FIDH No al indulto a Fujimori, decisión de impunidad

Perú: No al indulto a Fujimori, decisión de impunidad

París, 27 de diciembre de 2017 – La Federación Internacional de Derechos Humanos – FIDH rechaza el indulto otorgado a Alberto Fujimori e insta a las autoridades peruanas a respetar el derecho a la protesta pacífica.

En la noche del 24 de diciembre, el Presidente de Perú Pedro Pablo Kuckzynski anunció que indultaba por razones humanitarias al ex Presidente Alberto Fujimori, condenado en 2009 a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad, por su responsabilidad en las masacres de La Universidad La Cantuta y Barrios Altos, dos secuestros y varios delitos de corrupción, reconocidos por el mismo. El gobierno de Kuckzynski otorgó también a Fujimori un derecho de gracia que lo excluye de otros procesos criminales que encaraba actualmente.

Rechazamos la decisión de indultar a un ex mandatario que ha sido juzgado y condenado por crímenes de lesa humanidad, delitos que según los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, no pueden ser objeto de amnistía o indulto”afirmó Juan Francisco Soto, Vice-Presidentde la FIDH.

Esta liberación sería el resultado un acuerdo político entre el Presidente y el hijo del condenado. El indulto y derecho de gracia ocurr pocos días después de que el congresista del partido de oposición Fuerza Popular e hijo de Alberto Fujimori, Kenji Fujimori, al igual que nueve congresistas de ese mismo partido, se abstuvieran de apoyar en el Congreso la destitución de Pedro Pablo Kuckzynski, permitiendo así su permanencia en la Presidencia de la República.

Oficialmente, la liberación de Alberto Fujimori se produjo en razón de su alegado mal estado de salud, dos semanas después de que introdujera una solicitud de indulto por razones humanitarias. La FIDH recuerda que en el año 2013, los familiares de Alberto Fujimori ya habían solicitado un indulto humanitario, que fue rechazado de acuerdo con la recomendación de la Comisión de Gracias Presidenciales, que estimó en ese entonces que Alberto Fujimori no sufría de una “enfermedad terminal, o grave, incurable y degenerativa, ni de trastornos mentales graves”. En estas circunstancias, es de temer que la razón real de la liberación de Alberto Fujimori no sea tanto el estado de salud del ex Presidente, sino la permanencia en el poder del Presidente actual Pedro Pablo Kuckzynski indagado en el Congreso y el Ministerio Público por graves actos de corrupción. La FIDH condena este canje de mutuas impunidades.

La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 29 de noviembre de 2006, en la que la Corte condenó a Perú, establece que “los hechos de La Cantuta, cometidos contra las víctimas ejecutadas extrajudicialmente o desaparecidas forzadamente, constituyen crímenes contra la humanidad que no pueden quedar impunes, son imprescriptibles y no pueden ser comprendidos dentro de una amnistía”.

La condena a Alberto Fujimori fue un hito histórico en la lucha contra la impunidad de los crímenes más graves en toda la región. La FIDH rechaza firmemente esta decisión de indulto y gracia presidencial, pues representa un grave retroceso en materia del derecho de las víctimas a la justicia y garantiza la impunidad de un alto responsable de crímenes de lesa humanidad”afirmó Jomary Ortegón, Representante de la FIDH ante la Organización de los Estados Americanos.

En el contexto de las manifestaciones que se realicen en respuesta al anuncio de esta decisión, la FIDH insta a las autoridades peruanas a respetar el derecho a la protesta pacífica y el derecho a la integridad personal de los manifestantes.

Contacto prensa

La FIDH (Federación Internacional de Derechos Humanos) es una ONG internacional de defensa de los derechos humanos que federa a 184 organizaciones en cerca de 120 países. Desde 1922, trabaja por los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, tal como están enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.  La sede de la FIDH se encuentra en París y la organización tiene oficinas en Abiyán, Bamako, Bangkok, Bruselas, Conakry, Ginebra, La Haya, Nueva York, Pretoria y Túnez.

FIDH es el acrónimo francés de «Federación Internacional de Derechos Humanos». Por favor, asegúrese de usar “FIDH” cuando se refiera a la organización (oral y escrito), independientemente  del idioma del artículo. Si tiene que precisar el nombre completo de la FIDH, por favor, utilícelo una sola vez al principio: «FIDH (Federación Internacional de Derechos Humanos)» y luego sólo como «FIDH» o “la FIDH”.

Organizaciones de la FIDH solicita pronunciamiento de Estados Mimebros ante crisis electoral en Honduras

Mediante carta conjunta dirigida a los Estados Miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y las 184 organizaciones que la confirman, entre ellas el Observatorio Ciudadano, expresaron «gran preocupación la agudización de la crisis política en Honduras, a casi un mes de celebradas las elecciones municipales, presidenciales y legislativas el pasado 26 de noviembre de 2017», y solicitan «una respuesta firme y efectiva de la comunidad internacional, que exija el respeto de la seguridad de la población civil y la vigencia del Estado de derecho en el país».

Destacan, entre los hechos más graves «el asesinato de al menos 27 personas, la detención arbitraria de alrededor de 890 y los más de 200 heridos producto de la represión ejecutada en el marco de la aplicación del decreto de suspensión de garantías», que se dan en un contexto de «existencia de graves indicios de fraude electoral; la aprobación de la posibilidad de reelección del presidente Juan Orlando Hernández,  en contravía de lo dispuesto en la Constitución Nacional; los estrechos vínculos de los magistrados del Tribunal Superior Electoral y el Partido Nacional, que ponen en tela de juicio la independencia e imparcialidad de este órgano; así como las numerosas irregularidades denunciadas durante y después del proceso de conteo de votos», señala la misiva.

La FIDH es una liga internacional de defensa de los derechos humanos, que agrupa a 184 organizaciones nacionales de derechos humanos de 112 países. Desde 1922, la FIDH está comprometida con la defensa de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, según se definen en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Observatorio Ciudadano participa en Tercera Consulta Regional sobre Empresas y DDHH

  • Su director José Aylwin expuso en el panel sobre Compromiso político de empresas con los derechos humanos, dando cuenta a través del análisis de la actividad de diferentes empresas tanto nacionales como transnacionales que cuentan con dichos compromisos, como tales compromisos son incumplidos.
  • Tanto José Aylwin, como Sergio Campusano, presidente de la Comunidad Diaguita y Agrícola de los Huascoaltinos, participaron en un evento paralelo -dentro de la misma Consulta Regional- sobre experiencias de Evaluación de Impacto en los Derechos Humanos de proyectos de inversión, dando cuenta de los impactos en los derechos del pueblo diaguita en Chile de proyectos mineros canadienses.

