que la extracción de minerales vulnera la identidad cultural y la biodiversidad, afecta a los saberes y a las prácticas ancestrales.

“Son afectados nuestros territorios”, enfatiza Canales, quien refiere que, en el caso de Las Bambas, la minería provoca el acaparamiento de las tierras y el “despojo territorial” que son amparados por el Estado y la policía.

Luego continuó Gregorio Díaz Mirabal, coordinador general en Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (Coica), quien enfatizó que el modelo capitalista, que desarrolla las actividades extractivas e infraestructura, es insostenible.

En este marco, señaló que la plataforma Derechos Colectivos Vulnerados en Story Maps es una herramienta para develar una realidad que está matando a la Amazonía y a los demás pueblos originarios de América.

“Esta herramienta permite visibilizar esos conflictos socioambientales, que están violando sistemáticamente todos nuestros derechos como pueblos indígenas”, sostuvo.

Explicó que el modelo económico que promueve esas actividades foráneas va en contra de sus cosmovisiones y en contra de la naturaleza.

“Este modelo es inviable, es inmoral porque está siendo impuesto por encima de las leyes, por encima de los gobiernos, por encima de la consulta previa”, puntualizó.

Díaz Mirabal, en este sentido, mencionó que Derechos Colectivos Vulnerados “es una herramienta de lucha para señalar dónde están los conflictos socioambientales”.

Y también considera que el reto ahora es que “esa herramienta llegue a nuestros territorios, a nuestros defensores, como un instrumento de lucha para nosotros”, a fin de defender sus derechos, más aún en el contexto del COVID-19.

Después continuó Gustavo Sánchez Valle, presidente de la Red Mexicana de Organizaciones Campesinas Forestales (Red Mocaf) y delegado de la Alianza Mesoamericana de Pueblos y Bosques.

Considera un acierto el trabajo de RRI y ACT sobre la creación de los mapas interactivos en Story Maps, que muestran las violaciones a las comunidades.

“Se le da voz, se le da rostro a estos procesos y dejan de ser un enfoque únicamente teórico […] Esta herramienta ayudará a visibilizar estos impactos”, mencionó sobre la plataforma.

Explicó que en México, los pueblos nativos viven una serie de afectaciones y despojos en los territorios desde la década de 1990, en la etapa neoliberal; y que desde el 2018, bajo un gobierno progresista, esta etapa neoliberal no ha cambiado.

Sobre el caso termoeléctrica de Huexca, comentó que este proyecto –cuestionado por contaminación ambiental– es impuesto por parte del gobierno mexicano.

“Story Maps ayudará a las organizaciones de pueblos indígenas y de comunidades locales a una defensa más efectiva de los territorios”, mencionó.

Siguió Milton Javier Caicedo, líder de los pueblos afrodescendientes en Buenaventura (Colombia) y miembro de la Fundación Transformando Mentes, articulado al Proceso de Comunidades Negras (PCN).

Él comentó sobre el caso de TC Buen, un proyecto portuario que desde el inicio de su construcción, en el 2008, violó una serie de derechos fundamentales en la comunidad Cinco.

Refirió sobre las afectaciones a las viviendas de los barrios de la comunidad y sobre los recursos marinos, entre otros. Indicó también que se violó la consulta previa.

El ruido de los contenedores ha causado la pérdida auditiva en parte de la población y el desplazamiento masivo de las personas, debido a la expansión del proyecto.

El lanzamiento de Derechos Colectivos Vulnerados culminó con la intervención de Omaira Bolaños, quien agradeció y resaltó las participaciones de los panelistas, y a Servindi por facilitar el espacio para la transmisión de este evento.

 

Fuente SERVINDI: https://www.servindi.org/actualidad-noticias/11/12/2020/titulo

Protegiendo las tierras indígenas: lecciones desde Chile

La ONG chilena Observatorio Ciudadano brinda apoyo a los pueblos indígenas en la tarea de demandar responsabilidades de las compañías mineras internacionales, a través de la combinación de Evaluaciones de Impacto en Derechos Humanos y el mapeo de las cadenas de inversión.

Los Colla han sido legalmente reconocidos como pueblo indígena y habitan en la región de Atacama, al norte de Chile. A pesar de que su territorio ancestral se extiende sobre 800.000 hectáreas, el gobierno chileno solo les ha otorgado derechos sobre cerca de 9.000 hectáreas de tierra.

