- En carta dirigida al presidente de la Corte Suprema, al Secretario Ejecutivo de la CIDH y autoridades nacionales y parlamentarias.
Mediante una carta dirigida al presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva Gundelach, diversas organizaciones de derechos humanos del país manifestaron su preocupación “por la situación actual en la que se encuentra la protección del derecho al Debido Proceso en las distintas etapas del procedimiento penal, producto de medidas implementadas por el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública en el contexto del COVID 19, haciendo que este derecho, según lo que hemos observado, no se encuentre garantizado de manera efectiva por dichas instituciones”.
Esto ocurre, de acuerdo a lo que señalan, porque “se han desarrollado diversas acciones de emergencia en las distintas instancias que conforman el Proceso Penal; desde la detención de un individuo hasta la imposición de medidas cautelares, y en general la gran mayoría de las actuaciones que forman parte del desarrollo del Proceso Penal, sin que existan protocolos unificados ni los medios necesarios para garantizar la efectiva protección del Debido Proceso”.
Asimismo, expresan máxima preocupación por la situación de las personas privadas de libertad, en particular aquellas sometidas a prisión preventiva en causas sustanciadas por hechos asociados al denominado estallido social, a pesar de la baja pena asignada al delito imputado y sin considerar la presunción de inocencia, no obstante el llamado realizado por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, a que se “tomen medidas urgentes para proteger la salud y la seguridad de las personas que se encuentran detenidas o recluidas en otras instalaciones cerradas”, poniendo “en libertad a todos los reclusos detenidos sin motivos jurídicos suficientes, entre otros a los presos políticos y otros internos que fueron encarcelados simplemente por expresar ideas críticas o disentir”.
Uno de los hechos observados y representados al presidente del máximo tribunal, es la vulneración al derecho a conferenciar en forma privada con un defensor, donde no existe un protocolo oficial y su garantía es “mera voluntad de las partes, cuestión gravísima, pues es el Estado quien debe asegurar que se cumplan esto derecho y no dejar a los funcionarios y a su disponibilidad, la efectividad de un derecho”.
A su vez, denuncian que “los agentes estatales encargados de la custodia de las y los imputados siempre se encontrara a su lado, ocurriendo en el caso de que existan lesiones causadas por alguien de la misma Institución que pudiera ser incluso peligroso en consecuencias para el imputado manifestar su ocurrencia al defensor”. Una situación que ocurre también en las cárceles, donde los gendarmes están presentes en las entrevistas.
Finalmente, en la carta se pone especial acento en la recientemente resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”, que en su párrafo 24 establece que los Gobiernos de los Estado Miembros deben: “Abstenerse de suspender procedimientos judiciales idóneos para garantizar la plenitud del ejercicio de los derechos y libertades, entre ellos las acciones de hábeas corpus y amparo para controlar las actuaciones de las autoridades, incluyendo las restricciones a la libertad personal en dicho contexto. Estas garantías deben ejercitarse bajo el marco y principios del debido proceso legal”. Resolución que hace parte de las obligaciones internacionales .en materia de derechos humanos por parte de órganos de tratados, establecidos además de forma expresa para garantizar estos derechos en el contexto de la crisis sanitaria del Covid-19
La carta es suscrita por las organizaciones que forman parte de la Coordinación de Organizaciones de Derechos Humanos de la Región de la Araucanía: Agrupación de familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos de la Región de La Araucanía, Agrupación de expresos políticos Enrique Pérez, Centro de Investigación y Defensa del Sur, Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos, Comisión Ética Contra la Tortura, Observatorio Ciudadano, Red de Acción por los Derechos Ambientales, Red de Defensa de los Territorios, Movimiento Salud Para Todos y Todas Araucanía.
Y adherida por ABOFEM Araucanía, Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Agrupaciones de Familiares Ejecutados Políticos, Comisión Chilena de Derechos Humanos, Corporación Humanas, Coordinadora Feminista 8 de Marzo de Valparaíso, Comisión Chilena de DDHH de Viña del Mar, Comisión Chilena de DDHH de Valparaíso, Corporación nacional de la Discapacidad y adultos Mayores Inclusiva de Chile, Defensoría Popular, Departamento Derechos Humanos Iglesia Metodista, Iniciativa Los Ojos de Chile.
La carta fue a su vez enviada al Secretario Ejecutivo CIDH, Paulo Abrão, en razón de la resolución recientemente adoptada por dicho organismo; la Comisión de DDHH del Senado; la Presidenta Comisión DDHH Cámara de Diputados, Emilia Nuyado; al Ministro Justicia y DDHH, Hernán Larraín; el Defensor Nacional, Andrés Mahnke; y el Fiscal Nacional, Jorge Abbott
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