 Por Paulina Acevedo, Observatorio Ciudadano

Con la participación de delegados estatales, organizaciones de la sociedad civil, pueblos indígenas, representanes del ámbito académico y empresarial, embajadas y organismos internacionales, se realizó del 12 al 14 de diciembre en dependencias de Cepal en Santiago la tercera versión de la Consulta Regional para América Latina y el Caribe sobre Empresas y Derechos Humanos, organizada por la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH); el Grupo de Trabajo sobre derechos humanos y las empresas transnacionales de Naciones Unidas; y el Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH).

El objetivo de la reunión es contribuir al fortalecimiento de la implementación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos por parte de los Estados y las empresas, ello en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, además de generar un diálogo multi-actor para el intercambio de experiencias y estrategias que buscan garantizar el respeto de los derechos humanos en el ámbito corporativo.

La agenda de la reunión se estructuró sobre la base de los tres pilares que contienen los Principios Rectores, cuales son el deber de proteger, respetar y remediar. Por primera vez desde que se instituyó este espacio de intercambio por la ACNUDH el año 2015, se consideró la realización de eventos paralelos, a fin de permitir la difusión y debate de experiencias de trabajo en la materia en los distintos países de la región de América Latina y el Caribe.

Dichos eventos fueron organizados por entidades como la Fundación para el Debido Proceso (DPLF); International Corporate Accountability Roundtable (ICAR); Danish Institute for Human Rights; Unicef Chile; Programa de Magíster en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile LLM-UC; Tlex Institute; Asociación Internacional para los Valores Humanos (AIVH); Conectas Direitos Humanos; Instituto Ethos; OXFAM America; Observatorio Ciudadano, Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER); Grupo Temático FIO sobre Derechos Humanos y Minería; la Clínica de Direitos Humanos da Universidade Federal de Minas Gerais; Fundación Libera contra la Trata de Personas; ConSuma ConCiencia; y Fundación Honra, entre otros.

Asimismo, se contemplaron reuniones con representantes de estados, empresas y sociedad civil organizadas por la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), encabezadas por la Relatora Soledad García, que tuvieron como objetivo recabar información de parte de estos distintos actores para fortalecer el trabajo de la Relatoría en materia de DESCA, y en empresas y derechos humanos.

Tras concluir los tres días de debate y actividades, el director del Observatorio Ciudadano, valoró el espacio y destacó señalando que “este permite compartir los avances en la acción de los estados, las empresas, las organizaciones de la sociedad civil en materia de  empresas y derechos humanos, así como también identificar los  numerosos desafíos que aún existen para garantizar que la actividad empresarial se desarrolle con respeto y protección de los mismos derechos.” Al respecto, identificó los retos que existen en Chile en la materia, destacando entre ellos “la debilidad del Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos recientemente aprobado por el gobierno para que los diferentes actores involucrados en la actividad empresarial asuman sus responsabilidades establecidas en los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre la materia, la ausencia de un marco normativo adecuado, y la falta de consistencia de los compromisos voluntarios de las empresas en la materia”.

Señalo además la importancia de avanzar hacia el desarrollo de estándares vinculantes en la materia, relevando “la importancia del proceso impulsado por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas para la elaboración de un tratado vinculante sobre empresas trasnacionales y otros empresas en materia de derechos humanos”. Finalmente, si bien valoró el espacio convocado por la Oficina Regional de la ACNUDH para reflexionar sobre esta materia, propuso en esta tercera versión “que las consultas a futuro sean desarrolladas con una temática más acotada, y que éstas tengan lugar luego del desarrollo de consultas a nivel de cada país en que puedan participar un mayor número de actores, en particular de comunidades locales e indígenas afectadas en sus derechos por la actividad de empresas”.

Por su parte el presidente de la Comunidad Diaguita y Agrícola de los Huascoaltinos, Sergio Campusano, en cuyo territorio ancestral y legal se desarrollan distintos proyectos mineros canadienses, señaló que “si se ha avanzado en las exigencias teóricas a las que tienen que adecuarse los gobiernos y las empresas, en la práctica, sin embargo, es claro y se notó en esta tercera consulta que falta mucho por delante para poder alcanzar los indicadores proyectados y, me podría equivocar, pero también pareciera que sigue siendo la prioridad la rentabilidad a la antigua”.

Campusano destacó de esta versión de la consulta la realización de los eventos paralelos, pues en ellos fue posible informase en detalle de realidades que se producen en otros países de la región, y hablar con quienes están involucrados en estos procesos. “Quedé muy impactado con lo que pasó en Brasil, con el desastre minero dejado en río Doce, y de cómo la empresa y el gobierno ya transcurridos dos años, aún no muestran debido proceso, justicia a los responsables y un verdadero e integral Plan de Reconstrucción y acompañamiento a las víctimas”, finalizó.

Informe 2017: INDH subraya necesidad de garantizar derechos de niñez y adolescencia en residencias y centros de reclusión

En su octavo Informe Anual el INDH incluye también materias de interés público, tales como la situación de la niñez trans  e  interesex, las manifestaciones de racismo, la presencia de una cultura discriminatoria hacia las mujeres, además de mostrar una perspectiva general de los derechos humanos en el país.

Las autoridades de los tres poderes del Estado, en una ceremonia realizada este martes 19 de diciembre en el Espacio Matta encabezada por la Presidenta Michelle Bachelet Jeria, recibieron de manos del Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos INDH, Branislav Marelic, el Informe Anual Situación de los derechos Humanos en Chile 2017 que da cuenta a la institucionalidad del país y a la población en general, sobre los progresos conseguidos en la situación de los derechos humanos durante en el año y los aspectos que son de preocupación a juicio del Consejo del Instituto, entre otros, los atropellos que viven niños, niñas y adolescentes en residencias y centros de reclusión bajo tutela estatal, las expresiones de racismo y discriminación a las mujeres y la población infantil trans e intersex.