Al ser pastores, los Colla migran con su ganado a través de los altos valles andinos, trasladándose desde los fríos pastizales montañosos en las estaciones cálidas, hacia humedales en latitudes bajas durante los meses fríos. Debido a este sistema de migración, cada una de las 55 comunidades colla necesitan contar con una gran extensión de tierra.

Sin embargo, el gobierno chileno no ha reconocido legalmente ni una décima parte del territorio indígena colla y por tanto, no se ha respetado su soberanía territorial. De hecho, Chile ha otorgado concesiones mineras a no menos de seis compañías mineras distintas, las que actualmente están realizando exploraciones dentro del territorio ancestral colla, interviniendo en humedales y lagunas que deberían ser áreas protegidas de acuerdo a la legislación nacional.

La compañía minera cuprífera de origen canadiense, Kinross Company, opera tres proyectos en las tierras ancestrales de una comunidad: la comunidad colla de Pai-Ote.

Entre los años 2007 y 2013, Kinross emitió grandes cantidades de mercurio en aguas de la comunidad colla de Pai-Ote, convirtiéndose en el segundo mayor emisor de mercurio en Chile. Producto de esto, los miembros de la comunidad se enfermaron y sus animales murieron luego de beber el agua contaminada.

En respuesta a las demandas interpuestas por la comunidad en 2016, la autoridad medioambiental chilena dictaminó que Kinross era responsable de la contaminación por mercurio y obligó a la empresa a llevar a cabo una limpieza.

El año 2012, Kinross comenzó con exploraciones para abrir nuevas faenas mineras a tajo abierto. Esta labor formó parte del proyecto “La Coipa fase 7”, con una inversión proyectada de 200 millones de dólares.

Durante la evaluación de impacto ambiental de este proyecto, Kinross sostuvo que no existían comunidades indígenas en el área de impacto del proyecto, pese a que se basó en mapas gubernamentales donde se reconoce el territorio colla y además, en conocimiento de que las actividades previas en esta misma área tuvieron como resultado la contaminación de las aguas de la comunidad colla de Pai-Ote. No obstante, esta evaluación de impacto fue aceptada por el gobierno chileno, y se otorgó el permiso para continuar con el proyecto.

El Observatorio Ciudadano (OC), es una ONG chilena enfocada en las violaciones de los derechos humanos en Chile y América Latina, con una preocupación particular por los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales.

Cuando José Aylwin, el coordinador del programa “Globalización y Derechos Humanos” del Observatorio conoció durante una reunión con parlamentarios en Santiago a Ercilia Araya, lideresa de la comunidad Colla de Pai-Ote, ella le dijo: “Mi comunidad es un territorio de conservación indígena y tenemos a diez mineras canadienses operando ahí. Queremos que nos venga a ver y trabaje con nosotros”.

El OC ha colaborado con la comunidad colla de Pai-Ote documentando los impactos de la minera Kinross en sus territorios, animales y recursos, así como también el acoso que del que ha sido víctima  Araya y su familia por parte de la policía, quienes constantemente la amenazan con iniciar un proceso en su contra debido a su activismo.

La Evaluación de Impacto en Derechos Humanos

Para poder abordar los conflictos relacionados con la minería, el OC y la comunidad colla de Pai-Ote trabajaron en conjunto una Evaluación de Impacto en Derechos Humanos (EIDH) en La Coipa Fase 7, la cual pronto estará operativa.

Una Evaluación de Impacto en Derechos Humanos identifica los impactos existentes y potenciales de las operaciones de una empresa en los derechos humanos de las familias y comunidades afectadas. Generalmente, las corporaciones desarrollan sus propias evaluaciones de impacto social, medioambiental y en derechos humanos, como parte de las diligencias necesarias que se deben realizar antes de una inversión.

Sin embargo, una EIDH impulsada y dirigida por la comunidad, asegura que los impactos identificados sean aquellos que efectivamente experimenta la comunidad. Además, empodera a los miembros de la comunidad para que logren vincular las violaciones vividas con las normativas nacionales e internacionales que protegen sus derechos.

Con el apoyo y la facilitación del equipo del OC, la comunidad colla de Pai-Ote analizó y discutió las normativas chilenas e internacionales vigentes, entrevistó a miembros de la comunidad y representantes de la Embajada de Canadá en Chile y se comunicó con los representantes en Chile de Kinross. Lo anterior, se complementó con documentos gubernamentales de conocimiento público tales como sentencias y expedientes de casos judiciales y los resultados de las evaluaciones de impacto ambiental.