El Informe 2017 valora como avance que el año culmine con el proceso de renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo, que desde la perspectiva del Estado de Derecho, es un nuevo paso en el proceso de fortalecimiento de los mecanismos democráticos de ejercicio del poder.  Al mismo tiempo el Instituto vuelve a ratificar la preocupación que genera la alta abstención en los comicios electorales, pues expresa el desinterés por los asuntos colectivos y la desconfianza ante sus representantes en organismos clave para la democracia y la protección de los derechos humanos. Sin embargo, se observa que la implementación del sistema electoral proporcional podría ayudar positivamente en una ampliación del ejercicio del derecho a participar por parte de la ciudadanía.

Un avance sustantivo en materia de derechos humanos, dice el Informe, ha sido el fortalecimiento de su institucionalidad con la puesta en funcionamiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que ha elaborado el Plan Nacional de Derechos Humanos. A este importante paso se suma el consenso y avance que ha tenido en el Congreso el proyecto de ley que crea el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura.

La sistematización de los resultados de los diálogos constitucionales realizados el 2016 con la ciudadanía en general, y la culminación de la Consulta Indígena en ese contexto, son ponderados como progresos en los derechos humanos por parte del Instituto.

Pobreza y violencia

La situación que viven los niños, niñas y adolescentes (NNA) bajo la tutela del Estado a través del Servicio Nacional de Menores (SENAME) se ha mantenido en el debate público tanto por los nuevos casos que dan cuenta de vulneraciones a sus derechos, como por las necesarias iniciativas legales presentadas por el Ejecutivo y que se debaten en el Congreso. Frente a tal situación las autoridades dispusieron un aumento del presupuesto para este objetivo. Además han levantado una agenda legislativa por la niñez que contempla la creación de un Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez;  de un Defensor de la Niñez y una Subsecretaría de la Niñez; así como los Servicios Nacionales que reemplazarán a SENAME: de Protección Especializada para Niños y Niñas, y de Reinserción Social Juvenil.

El Informe 2017 incluye resultados de la Misión de Observación desarrollada en Centros de administración estatal destinados a niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos; y concluye que la pobreza es el telón de fondo de las vulneraciones de derechos humanos a la niñez y adolescencia que permanecen en dichas residencias. En este sentido, recomienda que al Poder Ejecutivo que haga efectiva la obligación del Estado de garantizar el goce y ejercicio de derechos fundamentales de la infancia y adolescencia institucionalizada.

De igual forma la situación de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes privados de libertad es un asunto que debiera estar en la agenda de derechos humanos, a juicio del Instituto. El Informe 2017 incorpora el Estudio Exploratorio realizado por el INDH en los Centros de Internación Provisorias y Cerradas, que da cuenta de una serie de vulneraciones a derechos fundamentales. Entre sus conclusiones, el INDH, sostiene que es perentorio erradicar la naturalización del castigo y trato degradante e inhumano a adolescentes en centros de reclusión.

Racismo y discriminación

El Informe 2017 del INDH ahondó en la problemática de la discriminación racial y sus principales manifestaciones en Chile. Para ello realizó una encuesta nacional sobre las manifestaciones racistas en Chile, levantando información de primera fuente sobre el tema.

El capitulo pertinente sistematiza y analiza los resultados de la encuesta, mostrando que el racismo se manifiesta tanto de forma subjetiva —en las relaciones cotidianas, cara a cara— como de forma estructural, es decir, desde las prácticas institucionales y discursos del Estado. Esta situación requiere un esfuerzo estatal y cultural para impedir una legitimación de las ideas racistas, tanto simbólica como estructuralmente.

En cuanto a la cultura discriminatoria hacia las mujeres, el Informe realiza un interesante cruce entre medios de comunicación y publicidad, con las representaciones estereotipadas de género presentes en muchos contenidos de las noticias y los programas de entretenimiento, que reproduce aquello que la sociedad espera de mujeres y varones —específicamente los que reproducen la subordinación de la mujer y rearman la centralidad de sus roles domésticos.

El informe contiene información de primera fuente, obtenida en una observación exploratoria del INDH sobre las condiciones de vida en unidades psiquiátricas de larga estadía, además de  la protección de la biodiversidad, cambio climático y derechos humanos, y justicia transicional y reparaciones.

Elecciones y migración en Chile: Un día del migrante con sabor amargo

Se confirma el triunfo de Sebastián Piñera como presidente de Chile, y este 18 de diciembre, Día Internacional del Migrante, se conmemoró con un sabor amargo. Lamentablemente primó la tendencia racista y xenófoba de la derecha. Con estos resultados, se valida el nacionalismo y el ultra conservadurismo, encarnados por Piñera y Kast en su discurso, práctica e ideología, y sabemos lo que esto puede conllevar para las personas y comunidades migrantes, tanto por lo dicho como por lo ya hecho

Por lo dicho. Antes y durante sus candidaturas, ambos candidatos de derecha, en múltiples ocasiones y con distintos matices, emitieron declaraciones irresponsables, mentirosas e ignorantes, que vinculaban migración y delincuencia, aun cuando, por ejemplo, existen datos constatables, desde el Ministerio Público, respecto a que los delitos cometidos por extranjeros no alcanzan el 2%.

Ambos candidatos comentaron varias veces sus ganas de cerrar las fronteras, de restringir la entrada de inmigrantes, y su rechazo a mirar la movilidad humana como un fenómeno multidimensional, natural y con enfoque de derechos humanos. Por el contrario, insisten en mirar la migración con un enfoque securitista y ver al extranjero como amenaza. Esto no es de extrañar, si la actual ley de extranjería, promulgada en la dictadura cívico-militar de derecha, tiene la misma perspectiva.

En tanto que por lo ya hecho, cabe recordar que en el primer mandato de Sebastián Piñera, algunos derechos alcanzados por la población migrante se revocaron. Antes, las personas inmigrantes podían acceder a subsidios de vivienda con visa de residencia definitiva, pero el gobierno de Piñera el 2010 le agregó a este requisito, tener además cinco años de estadía para poder acceder a este derecho social.

Por otro lado, el proyecto de ley de migraciones que envió el gobierno de Sebastián Piñera al Congreso en 2013, además de tener un enfoque economicista y restrictivo de la migración, no cumplía con estándares de derechos humanos en la materia, fomentaba la apatridia y la discriminación, solicitaba requisitos adicionales para la nacionalidad, no aseguraba el derecho a la salud o a la educación, es decir, no aseguraba igualdad de derechos. Con estos antecedentes entonces, la proyección en este tema con un nuevo gobierno de Piñera y su coalición no es auspicioso.

Pero no nos hemos quedado de brazos cruzados. Es preciso señalar que desde antes del primer gobierno de Piñera y después, hemos venido exigiendo una nueva ley migratoria, dignidad y derechos para las comunidades migrantes, un trato igualitario y justo, organizándonos en comunidades, movimientos y organizaciones, no sólo de migrantes, sino que entre nacionales y extranjeros, luchando por un país distinto y por nuestros derechos, en un contexto donde hay un nuevo proyecto en la materia en el parlamento.

Hoy, por la ausencia de una voluntad política, aún no tenemos una nueva ley de migraciones con una perspectiva real de derechos humanos, pese a las múltiples recomendaciones de organismos internacionales, de la exigencia de la academia y organizaciones de la sociedad civil, y la necesidad imperiosa de reformar este marco legal que ya lleva más de cuarenta años.

De manera más global, este triunfo también duele porque vemos que América Latina se derechiza, porque priman en la política y la esfera pública las posiciones conservadoras, religiosas, racistas, homofóbicas, transfóbicas y sexistas, y sabemos lo que implican los discursos de odio cuando son legitimados por la presidencia. Lo hemos visto en Estados Unidos con Donald Trump: supremacistas blancos golpeando afroamericanos, hombres violentando sexualmente a las mujeres en las calles con impunidad, migrantes deportados, discriminados y excluidos, y un muro más grande que exalta las fronteras. Pero también sabemos que esto sólo se exacerbó con Trump. El racismo siempre estuvo, el sexismo siempre estuvo, las políticas inmigratorias restrictivas estuvieron desde antes ahí, el muro de mucho antes estuvo ahí.

Por tanto, lo que nos queda es seguir luchando por nuestra dignidad, tal como lo hemos hecho hasta ahora y seguir aunando esfuerzos para que no gane otra vez la ignorancia. Debemos seguir adelante, aunque duela, aunque cueste, aunque se agudice la represión como en Argentina. Necesitamos que Chile despierte y se logren las transformaciones necesarias para que por fin nos descolonicemos, nos liberemos del patriarcado, del clasismo, de los prejuicios, del racismo y de la xenofobia, y por fin tengamos un país inclusivo, justo, feminista e intercultural. Ese debe ser nuestro deber, aunque por momentos nos colme la amargura.

Candidatos presidenciales y derechos humanos

Son diversas las ópticas con las que los medios de comunicación y actores políticos y sociales han analizado las candidaturas en competencia para la segunda vuelta en las elecciones presidenciales.  La mayor parte de ellos ha puesto el acento en el análisis de las propuestas de los candidatos referidas al crecimiento económico. Otros han puesto el foco en sus propuestas en materia de seguridad o de gobernabilidad. Pocos han analizado sus propuestas en materia de derechos humanos. El 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos, parece una oportunidad propicia para hacerlo.

Amnistía Internacional avanzó recientemente en este sentido al identificar y evaluar las propuestas de los candidatos presidenciales en aspectos fundamentales de derechos humanos como lo son la migración y el refugio, la diversidad sexual y familia, los pueblos indígenas,  la impunidad, los defensores/as, la institucionalidad y las relaciones internacionales[1]. Si bien de acuerdo a este análisis las propuestas de ambos candidatos son deficitarias, claramente aquellas del candidato Alejandro Guillier se acercan más que las de Sebastián Piñera a un compromiso con los derechos humanos. En efecto, en el caso de Guillier solo en dos de estas temáticas sus propuestas son consideradas como “generalmente adecuadas”,  y en cinco temáticas estas son consideradas como “pronunciamiento poco claro”. En el caso de Piñera, el estudio sostiene que en todas estas materias este  candidato “no hace mención a ellas o lo hace muy escasamente.”

Las propuestas de los candidatos en otros ámbitos relevantes de derechos humanos, sin embargo, requieren de un análisis de mayor profundidad. Aunque son muchos los aspectos de derechos humanos a considerar, algunos de ellos que parece relevante revisar son los referidos al derecho a la seguridad social, a los derechos de  pueblos indígenas y a la nueva Constitución.

En el caso del derecho a la seguridad social, Piñera propone mejorar las pensiones en forma gradual, incrementando los recursos destinados al pilar solidario, pero sin cuestionar el modelo de las AFP, el que como sabemos, no solo ha generado pensiones miserables para los jubilados, sino ha permitido una acumulación del capital en pocas manos, contribuyendo a hacer de Chile una de las sociedades más desiguales de la región. En contraste Guillier, si bien no plantea el término de las AFP, considera que el sistema de seguridad social basado únicamente en ellas se agotó, y que es necesario avanzar hacia un sistema de pensiones tripartito y solidario en que el Estado actúe como garante del bienestar y garantice pensiones dignas.

En materia de derechos de pueblos indígenas, si bien Piñera propone el reconocimiento constitucional de estos pueblos, y la generación de mecanismos de participación y consulta, el énfasis de su programa está puesto en el freno a las reclamaciones indígenas por tierras, abriendo además espacio para la compensación por las tierras de las que sus comunidades han sido privadas en el pasado. También propone la opción de enajenar las tierras indígenas hasta ahora protegidas por ley, y la asociatividad de sus comunidades con proyectos de inversión como modalidad para promover su desarrollo económico. En cuanto a la situación de conflicto en la Araucanía, propone una mayor infraestructura y modernización policial, un nuevo sistema de inteligencia y fuerza conjunta antiterrorista. Su énfasis en la materia hace prever el recrudecimiento de un tratamiento represivo al pueblo mapuche.

Guillier propone en esta materia un reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas y del carácter plurinacional y pluricultural del Estado. En cuanto a la participación política, propone la representación indígena en el parlamento, el Ministerio de Asuntos Indígenas y la restitución de tierras con planes de fomento productivo. Recientemente ha anunciado, además,  que la nueva Constitución debe reconocer los derechos de autodeterminación y las autonomías territoriales de los pueblos originarios para que estos decidan sus propios asuntos, y un régimen especial para las aguas indígenas que las haga indivisibles de los territorios  indígenas.