En la EIDH, Segundo Araya Bordones, comunero colla de Pai-Ote, afirma: “Donde las grandes mineras extraían [agua] había hermosas llanuras, grandes lagunas, marismas… [Ahora,] no queda nada [más que] suelo puro, todo está árido…están secando las napas subterráneas”.

En julio de 2020, el OC y la comunidad colla de Pai-Ote publicaron su informe de EIDH y lo enviaron tanto a los ejecutivos de Kinross como a representantes gubernamentales de Chile y Canadá. El informe concluyó que ambos Estados han fallado en proteger los derechos territoriales colla.

En particular, el informe considera que el gobierno de Chile no ha reconocido ni protegido los derechos territoriales de la comunidad colla de Pai-Ote, así como su derecho al consentimiento libre, previo e informado (CLPI) en el contexto de las operaciones mineras de Kinross, en virtud del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 169 de la OIT).

La EIDH también afirma que el estado canadiense (donde tiene su domicilio Kinross) no cumplió con sus obligaciones extraterritoriales de derechos humanos. Finalmente, el informe indica que Kinross:

  1. No siguió los procedimientos de debida diligencia que podrían haber prevenido las violaciones de derechos humanos.
  2. No compensó a la comunidad, tanto por el uso de sus tierras ancestrales como por los daños medioambientales causados previamente, y
  3. Que las actividades mineras de Kinross obstruyeron la migración estacional de la comunidad colla de Pai-Ote y también “contaminaron los acuíferos y secaron las planicies y humedales andinos”.

La EIDH además consideró que como consecuencia de estas violaciones: “La economía ganadera que constituye la base material y cultural del modo de vida de esta comunidad, se encuentra en riesgo por la potencial contaminación de las aguas, la pérdida de territorio, la construcción de líneas eléctricas en las vegas [prados], las dificultades de acceso a las zonas veraniegas debido al cierre de carreteras, el secado de vegas y humedales como resultado de la extracción de agua dulce para el proceso minero, [todo lo cual afecta la] biodiversidad y el sistema productivo tradicional de las comunidades colla”.

En respuesta a las preguntas escritas enviadas por el OC respecto a sus políticas y operaciones, los representantes de Kinross señalaron: “Trabajamos para evitar todos los potenciales impactos negativos a los derechos de tierra y los intereses de las comunidades indígenas…La empresa cumple rigurosamente las obligaciones establecidas por la legislación nacional en cuanto a la evaluación de impacto de nuestros proyectos”.

Uso del mapeo de la cadena de inversión para ampliar el poder de la EIDH

El mapeo de la cadena de inversión es el proceso de documentar la red global de actores que hacen posible los proyectos de las empresas. Si bien el actor más visible en una cadena de inversión es la empresa que gestiona las operaciones diarias, detrás de ella existen otros actores, tales como:

  • Empresas matrices propietarias de la empresa que gestiona el proyecto.
  • Inversores y accionistas que invierten dinero en una empresa a cambio de acciones.
  • Prestamistas que otorgan préstamos a un proyecto o empresa.
  • Compañías de seguros que aseguran el proyecto contra eventuales riesgos.
  • Contratistas que realizan determinados trabajos en terreno para el proyecto.
  • Compradores que adquieren los productos del proyecto,
  • entre otros.

En cada momento de la cadena de inversión, se llevan a cabo negociaciones y se toman decisiones. Si las denuncias presentadas ante las autoridades locales y nacionales o la empresa en sí tiene un éxito limitado, las comunidades pueden llevar sus denuncias a otros actores de la cadena de inversión. Cada entidad de la cadena podría ser un punto de presión, lo que generaría ventajas a las comunidades, para que así la empresa modifique su comportamiento.

El OC realizó un mapeo de los inversores de Kinross, que incluyen al Deutsche Bank AG, al Banco de Nova Scotia, al Banco Morgan Stanley and Norges, los cuales son miembros parte del United Nations Global Compact (Pacto Mundial de Naciones Unidas) y por consiguiente, deben adherir a sus 10 principios, los que incluyen: “el apoyo, respeto y protección internacional de los derechos humanos proclamados internacionalmente (Principio 1), y deben asegurarse de que sus socios y colaboradores de proyecto no sean cómplices de la violación de tales derechos (Principio 2)”.