Finalmente, una materia que resulta clave desde la perspectiva de los derechos humanos es la que dice relación con una nueva Constitución  para el país y con el mecanismo para su elaboración.  La importancia de este tema es que la Constitución actual, no obstante sus numerosas reformas, no reconoce derechos humanos básicos, como lo son los derechos económicos sociales y culturales, limita la participación política de importantes sectores de la población, y ha permitido la privatización de recursos naturales de propiedad colectiva fundamentales para la vida, como el agua. Al respecto, mientras Piñera no propone la elaboración de una nueva Constitución, y consecuentemente, está por consolidar la actual, Guillier propone la elaboración de una nueva Constitución proponiendo la Asamblea Constituyente como un mecanismo para estos efectos. Se trata de una propuesta central por cuanto es a través de una Constitución elaborada por medios democráticos e inclusivos, como lo es la Asamblea Constituyente,  que se ejerce un derecho fundamental;  la libre determinación que corresponde a todos los pueblos.

No podemos perder de vista que las propuesta aquí analizadas han sido hechas en el marco de una campaña electoral, y por lo mismo pretenden lograr el apoyo de la ciudadanía. Con todo, es evidente que las propuestas del candidato Guillier, aunque insuficientes en algunos aspectos, son mucho más receptivas de los derechos humanos que las del candidato Piñera. Por lo mismo, el triunfo de Guillier en las elecciones del domingo próximo puede abrir caminos a transformaciones que desde el movimiento de derechos humanos y desde las organizaciones sociales hemos promovido por largo tiempo, transformaciones  que el candidato Piñera lejos de promover, intenta frenar.

Tampoco debemos perder de vista que la materialización de las propuestas de Guillier en este y otros ámbitos, más allá de su compromiso y consistencia como presidente electo para hacerlas efectivas, dependerá de la movilización que impulsemos desde las  organizaciones sociales y de derechos humanos para con este objetivos.  Ese debe seguir siendo nuestro desafío.

[1] http://amnistia.cl/noticia/amnistia-internacional-analiza-programa-candidatos-presidenciales-realiza-barometro-los-derechos-humanos/

Los déficit de la Consulta al Proceso Constituyente Indígena

Una oportunidad perdida para avanzar hacia una nueva relación entre los pueblos indígenas y el Estado.

Dado que el Estado chileno ratificó en el 2008 el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, existe la obligación del gobierno de consultar con los pueblos indígenas las medidas legislativas susceptibles de afectarles directamente, entre las que se incluyen las reformas constitucionales[1]. Es por ello, que el segundo semestre del año en curso el Ministerio de Desarrollo Social inició una consulta referida a los derechos de los pueblos indígenas, cuyas conclusiones debían ser incorporadas en el proyecto de la nueva Constitución Política.

Como bien lo señaló la representante residente de las Naciones Unidas en Chile,  Silvia Rucks, observadora del proceso, al ser la primera consulta específica sobre medidas para un cambio constitucional, implicaba una gran responsabilidad para los actores del diálogo, y, su mayor o menor éxito, se convertiría en una referencia internacional[2]. Pero a la vez suponía, una oportunidad histórica para el gobierno de ir más allá del perdón simbólico por los “errores y horrores” cometidos con los pueblos indígenas[3], y avanzar hacia un reconocimiento de sus derechos de acuerdo al marco normativo internacional, que propiciara una nueva relación y mejor convivencia con los pueblos indígenas.

Cabe recordar que el Convenio 169 de la OIT establece como estándares para la implementación del derecho a la consulta, que ésta se realice mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Asimismo, establece que estas consultas deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o consentimiento acerca de las medidas propuestas (Artículo 6).

En este sentido, contar con procedimientos apropiados implica generar condiciones que propicien el llegar a un acuerdo sobre las medidas propuestas. Una de estas condiciones es contar con plazos razonables que permitan a los representantes de los pueblos indígenas llevar a cabo procesos de toma de decisión y participación efectiva de acuerdo a sus modelos culturales y sociales[4]. Lamentablemente, esto no ocurrió en la consulta al Proceso Constituyente Indígena llevado adelante. Ello debido a que dicha consulta duró tan solo tres meses[5], entre la etapa de entrega de información sobre las medidas a consultar y la etapa de diálogo con el Estado, y a que contó con jornadas de un día para las reuniones de entrega de información y para la deliberación interna de los pueblos, donde los mismos debían evaluar, consensuar y hacer propuestas para el reconocimiento de sus derechos colectivos en el proyecto de la nueva Constitución.

Otra de las debilidades del proceso fue que el ejecutivo no recogió en su propuesta de consulta los contenidos que los propios pueblos indígenas había identificado como prioritarios durante los talleres del Proceso Constituyente Indígena. En efecto, las propuestas a ser consultadas se limitaron al reconocimiento de la preexistencia de los pueblos indígenas y aspectos culturales; al reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos; el reconocimiento a los territorios indígenas y a la participación política de los pueblos indígenas, aclarando que estos dos últimos puntos se desarrollarían en leyes posteriores. Esto dio lugar a diversos pronunciamientos de organizaciones y representantes indígenas[6] que expresaron su disconformidad con contenidos “claramente insuficientes frente al avance en materia de derechos que la comunidad internacional ha reconocido en diversos instrumentos jurídicos internacionales”.[7] Tampoco se brindó información comparada sobre el reconocimiento constitucional de los derechos indígenas en las diversas constituciones de la región, lo que sin duda habría ayudado a comprender mejor los alcances e implicancias de una reforma constitucional de esta naturaleza.

Ello, aun cuando el ex Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas, James Anaya, en su informe temático sobre Chile en relación a la reforma constitucional del 2009, había señalado como uno de los requisitos de validez de toda consulta, el que los pueblos indígenas tuviesen acceso a la información necesaria para comprender el alcance e implicaciones de una reforma constitucional, lo que implica contar con todos los contenidos relevantes para discutir la medida a consultar. Igualmente, había señalado que una verdadera consulta a los pueblos indígenas sobre una reforma constitucional debería estar abierta a cuestiones que, a la luz de las normas internacionales, la legislación interna, y las demandas legítimas de los pueblos indígenas, pudieran tener cabida dentro del texto constitucional reformado[8].

Otro aspecto crítico de este proceso fue el referido a la ausencia del clima de confianza que resulta fundamental para el desarrollo de un diálogo genuino en los procesos de consulta.  Al respecto cabe señalar que el Comité Tripartito de la OIT ha señalado que el establecimiento de mecanismos eficaces de consulta y participación contribuye a prevenir y resolver conflictos mediante el diálogo y, por ello, es consustancial a toda consulta la instauración de un clima de confianza mutua[9].

Como es bien sabido, la consulta al Proceso Constituyente Indígena se desarrolló en momentos que en el sur del país se impulsaban una serie de procesos judiciales y detenciones en contra de personas mapuche, acusadas de cometer acciones supuestamente terroristas, criminalización a través de la cual se estigmatizó no solo a las personas procesadas, sino al movimiento mapuche en su conjunto. Situación que fue representada al gobierno de Chile por diferentes instancias internacionales, tanto del sistema de la ONU, como de organismos internacionales de derechos humanos (FIDH, OMCT). En el mismo periodo la huelga de hambre iniciada por personas mapuche procesadas por la ley antiterrorista, en protesta por la utilización de la referida legislación, y que se consideran presos políticos se encontraba en una fase álgida. Lo anterior no solo acentuó la desconfianza hacia el Estado y redujo el interés en el proceso de consulta, sino que además obligó a las autoridades mapuches a centrarse en una agenda más urgente que obstaculizó una efectiva participación en el proceso.

Esta ausencia de un clima de confianza y del carácter libre, fundamentales en una consulta, también estuvo presente en la forma en que el Ministerio de Desarrollo Social culminó la etapa de diálogo de la referida consulta. Tal como denunciaron las asambleas comunales de Tarapacá, un día después de la fecha prevista para el fin del diálogo, los voceros indígenas de los diferentes pueblos firmaron un acuerdo en el que solicitaron al Estado la suspensión del proceso dado a que consideraban que no estaban en condiciones físicas, psicológicas ni espirituales para continuar y porque la consulta alcanzó una complejidad técnica que requería consultar a sus bases y apoyos técnicos a fin de tomar una decisión en igualdad de condiciones. Una suspensión que el Estado se negó a conceder. Más aún, de acuerdo a las mismas organizaciones los representantes del gobierno en el proceso habrían  “amenazado” dar por terminada la consulta,  hecho  que ocasionó que algunos representantes se marcharan y unos pocos se quedaran[10], agudizándose la desconfianza hacia el Estado. Cabe recordar que la OIT ha señalado al respecto que un clima de “enfrentamientos, violencia y desconfianza recíproca constituye una barrera fundamental para llevar a cabo consultas productivas[11].

Finalmente, otro principio fundamental de los procesos de consulta con los pueblos indígenas sobre cuya aplicación en este proceso cabe reflexionar es el de la buena fe. De acuerdo a la OIT, en el marco del proceso de consulta, tanto el Estado como los propios pueblos indígenas, deben realizar todos los esfuerzos para acercar posturas divergentes y propiciar una mayor participación e inclusión de los pueblos indígenas[12].

Cabe señalar en este sentido, que el gobierno de la Presidenta Bachelet al convocar a este proceso de consulta indígena no podía ignorar el incierto escenario del proceso constituyente que su administración ha impulsado. Ello en atención a su apuesta por un proceso constituyente institucional, el que supone unos quórums de aprobación de los que, en el marco de la composición electoral binominal actual del Congreso Nacional, este no dispone, y que, como ahora sabemos, tampoco dispondrá en el nuevo Congreso Nacional recién electo.

En efecto, al momento de impulsar este proceso, era evidente que el Congreso Nacional no iba a dar aprobación al proyecto que el gobierno presentó en abril pasado para la modificación del Capítulo XV de la Constitución de 1980, a objeto de facultar a dicho Congreso para convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una nueva Constitución[13]. Por tanto, la misma suerte era previsible para el proyecto de nuevo texto constitucional que incorporé los derechos indígenas producto del proceso de consulta, que se enviará al Congreso antes de dejar su mandato.

Si bien es entendible que el gobierno pretenda cumplir con su programa de gobierno y dejar presentadas las propuestas de mecanismo y texto de la nueva Constitución antes del fin de su mandato, cabe reflexionar sobre si resulta adecuado que, teniendo presente el escenario adverso de su itinerario constitucional, haya impulsado un proceso de consulta sobre una materia de tanta importancia para el futuro de los pueblos indígenas.

En el mismo sentido cabe reflexionar sobre si el gobierno buscó propiciar una mayor participación e inclusión de los pueblos indígenas en la construcción de los acuerdos de la consulta. Ello teniendo presente que otro de los puntos de mayor cuestionamiento a la consulta ha sido la representatividad y participación de los pueblos indígenas con la que se llegó a los acuerdos. En efecto, solo el 26 por ciento de los participantes firmó el acta de diálogo (38 de los 145 delegados) y sin que se contara con la participación de los pueblos Yagan, Kawésqar y Quechua[14]. Un escenario, por tanto, donde los representantes indígenas que participaron de la consulta terminaron luego deslegitimados frente a sus pueblos y comunidades, solicitando algunos de ellos el retiro de sus firmas del acta de diálogo y anunciando que presentaran un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones correspondiente para salvaguardar sus derechos.

Todo lo anterior hace pensar que el proceso de consulta a los pueblos indígenas impulsado por el gobierno de Bachelet en relación al nuevo texto constitucional no contribuirá, como resulta fundamental en este momento, a la construcción de las bases institucionales para una nueva relación entre los pueblos indígenas y el Estado, que tan necesaria se hace para superar la creciente situación de conflictividad entre el Estado y pueblos indígenas existente hoy en el país.