Consejo para lograr un impacto

El OC enviará prontamente el informe de EIDH a cada uno de los inversionistas y entidades pertenecientes a la cadena de inversión de Kinross y quedará a la espera de sus respuestas.

Si bien el trabajo de defensa está en curso, el OC ya puede dar cuenta de los beneficios de utilizar el mapeo de la cadena de inversión, como una forma de potenciar el informe de EIDH.

El mensaje del OC para otras organizaciones de la sociedad civil que defienden la tierra y que hacen frente a las violaciones a los derechos humanos cometidas por actores del sector privado, es claro: Si cuentan con un análisis basado en derechos humanos y un mapa de inversión, es posible dar cuenta qué derechos han sido violados, constatar cuáles son los actores involucrados y así poder tener muchas mejores posibilidades de generar un impacto. ¡Son estrategias muy complementarias!

El mapeo de las cadenas de inversión se está convirtiendo rápidamente en una herramienta de reparación jurídica para múltiples organizaciones en distintos continentes. Si le interesa saber más acerca del caso colla de Pai-Ote, las EIDH y los mapeos de las cadenas de inversión, el OC abordará este trabajo en un seminario web denominado “Estrategias para el empoderamiento en derechos territoriales locales: lecciones de Liberia, Indonesia, Chile y Nepal” que se llevó a cabo el 18 de noviembre del presente año.

Traducción: Carmen Luz Morales y Mabel Cobos

Ver texto original: https://www.iied.org/protecting-indigenous-lands-lessons-chile

Carta pública ante nulo avance de reforma constitucional sobre escaños reservados y participación de Pueblos Originarios en el Congreso Nacional

Las organizaciones abajo firmantes, que representamos a más de medio centenar de agrupaciones indígenas y sindicatos de todo el país, entre líderes y agrupaciones de pueblos originarios desde Arica a Puerto Williams; habitantes y descendientes de naciones preexistentes al estado chileno, damos a conocer públicamente nuestra indignación ante la excesiva demora que ha tenido en el Congreso Chileno, la aprobación de la Reforma Constitucional sobre Escaños Reservados para Pueblos Originarios.

Debemos recordar que el miércoles 19 de agosto de 2020, las agrupaciones abajo firmantes, presentamos en el Congreso Nacional un pliego de indicaciones sobre «Mecanismo de Reforma Constitucional para Reservar Escaños a Representantes de Pueblos Originarios», las que fueron suscritas por los senadores Juan Ignacio Latorre, Alejandro Navarro y José Miguel Insulza. En dicho documento, exigimos ESCAÑOS SUPRANUMERARIOS y un número total de 25 constituyentes indígenas para la Convención Constitucional y 27 para el caso de la Convención Mixta Constitucional. Dicha propuesta numérica fue planteada en base a las cifras otorgadas por el CENSO 2017, incorporando cupos para los pueblos Chango y Selk´nam, ambos actualmente en vías de reconocimiento legal.

Otra de nuestras exigencias ha sido que los CONSTITUYENTES DE PUEBLOS ORIGINARIOS NO SEAN MILITANTES DE PARTIDOS POLÍTICOS, con la finalidad que se garantice que la representatividad a los escaños sea lo más democrática y pertinente posible, tanto desde el punto de vista cultural como territorial. Entendiendo además que los partidos políticos pueden asignar desde sus respectivos referentes, cupos en sus propias candidaturas.

Denunciamos públicamente que hasta aquí, el trámite legislativo sobre ESCAÑOS RESERVADOS A PUEBLOS ORIGINARIOS sigue entrampado en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, demostrando absoluta falta de voluntad para avanzar y resolver este tema.

Es así, que a escasos días de la realización del PLEBISCITO, los Pueblos Originarios nos encontramos en la incertidumbre total respecto a la forma en la cual participaremos de este proceso histórico, lo que crea un ambiente de desconfianza, incredulidad e incerteza jurídica, por lo que exigimos que esta reforma sea aprobada antes del 25 de octubre.

Paradojalmente, atestiguamos día tras día que la Franja Electoral por el Plebiscito en Chile – transmitida en todos los canales de la televisión pública- muestra imágenes que hacen referencia a la necesidad de incluir a los pueblos originarios en la redacción de la Nueva Constitución, cuando en la práctica y a la hora de legislar, nos dan la espalda, negándose a salvaguardar garantías mínimas de participación.