[1] Principios Internacionales aplicables a la consulta en relación con la reforma constitucional en materia de derechos de pueblos indígenas en Chile. Informe temático a Chile, James Anaya, Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas, 24 de abril 2009.
[2] Discurso de inauguración de la etapa de diálogo del Proceso Constituyente Indígena, 21 de octubre 2017.
[3] Discurso de presentación del Plan de reconocimiento y desarrollo para la región de la Araucanía y pedido de perdón de la presidenta Bachelet. 23 de junio 2017.
[4] Informe del Comité establecido para examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de Colombia del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989, OIT.
[5] Entre agosto y octubre de 2017.
[6] Pronunciamiento de la CONADI, de los pueblos indígenas de Tarapacá, de comunidades de Tirúa, de Aucán Huilcamán, Werken del Consejo de Todas las Tierras, entre otros.
[7] Pronunciamiento Consejo de la CONADI en: http://www.mapuexpress.org/?p=19813
[8] Principios Internacionales aplicables a la consulta en relación con la reforma constitucional en materia de derechos de pueblos indígenas en Chile. Informe temático a Chile, James Anaya, Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas de Naciones Unidas, 24 de abril 2009.
[9] Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por Guatemala del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989, presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Federación de Trabajadores del Campo y la Ciudad (FTCC), GB.294/17/1; GB.299/6/1 (2005), párr. 53.
[10] Comunicado público de las asambleas comunales de Colchane, Camiña, Huara, Pica, Pozo Almonte e Iquique – Alto Hospicio, así como la asamblea del pueblo Quechua, participantes de este Proceso Constituyente Indígena, de fecha 03 de noviembre de 2017.
[11] Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por México del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989, presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por el Frente Auténtico del Trabajo (FAT), GB.283/17/1; GB.289/17/3 (2001), pág. 107.
[12] Ibid.
[13] La suerte del itinerario de cambio constitucional impulsado por el actual gobierno  es aún más incierta luego de que la propuesta no fue de Convención Constitucional del ejecutivo fuera rechazada por la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados a comienzos de este mes diciembre. http://www.latercera.com/noticia/discusion-constituyente-medio-clima-electoral/#
[14] Pronunciamiento de las asambleas comunales de Tarapacá y de la Plataforma Política Mapuche.

El incierto futuro del proceso constituyente

El debate en torno al cambio de la Constitución de 1980 por una nueva carta fundamental para Chile, y en torno a la Asamblea Constituyente como mecanismo para elaborar dicha carta –que hasta hace poco estuvo al centro de la agenda de los movimientos ciudadanos, y constituyera un tema de preocupación gravitante de los actores políticos, así como de los medios de comunicación–, ha perdido visibilidad.

Son múltiples los factores –entre ellos el proceso eleccionario en desarrollo, la redefinición de las prioridades de los movimientos sociales y la manipulación mediática– los que han incidido en este fenómeno, generando incertidumbres sobre el futuro del proceso constituyente. A la pérdida de visibilidad, y asociado a ello, de la credibilidad del mismo proceso, ha contribuido de manera significativa también, a mi entender, la estrategia impulsada en la materia por la Presidenta Bachelet, la que no obstante haber generado un importante involucramiento de la ciudadanía, ha demostrado no ser conducente para el cambio constitucional.

En efecto, ya en su programa de gobierno Bachelet señalaba que la elaboración de una nueva Constitución Política sería realizada a través de un proceso “participativo, institucional y democrático”. Ello determinó, como sabemos, la convocatoria a un proceso de diálogos y consultas ciudadanas sobre los valores y principios, los derechos, deberes y responsabilidades y las instituciones del Estado que deberían ser establecidas en una nueva Constitución, proceso impulsado el 2016 que motivó la participación de más de 200 mil personas a lo largo del país. También determinó la convocatoria en paralelo a una serie de diálogos con pueblos indígenas referidos a los contenidos de una nueva Constitución que atañen a estos pueblos, en los que participaron cerca de 20 mil integrantes de estos pueblos.

Como parte del mismo proceso, la Presidenta Bachelet envió en abril pasado al Congreso Nacional un proyecto para la modificación del Capítulo XV de la Constitución de 1980 a objeto de facultar a dicho Congreso para convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una nueva Constitución. De ser aprobado por el Congreso, el gobierno tendría un plazo de 60 días para enviar un proyecto de Ley Orgánica Constitucional que definiría la forma de integración, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, funciones y atribuciones, así como los mecanismos de participación ciudadana que se prevean.

Más allá del tema semántico –Convención Constitucional y no Asamblea Constituyente como había sido reclamado por la ciudadanía– a través de esta iniciativa la Presidenta dejó, en la práctica, en manos de un Congreso cuya credibilidad en la ciudadanía al 2016 alcanzaba a tan solo el 8% de la población (PNUD, 2016), la decisión sobre la forma de integración, elección y participación ciudadana de la instancia constituyente que se propone. Igualmente preocupante es el hecho que, tratándose de una reforma al Capítulo XV de Constitución de 1980, esta requiere para su aprobación de un quórum de dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio de ambas cámaras. A ello se agrega el hecho de que la ley que regula la convocatoria a la Convención Constitucional tendría el carácter de una ley orgánica constitucional, la que para su aprobación requeriría de cuatro séptimos de los diputados y senadores en ejercicio de ambas cámaras. Todo lo anterior determina que, dada la composición actual del Congreso Nacional, y muy posiblemente su composición posterior al 2018 con la reforma al sistema electoral binominal por uno proporcional inclusivo o atenuado, la viabilidad de esta estrategia “institucional” de la Presidenta Bachelet para generar un mecanismo democrático y plural para la elaboración del texto constitucional sea mínima.

Ello se ha visto corroborado por los planteamientos de los partidos opositores al gobierno, los que, como era previsible, han adelantado que no darán su aprobación al proyecto de reforma constitucional planteado por la Presidenta Bachelet. Dicho proyecto no solo no concita el apoyo de la oposición, sino tampoco de integrantes de su propia coalición de gobierno. Demostrativo de ello son los dichos del Presidente del Senado, Andrés Zaldivar, quien en su intervención en la cuenta pública del Congreso Nacional en julio pasado sostuvo que la facultad constituyente está radicada en dicha instancia. En la ocasión Zaldivar sostuvo que el Congreso “puede, de acuerdo a la normativa constitucional vigente, delegar sus facultades y definir las formas concretas como se ejerza esa delegación”, afirmación que parece contradecir, o al menos desafiar, la propuesta de mecanismo de cambio constitucional formulada por la Presidenta.

Con mucha probabilidad, el proyecto de contenidos de un nuevo texto constitucional que, según ha sido anunciado recientemente, sería enviado por la Presidenta al Congreso Nacional en octubre próximo, seguirá la misma suerte que el proyecto para la convocatoria a una Convención Constitucional. Ello por las mismas razones que en el caso del primer proyecto de reforma antes referido.

Cabe señalar que la estrategia “institucional” para el cambio constitucional definida por la Presidenta Bachelet, si bien entendible desde una lógica del pragmatismo político, contrasta marcadamente con las experiencias verificadas en otros contextos de América Latina en la materia. En efecto, al igual que en el caso de Chile, las constituciones en la mayor parte de los estados de la región no consideraban el mecanismo de la Asamblea Constituyente para la construcción constitucional. Así, de acuerdo a Francisco Soto (2014) de los 18 países de América Latina, 11 constituciones han sido implementadas a través del mecanismo de la Asamblea Constituyente en las últimas tres décadas. La mayoría de estas Asambleas Constituyentes han surgido como mecanismos no previstos en las cartas fundamentales para su reforma. El carácter “no institucional” de estos procesos se ha visto superado por la intervención de los tribunales superiores de justicia, los que han validado las iniciativas impulsadas desde los poderes ejecutivos para hacer posibles dichas asambleas. Es el caso, por ejemplo, de las intervenciones de las cortes supremas en Colombia y Venezuela (en este último caso en el contexto de la elaboración de su Constitución aprobada el 2001), o del Tribunal Supremo Electoral, en los casos de Guatemala y Ecuador. Tales prácticas se fundamentan en la concepción de que el poder constituyente originario reside en el pueblo, y por lo mismo los tribunales superiores –ya sea por acción u omisión– pueden validar mecanismos como la Asamblea Constituyente a pesar de no estar previsto en la Constitución Política. De acuerdo a Soto, en la práctica latinoamericana, además, se apelaría a la decisión presidencial de someter la creación de esta instancia mediante un referéndum, transformándose ésta en una costumbre en la generación de nuevas constituciones.

Todo lo anterior ha hecho evidente que las posibilidades de que el proceso constituyente “institucional” de Bachelet resulte en un cambio de la Constitución de 1980 por una nueva carta fundamental a través de medios democráticos e inclusivos, como lo es una Asamblea Constituyente, son mínimas. Ello es consecuencia de la “trampa” de la Constitución de la dictadura, la que fue diseñada para impedir su reforma en materias sustanciales, así como toda posibilidad de sustitución total por una nueva Constitución elaborada de manera participativa. El efecto desmotivador que ello ha tenido en la ciudadanía, incluyendo en aquellos sectores que participaron de los diálogos y consultas impulsados para estos efectos por la Presidenta Bachelet, ha sido enorme.

Lo anterior se manifiesta en un repliegue de la ciudadanía y de los movimientos sociales desde los cuales surgió la demanda por el cambio constitucional y por la Asamblea Constituyente como mecanismo para lograrla, a sus reivindicaciones sectoriales. Así durante el 2017 hemos visto como los movimientos estudiantiles, de mujeres, el movimiento por la diversidad sexual, el movimiento ambiental, el movimiento No Más AFP, y los movimientos indígenas, entre otros, han reforzado su movilización en reclamo por derechos específicos hasta ahora denegados y postergados, dejando en un segundo plano la demanda por una transformación institucional expresada en nueva Constitución. Se trata por cierto de reivindicaciones legítimas y en algunos casos urgentes, pero que difícilmente permitirán superar los límites democráticos del marco institucional vigente, y por lo mismo posibilitar el reconocimiento y ejercicio de los derechos que se reclaman.

Cabe hacer una mención especial al movimiento indígena, en particular mapuche, cuyo escepticismo en relación al proceso constituyente impulsado por el gobierno de Bachelet es trasversal a la mayor parte de sus organizaciones. Dicho escepticismo se ha visto reforzado en el último tiempo no solo por la desconfianza que generan las estrategias gubernamentales como el Plan Araucanía, la persistencia de proyectos extractivos en sus territorios y la criminalización de su protesta social, sino también por la exclusión de las que conforman las demandas fundamentales de sus pueblos –entre ellas el reconocimiento del Estado como plurinacional y del derecho de libre determinación, y de la autonomía como expresión de esta última– en el recientemente impulsado proceso de consulta indígena de los contenidos de una nueva Constitución que les conciernen. Todo ello ha generado el malestar de las organizaciones representativas de estos pueblos.

La pérdida de visibilidad de la demanda por la nueva Constitución y en particular por la Asamblea Constituyente, se evidencia también en el proceso eleccionario presidencial y parlamentario hoy en desarrollo. Para la importancia que estas demandas alcanzaron en años anteriores, es sorprendente el bajo perfil y precaria acogida de las mismas en los discursos de los candidatos a La Moneda y al Congreso. En el caso de las elecciones presidenciales –descontando las candidaturas de derecha, las que como sabemos nunca han visto el cambio de una Constitución como la de 1980 que protege sus intereses con buenos ojos–, la transformación institucional por vías inclusivas no está al centro de los discursos y programas de gobierno de los candidatos del centro y la izquierda. Si bien tanto Alejandro Guiller como Carolina Goic se han manifestado partidarios del cambio de la Constitución de 1980, ellos no se han referido al mecanismo para lograrlo, menos aún han manifestado su compromiso con una Asamblea Constituyente como el medio para alcanzarla. La excepción ha sido Beatriz Sánchez, en cuyo programa de gobierno se propone “una asamblea constituyente ciudadana, participativa y vinculante que dé origen a una nueva carta fundamental”, y que “[…] redefina el pacto político y social chileno, sin vetos a priori de una minoría que se opone a su discusión”.

Todo lo anterior hace pensar que el cambio constitucional en el país por una vía democrática e inclusiva, consistente con el derecho de libre determinación que asiste a los pueblos que lo habitamos, será una tarea de largo aliento, y no de corto plazo, como muchos tal vez ingenuamente pensamos ocurriría en el contexto del agotamiento institucional del país y del descredito público de una política partidaria financiada por los conglomerados económicos. La suerte del proceso constituyente, y de la Asamblea Constituyente como alternativa para materializarlo, en última instancia, dependerá de la acción colectiva y fuerza de los movimientos sociales desde los cuales emergieron como reivindicación. Lejos de abandonar esta demanda en función del logro de espacios de poder político electoral, o de las reivindicaciones sectoriales que cada uno de ellos legítimamente postula, el proceso constituyente, dada la “trampa” consustancial a la matriz y entramado constitucional aún vigentes que impide avanzar en ellas, debería hacia el futuro retomar la centralidad que antes tuvo en la agenda de estos movimientos. Esperemos ello ocurra.

También en: http://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2017/09/10/1175251/