Creemos que es el momento en que el Estado de Chile debiera estar a la altura de las exigencias que la mayor parte del pueblo chileno y mapuche le está demandado de manera urgente para SALDAR LA DEUDA HISTÓRICA CON LOS PUEBLOS ORIGINARIOS A TRAVÉS DE MAYORES Y MEJORES MECANISMOS DEMOCRÁTICOS DE PARTICIPACIÓN.

Las organizaciones aquí individualizadas no daremos pie atrás en seguir luchando con la misma vehemencia que lo hemos hecho históricamente y no renunciaremos hasta obtener una participación, ecuánime y democrática en el proceso constituyente, de acuerdo con los estándares internacionales.

Por lo anterior, INVITAMOS a los presidentes de partidos políticos y prensa en general, a una reunión a través de la plataforma ZOOM, a realizarse el día 12 de octubre del presente, a las

10.00 am con el objetivo de dialogar y conocer cuáles son las razones por las cuales los partidos políticos chilenos, no han propiciado el avance de esta importante reforma constitucional.

Hemos elegido este día porque da cuenta de que después de más de 500 años de invasión, seguimos más vivos que nunca.

A esta carta abierta han adscrito las siguientes agrupaciones indígenas pertenecientes a los distintos pueblos originarios y ocupaciones territoriales presentes a lo largo y ancho del país:

  • Agrupación Changos Camanchacos, sector Salitre

  • Agrupación Changos Cazadores, sector El Gaucho

  • Agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo – Caleta Chañaral de Aceituno

  • Agrupación Changos Recolectores, sector Playita

  • Agrupación Changos Vivientes de Paposo

  • Agrupación Changos Vivientes Finado Loreto

  • Agrupación Cultural Changos de Chañaral

  • Agrupación Cultural y Social del Pueblo Chango, Punta de Choros

  • Agrupación de artesanos de la Caleta Pan de Azúcar

  • Asociación de comunidades Indígenas de Walaiwe

  • Changos Torres del Inca

  • Asociación de Municipalidades con Alcaldes Mapuche – AMCAM

  • Asociación Gremial Caleta las Conchas

  • Asociación indígena de Cultores Ruraq Maki, Alto Loa Calama Lickanantai

  • Asociación Indígena Escuela de Artes y oficios Nagche folilkimuntun

  • Asociación Indígena Kiñe pu Liwen de LaPintana

  • Asociación mapuche Pewun Kimün, Los Ángeles

  • Asociación mapuche Taiñ Adkimn, comuna de La Pintana

  • Asociación indígena Talcahueñu Ñi Folil, Biobio

  • Asociación Tripay Antu, Maipú

  • Asociación Regional de Mujeres Indígenas Bartolina Sisa, Región de Tarapacá

  • Asociación Rakiduam Mapuche comuna de la Granja

  • Comunidad Diaguita Colpe, Alto del Carmen

  • Comunidad Chapod Pulil de Padre las Casas

  • Comunidad Pascuala Lican, territorio Mañiuco, comuna de Galvarino Comunidad Zoila Guichalau, Carahue

  • Comunidades Kawésqar por la defensa del Mar, Kawésqar Wæs, Magallanes

  • Comunidad Indígena Yagán Bahía Mejillones de Villa Ukika

  • Consejo Regional de changos Camanchacos de Atacama

  • Consejo General de Caciques Williche de Chiloé

  • Galvarino Reimán Huilcamán, werken del territorio nagche

  • Identidad Territorial Lafkenche

  • Mesa Nacional de lideresas indígenas

  • Organización Mapuche Ad Mapu

  • Parlamento Mapunche de Kozkoz

  • Sindicato Apneasub, Los Vilos

  • Sindicato Bentónicos y Algueros, Atacama

  • Sindicato Caleta las Conchas, Los Vilos

  • Sindicato Chigualoco, Los Vilos

  • Sindicato de Trabajadores Independientes Mixtos de Recolectores de Orilla, Buceos de apnea SICAPUL, Caldera

  • Sindicato de trabajadores independientes pescadores y buzos mariscadores artesanales de la caleta Puerto Viejo

  • Sindicato Lord Willow, Los Vilos

  • Sindicato Los Lobos, Los Vilos

  • Sindicato N°2 de Caleta Barranquilla

  • Sindicato tripulantes trabajadores independiente de la pesca artesanal N»1 tripulantes pesqueros de Caldera